Reseña de los delitos y las penas
iizelydResumen17 de Octubre de 2018
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ÍNDICE
Introducción 3
Origen de las penas 4
Derecho de castigar 4
Consecuencias 5
Interpretación de las leyes 5
Oscuridad de las leyes 6
Proporción entre los delitos y las penas 6
Errores en la graduación de las penas 7
División de los delitos 7
Del honor 7
De los duelos 8
De la tranquilidad pública 8
Fin de las penas 8
De los testigos 9
Indicios y formas de juicio 9
Acusaciones secretas 10
De la tortura 10
Del fisco 11
De los juramentos 11
Violencia 12
Penas nobles 12
Hurtos 13
Infamia 13
Ociosos 13
Del espíritu de familia 14
Dulzura de las penas 14
De la pena de muerte 14
De la prisión 15
Procesos y prescripciones 16
Delitos de prueba difícil 16
Suicidio 17
Contrabandos 17
De los deudores 17
Asilos 18
De la talla 18
Atentados, cómplices, impunidad 19
De un género particular de delitos 19
Falsas ideas de utilidad 19
Como se evitan los delitos 20
De las ciencias 20
Magistrados 20
Recompensas 21
Educación 21
Del perdón 21
Conclusión 22
Bibliografía 23
Introducción
El presente trabajo, es un trabajo de investigación y reflexión el cual hace referencia al libro titulado “De los delitos y de las penas” de Cesare Becaria. En el analizare a fondo cada uno de los temas que se observan en el presente libro, de igual manera iré recalcando cada uno de sus capítulos, los cuales hacen énfasis a lo que es el delito y las penas, de igual manera hace alusión a los problemas que se han ido suscitando en la sociedad, los cuales se analizan para ver si lo más conveniente es someterlos a castigos que la misma sociedad puede ir imponiendo o bien que por dichos acontecimientos se pueden ir generando leyes para hacer punible sus conductas.
Finalmente, hare referencia al ultimo tema, que es de gran impacto ¿el cómo evitar los delitos?, ya que como se menciona en el libro, es mejor evitar los delitos que castigarlos.
Origen de las penas
Las leyes son las condiciones con que los hombres independientes y aislados se unieron en sociedad, cansados de vivir en un estado de guerra. El conjunto de todas estas porciones de libertad, sacrificadas al bien de cada uno, forma la soberanía de una nación, y el soberano es su administrador y legitimo depositario.
Este capitulo hace referencia a que las penas son originadas por la misma sociedad y por ello la misma soberanía es la encargada de poner orden para un bien común.
Derecho de castigar
Toda pena, refiere Montesquieu, es tiránica, por tanto, entre más justas son las penas, cuanto es más sagrada e inviolable la seguridad y mayor la libertad que el soberano conserva a los súbditos.
El agregado de todas las porciones de libertad posibles, forman el derecho de castigar, todo lo demás es abuso y no justicia; es hecho, no derecho, en este aspecto podemos observar que la palabra que refiere a derecho es un sinónimo de fuerza y por tanto justicia se refiere a el vinculo necesario para tener unidos los intereses particulares, sin el cual se reduciría al antigua estado de insociabilidad.
Por lo cual en amplios rasgos se refiere a la elocuencia de la justicia que dimana de Dios, lo que acontece a la justicia el saber lo que es bueno o malo, lo cual es el problema que ha acontecido desde hace muchos años, porque nadie ha podido definir con exactitud lo que la sociedad considera como bueno o malo, por tanto la justicia dimana de la moral que la sociedad se ha ido creando y por tanto ha ido provocando consecuencias lo cual nos lleva a concluir que de todo lo anterior se crea el derecho de castigar las conductas que se consideran malas ante la sociedad.
Consecuencias
La primera consecuencia del derecho de castigar es que solo las leyes pueden decretar las penas de los delitos, y esta autoridad debe rescindir únicamente en el legislador que representa toda la sociedad, por lo cual ningún magistrado bajo pretexto de celo o de bien público puede aumentar la pena establecida contra un ciudadano delincuente.
La segunda refiere a que, si todo miembro particular se halla ligado a la sociedad, esta esta igualmente ligada con cada miembro particular por un contrato que por su naturaleza obliga a las dos partes. La violación de cualquiera de las partes empieza a autorizar la anarquía. El soberano, que representa la misma sociedad, puede únicamente formar leyes generales que obliguen a todos los miembros, pero no juzgar cuando uno haya violado el contrato social, porque entonces la nación se dividirá en dos partes: una representada por el soberano, que afirma la violación; y otra por el acusado que la niega. Por tanto, es necesario que exista un tercero que juzgue de la verdad del hecho, la necesidad de un magistrado.
La tercera consecuencia es cuando se aprueba la atrocidad de las penas, sino inmediatamente opuesta al bien público y al fin del mimo de impedir los delitos, por lo cual se opondría a la justica y a la naturaleza del mismo contrato social.
Por lo referente a este capítulo, se considera necesario que exista un tercero en la resolución de un conflicto pues ya que, si no lo hubiese, se pudiese actuar a favor de una de las partes lo cual no llevaría a una resolución justa del mismo.
Interpretación de las leyes
Esta puede referirse a la cuarta consecuencia, la cual refiere al espíritu de la ley, lo que resulta de la buena o mala lógica de un juez, viendo que, dependiendo de la suerte de un ciudadano cambiaria con frecuencia al pasar por distintos tribunales, ya que cada juez interpretaría a su entender las leyes.
Oscuridad de las leyes
La obscuridad de las leyes refiere a la mala interpretación de estas, lo cual será notoria cuando las leyes estén escritas en una lengua extraña para quien intente interpretarlas.
La ignorancia y la incertidumbre de las penas ayudan a la elocuencia de las pasiones. Una consecuencia es que sin leyes escritas una sociedad no tendrá jamás una forma estable de gobierno, por tanto, se debe dar una buena interpretación de la norma.
Proporción entre los delitos y las penas
No solo es interés común que no se comentan delitos, sino que sean menos frecuentes en proporción al mal que causan en la sociedad. Debe por esto haber una proporción entre los delitos y penas. Existe una escala de desórdenes, cuyo primer grado consiste en aquellos que destruyen inmediatamente la sociedad, y el ultimo en la más pequeña injusticia posible cometida contra los miembros particulares de ella.
En caso de haber una exacta y universal escala de las penas y de los delitos, tendríamos una común y probable medida de los grados de tiranía y libertad, y del fondo de humanidad o de malicia de todas las naciones. Cualquiera que leyere con ojos de filosofo los códigos de las naciones y sus anales, encontrará casi siempre que los hombres de vicio y de virtud, de buen ciudadano o de reo cambian con las revoluciones de los siglos, no en razón de las mutaciones que acaecen en las circunstancias de los países, y por consecuencia siempre conformes al interés común, sino en razón de las pasiones y de los países , y por consecuencia siempre conformes al interés común, sino en razón de las pasiones y de los errores de que sucesivamente fueron movidos los legisladores. Si se destina una pena igual a dos delitos que ofenden desigualmente la sociedad, los hombres no encontrarán un estorbo más fuerte para cometer el mayor, cuando hallen en el unida mayor ventaja.
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