Racionalidad Y Metodo
Enviado por edotautiva • 14 de Agosto de 2012 • 29.729 Palabras (119 Páginas) • 473 Visitas
* Este estudio retorna, con ampliaciones, los desarrollos de un capítulo (§§ 4-8) de mi tesis
doctoral, Langage juridique et interprétation littérale (envisagés sous l’angle de la possibilité d’une
méthodologie pour interprétation des lois), Université de Droit, d’Economie et de Sciences Sociales
de París (París
Enrique P. Haba 169
RACIONALIDAD Y MÉTODO PARA
EL DERECHO: ¿ES ESO POSIBLE? (I)* !
A la memoria de Michel Villell, (^ 1938), recordando el invalorable
aliento y apoyo que supo brindar para la publicación de estudios que, como el
presente, defienden puntos de vista con los que él no estaba de acuerdo.
No puede haber obstáculo mayor al desarrollo de la racionalidad que la
ilusión de que se es racional cuando se es víctima de ilusiones. El hombre no puede
inventar mejor medio para entrabar cualquiera de sus ideales, que el engañarse
creyendo que han sido ya alcanzados.
J. Frank
Ateniéndome a la máxima de Hegel: «Todo lo que es, es racional», confío
en vencer cualquier obstáculo. A quien no concuerde conmigo, le negaré la facultad
de comprender lo racional.
Jhering
The existence of such principles does not guarantee that men will apply
them -any more than the existence of logic can guarantee that men shall think logicallybut
their existence does guarantee the possibility of objective knowledge, and that is
the major thesis which this book undertakes to defend.
E. D. Hirsch, Jr.1
Las palabras «racionalidad» y «método» son utilizadas a menudo con referencia
al derecho, especialmente en estudios actuales. En sentido muy amplio, método
puede querer decir simplemente: un procedimiento cualquiera, y sea intelectual
o material. Mas entonces la cuestión de saber si el derecho es o no es método
no se plantearía, pues nadie ignora que las soluciones jurídicas se adoptan
170 Enrique P. Haba
con ayuda de ciertos procedimientos intelectuales.2 Sin embargo, en la discusión sobre el
método jurídico, este término aparece empleado también de acuerdo con sentidos más
estrechos: muchos dicen que los juristas apelan a procedimientos verdaderamente metódicos
en cuanto son racionales, o por lo menos «razonables». Pero también éstas son palabras
ambiguas. Por lo demás, no todo lo que es racional corresponde forzosamente a un método;
racionalidad y método no son del todo sinónimos.
La polisemia de los susodichos términos provoca malentendidos, origina confusiones
en la apreciación del resultado práctico a que las posiciones sostenidas por unos u otros
puede conducir.
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II), 1977, XXVII + 448 págs. [El Índice Analítico y las Conclusiones Generales de dicha tesis, en
traducción al castellano, están publicados en Archivos Latinoamericanos de Metodología y Filosofía
del Derecho (ALMFD) 1, 1980, págs. 129-147, Valencia (Venezuela).] Quiero agradecer
especialmente a mi director de tesis, Michel Villey, como asimismo a los miembros del jurado, Henri
Batiffol y Georges Kalinowski, por sus observaciones en ocasión de sostenerla, las que he tomado en
cuenta para introducir ciertas modificaciones en la primera versión publicada de este trabajo. Y deseo
también hacer extensivo mi agradecimiento a la Alexander von Humboldt-Stifung de la República
Federal Alemana, pues lo que expongo es, en buena medida, fruto de estudios efectuados por mí en
dicho país (1974-1976) como investigador de esa institución. [La versión mencionada se publicó en
Archives de Philosophie du Droit, t. 23 (1978), págs. 265-293, bajo el título «Rationalité et méthode
dans le droit». En la misma época, por otro lado, retomé la mayor parte de lo allí expuesto, pero
enfocando esos temas desde un ángulo más general -esto es, sin referirme particularmente al
pensamiento jurídico- y añadiendo desarrollos que no contiene aquélla: «Lo racional y lo razonable»,
Revista de Filosofía de la Universidad de Costa Rica, núm. 43 (enero-julio 1978), págs. 1-32. Lo que
ofrezco ahora es una traducción al castellano del artículo francés, pero trato aquí de lograr más
precisión en ciertos puntos, e incorporo algunos complementos (en el texto mismo, además del
Postscriptum, el Apéndice y el Anexo).]
! El Apéndice y el Anexo de este trabajo aparecerán en el próximo número de DOXA.
1 Frank: Law..., pág. XXX. [Cuando, como en esta referencia y la siguiente, se indica el
nombre del autor sin otros datos bibliográficos, entonces se trata de un trabajo de dicho autor que se
consigna en la lista de obras (Literatura escogida) ubicada al final del estudio, antes del Apéndice.]
Jhering, pág. 349. E. D. Hirsch, Jr., Validity in Interpretation, Yale University Press, New
Haven-Londres,
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