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Racionalidad Y Metodo


Enviado por   •  14 de Agosto de 2012  •  29.729 Palabras (119 Páginas)  •  473 Visitas

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* Este estudio retorna, con ampliaciones, los desarrollos de un capítulo (§§ 4-8) de mi tesis

doctoral, Langage juridique et interprétation littérale (envisagés sous l’angle de la possibilité d’une

méthodologie pour interprétation des lois), Université de Droit, d’Economie et de Sciences Sociales

de París (París

Enrique P. Haba 169

RACIONALIDAD Y MÉTODO PARA

EL DERECHO: ¿ES ESO POSIBLE? (I)* !

A la memoria de Michel Villell, (^ 1938), recordando el invalorable

aliento y apoyo que supo brindar para la publicación de estudios que, como el

presente, defienden puntos de vista con los que él no estaba de acuerdo.

No puede haber obstáculo mayor al desarrollo de la racionalidad que la

ilusión de que se es racional cuando se es víctima de ilusiones. El hombre no puede

inventar mejor medio para entrabar cualquiera de sus ideales, que el engañarse

creyendo que han sido ya alcanzados.

J. Frank

Ateniéndome a la máxima de Hegel: «Todo lo que es, es racional», confío

en vencer cualquier obstáculo. A quien no concuerde conmigo, le negaré la facultad

de comprender lo racional.

Jhering

The existence of such principles does not guarantee that men will apply

them -any more than the existence of logic can guarantee that men shall think logicallybut

their existence does guarantee the possibility of objective knowledge, and that is

the major thesis which this book undertakes to defend.

E. D. Hirsch, Jr.1

Las palabras «racionalidad» y «método» son utilizadas a menudo con referencia

al derecho, especialmente en estudios actuales. En sentido muy amplio, método

puede querer decir simplemente: un procedimiento cualquiera, y sea intelectual

o material. Mas entonces la cuestión de saber si el derecho es o no es método

no se plantearía, pues nadie ignora que las soluciones jurídicas se adoptan

170 Enrique P. Haba

con ayuda de ciertos procedimientos intelectuales.2 Sin embargo, en la discusión sobre el

método jurídico, este término aparece empleado también de acuerdo con sentidos más

estrechos: muchos dicen que los juristas apelan a procedimientos verdaderamente metódicos

en cuanto son racionales, o por lo menos «razonables». Pero también éstas son palabras

ambiguas. Por lo demás, no todo lo que es racional corresponde forzosamente a un método;

racionalidad y método no son del todo sinónimos.

La polisemia de los susodichos términos provoca malentendidos, origina confusiones

en la apreciación del resultado práctico a que las posiciones sostenidas por unos u otros

puede conducir.

_____________________

II), 1977, XXVII + 448 págs. [El Índice Analítico y las Conclusiones Generales de dicha tesis, en

traducción al castellano, están publicados en Archivos Latinoamericanos de Metodología y Filosofía

del Derecho (ALMFD) 1, 1980, págs. 129-147, Valencia (Venezuela).] Quiero agradecer

especialmente a mi director de tesis, Michel Villey, como asimismo a los miembros del jurado, Henri

Batiffol y Georges Kalinowski, por sus observaciones en ocasión de sostenerla, las que he tomado en

cuenta para introducir ciertas modificaciones en la primera versión publicada de este trabajo. Y deseo

también hacer extensivo mi agradecimiento a la Alexander von Humboldt-Stifung de la República

Federal Alemana, pues lo que expongo es, en buena medida, fruto de estudios efectuados por mí en

dicho país (1974-1976) como investigador de esa institución. [La versión mencionada se publicó en

Archives de Philosophie du Droit, t. 23 (1978), págs. 265-293, bajo el título «Rationalité et méthode

dans le droit». En la misma época, por otro lado, retomé la mayor parte de lo allí expuesto, pero

enfocando esos temas desde un ángulo más general -esto es, sin referirme particularmente al

pensamiento jurídico- y añadiendo desarrollos que no contiene aquélla: «Lo racional y lo razonable»,

Revista de Filosofía de la Universidad de Costa Rica, núm. 43 (enero-julio 1978), págs. 1-32. Lo que

ofrezco ahora es una traducción al castellano del artículo francés, pero trato aquí de lograr más

precisión en ciertos puntos, e incorporo algunos complementos (en el texto mismo, además del

Postscriptum, el Apéndice y el Anexo).]

! El Apéndice y el Anexo de este trabajo aparecerán en el próximo número de DOXA.

1 Frank: Law..., pág. XXX. [Cuando, como en esta referencia y la siguiente, se indica el

nombre del autor sin otros datos bibliográficos, entonces se trata de un trabajo de dicho autor que se

consigna en la lista de obras (Literatura escogida) ubicada al final del estudio, antes del Apéndice.]

Jhering, pág. 349. E. D. Hirsch, Jr., Validity in Interpretation, Yale University Press, New

Haven-Londres,

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