Política Aristotélica
SaraZamCas27 de Enero de 2013
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1. Teoría general de las constituciones a partir de un análisis de los conceptos de ciudad y ciudadano.
1.1. Definición de ciudadano.
1.2. Definición de la ciudadanía: el criterio de nacimiento.
1.3. Definición de la ciudad-estado. Su perennidad.
1.4. La virtud del buen ciudadano y la virtud del hombre de bien.
1.5. La ciudadanía de los artesanos.
1.6. Pluralidad de regímenes y de formas de autoridad. El fin de la ciudad.
1.7. Clasificación de los regímenes. Regímenes rectos y desviados.
1.8. Naturaleza de la oligarquía y de la democracia.
1.9. El fin verdadero de la ciudad-estado: la virtud y la felicidad.
1.10. Lo que debe ser soberano en la ciudad. Diferentes soluciones. La soberanía del pueblo.
1.11. Las magistraturas: su distribución.
1.12. Condiciones de poder: riqueza, nacimiento y número. El ostracismo.
1.13. La monarquía, diferentes formas, ventajas e inconvenientes.
1.14. Examen de la monarquía absoluta y casos donde conviene.
2. Las diversas formas de las constituciones.
2.1. Problemas relacionados con los regímenes que la ciencia política debe saber resolver.
2.2. Resumen de las exposiciones anteriores.
2.3. Diferentes variedades de regímenes.
2.4. Definición de democracia y oligarquía. Clasificación de la democracia.
2.5. Las diversas formas de oligarquía: sus características.
2.6. Otros criterios justifican las diferentes democracias y oligarquías.
2.7. Las diversas formas de aristocracia.
2.8. La república: sus características. Síntesis de elementos democráticos y oligárquicos.
2.9. La tiranía.
2.10. La mejor constitución: el gobierno de la clase media.
2.11. El sistema de gobierno debe adaptarse al carácter del pueblo.
2.12. Procedimientos empleados para mantener vigentes los diferentes regímenes.
2.13. Los tres poderes del estado. Asamblea, magistraturas y tribunales.
1. Teoría general de las constituciones a partir de un análisis de los conceptos de ciudad y ciudadano.
1.1. Definición de ciudadano.
Para examinar los tipos de regímenes políticos y sus características, dice Aristóteles que hay que definir primero qué es la ciudad. Ésta está compuesta de elementos, y el primer punto que se debe estudiar es al ciudadano, quién debe ser llamado así y qué es. Hay que examinar al ciudadano en todos los regímenes, puesto que el que es ciudadano en una democracia puede no serlo en una oligarquía, como veremos más adelante.
A continuación el autor asegura que el ciudadano no lo es simplemente por habitar en lo que llamamos ciudad, ni por participar de sus procesos, puesto que a veces pueden no participar plenamente, como los niños o los ancianos, a los que les aplica el apelativo de “imperfectos” y “excedentes por la edad” respectivamente. Buscamos al individuo que no precise de apelativos como estos, que se define por participar del gobierno y de los procesos judiciales de su ciudad. Los que participan de las magistraturas son los ciudadanos. Esta definición de ciudadano se adapta al que lo es en una democracia.
En los demás regímenes esta definición admite una corrección: el ciudadano es el que puede participar de la función deliberativa o judicial de su ciudad, llamando ciudad al grupo de ciudadanos suficiente para alcanzar la autarquía.
1.2. Definición de la ciudadanía: el criterio de nacimiento.
En principio el ciudadano es definido como el nacido de dos progenitores ciudadanos. Afirma que los primeros creadores de las ciudades, a pesar de no cumplir esta máxima, son ciudadanos también. Se pregunta luego acerca de si es ciudadano justo o injusto el extranjero que se incorpora a la ciudad, y si siendo injusto, no sería falso ciudadano pues lo injusto es falso irremediablemente. Pero asegura que han de ser llamados ciudadanos, igual que es llamado gobernante el que gobierna aun injustamente.
1.3. Definición de la ciudad-estado. Su perennidad.
En este punto, Aristóteles estudia cuándo se producen los cambios de un régimen a otro, y cuando la ciudad es la misma o es otra. Lo primero que se tiene en cuenta es el lugar y los habitantes. Es posible que los mismos estén separados.
En cuanto al tamaño, el político debe saber cuál es la extensión conveniente y si debe haber más de una raza habitándola. La ciudad es la misma mientras sea el mismo el linaje de los habitantes. La conclusión es que una ciudad es la misma atendiendo al régimen que la gobierna, sin tomar en cuenta a quien la habita.
1.4. La virtud del buen ciudadano y la virtud del hombre de bien.
Al principio de este apartado expone la cuestión de si la virtud del buen ciudadano y la del hombre de bien son la misma. Termina deduciendo que no a partir de los siuientes argumentos.
La tarea del buen ciudadano es la seguridad de su comunidad, y su virtud está en relación con el régimen. Al haber varias formas de éstos, es evidente que no habrá una virtud perfecta única. En cambio, la virtud del hombre de bien sí es perfecta. Se sigue de esto que se puede ser buen ciudadano sin ser hombre de bien.
Es imposible que todos los hombres sean buenos, pero han de realizar bien su propia actividad. Al no ser todos los ciudadanos iguales, tampoco lo es su actividad y por lo tanto, su virtud. La virtud del buen ciudadano han de tenerla todos, pero es imposible que todos sean hombres buenos, y además la ciudad está compuesta por distintos elementos, por lo tanto no es única esta virtud.
A continuación su examen se basa en la posibilidad de que estas dos virtudes coincidan en un mismo hombre. Resulta de su análisis que el buen ciudadano debe ser capaz de obedecer y mandar, y de hacerlo bien, y que no es una sola la virtud del hombre de bien, sino que es diferente y en función de ella gobernará y obedecerá. Tales son la templanza, la justicia, la fortaleza o la prudencia, a la que define como virtud que solo puede poseer el gobernante.
1.5. La ciudadanía de los artesanos.
La pregunta a la que intenta buscar respuesta Aristóteles en este punto es si se debe ver como ciudadano sólo al que puede participar del poder o también a los trabajadores manuales.
No se debe considerar ciudadano a todo aquel sin el que no sería posible la existencia de la ciudad, y la ciudad más perfecta no considerará ciudadano al trabajador. Pero en este punto retoma la teoría de los diferentes regímenes, en los que hay varas clases de ciudadanos. En las aristocracias los trabajadores no serán ciudadanos, en las oligarquías los jornaleros tampoco, pero los trabajadores manuales sí, pues a veces se enriquecen. Y en algunos regímenes la ley admite incluso a extranjeros, como en algunas democracias, mientras haya falta de ciudadanos legítimos.
1.6. Pluralidad de regímenes y de formas de autoridad. El fin de la ciudad.
Se quiere en este punto examinar el número de regímenes políticos y sus diferencias. Se define el régimen político como la ordenación de las magistraturas, en las que el soberano es el gobierno, que a su vez representa el régimen. En las democracias, el soberano es el pueblo, en las oligarquías la minoría, etc.
Se busca entender cuál es el fin principal de la ciudad. Los hombres tienden a la convivencia, pero también lo une la búsqueda del bienestar. Este, afirma Aristóteles, es el fin principal. Habla ahora de las formas de autoridad, afirmando que la del amo solo busca la conveniencia del amo, mientras que en las artes o en la administración doméstica se ejerce en favor de los gobernados. Por eso es que las magistraturas deben ejercerse por turnos, para que al igual que al gobernar se mira por el interés del gobernado, al serlo otro mire por nuestro interés.
Concluye diciendo que todos los regímenes que marchan hacia el bien común son “rectos”, mientras que los que miran por el interés de la clase gobernante son defectuosos o “desviaciones”.
1.7. Clasificación de los regímenes. Regímenes rectos y regímenes desviados.
La monarquía es el gobierno que mira al interés común; aristocracia es el gobierno de unos pocos, en el que gobiernan los mejores o se busca de nuevo el bien para la ciudad. En el caso de que sea la mayoría la que gobierne de esta manera, se llamará a este régimen república. Sus desviaciones son la tiranía, que atiende solo al interés del rey, la oligarquía, atiende al interés de los ricos, y la democracia, al interés de los pobres.
1.8. Naturaleza de la oligarquía y de la democracia.
“Hay democracia cuando la mayoría es soberano, y oligarquía cuando es soberano un número pequeño”. Esta frase parece ser falsa, puesto que la oligarquía se define por el gobierno de los ricos, sea cual sea su número, y la democracia el de los pobres, siendo el número un hecho accidental, causado por la circunstancia de que los pobres son más numerosos que los ricos.
1.9. El fin verdadero de la ciudad-estado: la virtud y la felicidad.
La justicia es subjetiva. Para los iguales, la igualdad es justa. Para los desiguales, es justa la desigualdad. Al juzgar, se prescinde de a quiénes se juzga, y se hace mal. Creen hablar de una justicia absoluta, pero no es así, pues los iguales creen ser iguales en todo y los desiguales a su vez creen ser desiguales en todo.
Pero
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