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SESIONES POLITICAS


Enviado por   •  17 de Septiembre de 2014  •  2.656 Palabras (11 Páginas)  •  288 Visitas

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Periodos de sesiones

Existen dos tipos de periodos: de sesiones ordinarias y de sesiones extraordinarias. Los primeros son aquellos que se desarrollan en fechas establecidas formalmente. La Constitución prevé dos periodos de sesiones ordinarias por año legislativo: del primero de septiembre hasta el 15 de diciembre, o hasta el 31 de diciembre en el año de renovación del titular del Poder Ejecutivo Federal; y del primero de febrero hasta el 30 de abril. En dichos periodos las Cámaras se ocupan del estudio, discusión y votación de las iniciativas que se les presenten y de la resolución de los demás asuntos que les correspondan.

Los periodos de sesiones extraordinarias son aquellos que se desarrollan sin fechas preestablecidas durante los recesos del Congreso. Son convocados por la Comisión Permanente por sí o a solicitud del Presidente de la República. Pueden ser del Congreso General o de una sola de sus Cámaras, cuando se trate de asuntos exclusivos de una de ellas. Sólo tratarán sobre el o los asuntos que la Comisión Permanente acuerde y que se enunciarán en la convocatoria respectiva.

Tipos de sesiones

Sesión Constitutiva: Es aquélla que se desarrolla en cada Cámara del Congreso el 29 de agosto del año de la elección y que tiene por objeto, entre otras cosas, declarar la legal constitución de cada una de ellas para la legislatura que corresponda.

Sesión Ordinaria: Es la que se celebra durante los días hábiles de los periodos de sesiones ordinarias.

Sesión Extraordinaria: Es la que se celebra fuera de los periodos de sesiones ordinarias o en los días feriados dentro de éstos.

Sesión Pública: Es aquella en la que puede asistir el público en general.

Sesión Secreta: Es aquella en la que se trata un asunto de estricta reserva.

Sesión Permanente: Es la que se declara por mayoría de votos de los legisladores presentes para desahogar asuntos concretos establecidos en el acuerdo relativo.

Sesión Solemne: Es aquella que efectúa cada Cámara o el Congreso General con algún motivo especial, por ejemplo, para recibir a visitantes distinguidos, imponer alguna condecoración, conmemorar algún suceso histórico significativo o develar nombres con letras de oro.

Sesión de Congreso General: Es aquella en la que se reúnen ambas Cámaras en Pleno, para declarar la apertura de los periodos de sesiones ordinarias; tomar la protesta al Presidente de la República; recibir el informe presidencial; o en ocasión de la falta temporal o absoluta del Presidente de la República, para actuar como Colegio Electoral a fin de designar al Presidente Sustituto o Interino, y expedir, en su caso, la convocatoria a la elección correspondiente.

Sesión Preparatoria: Es la que cada Cámara efectúa al inicio de los periodos de sesiones ordinarias del segundo y tercer años de ejercicio de la legislatura respectiva, y cuyos objetos principales son la elección de los integrantes de la Mesa Directiva y la declaratoria de instalación formal para funcionar como órganos legislativos.

DEPÓSITO ANTE LA ADUANA

Las mercancías pueden quedar en depósito ante la aduana en los recintos fiscales o fiscalizados con el propósito de destinarlas a un régimen aduanero, siempre que se trate de aduanas de tráfico marítimo o aéreo. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, mediante reglas, puede autorizar el depósito ante la aduana en aduanas de tráfico terrestre. Las mercancías explosivas, inflamables, corrosivas, contaminantes o radiactivas sólo pueden descargarse o quedar en depósito ante la aduana a su ingreso o salida del territorio nacional cumpliendo los siguientes requisitos:

• Que las mercancías cuenten con la autorización de las autoridades competentes.

• Que el recinto cuente con lugares apropiados para su almacenaje, por sus condiciones de seguridad.

Tratándose de mercancías radiactivas y explosivas que queden en depósito ante la aduana en recintos fiscales, las autoridades aduaneras las entregarán de inmediato a las autoridades y organismos competentes en la materia, bajo cuya custodia y supervisión quedarán almacenadas, siendo responsables ante aquéllas, en los términos del artículo 26 de la Ley Aduanera.

Definición de Despacho Aduanero - SAT

Conjunto de actos y formalidades relativos a la entrada de mercancías al territorio nacional y a sus salida del mismo, que de acuerdo con los diferentes tráficos y regímenes aduaneros, deben realizar en la aduana las autoridades aduaneras y los consignatarios, destinatarios, propietarios, poseedores o tenedores en las importaciones y los remitentes en las exportaciones así como los agentes o apoderados aduanales.

Las regulaciones arancelarias

Son impuestos aplicados sobre bienes importados y/o exportados. Los cuales se determinaron en consideración a la protección del sector productor, la oferta y demanda nacional y las probabilidades de inversión.

Ad valorem.- Este arancel se expresa en términos porcentuales y se aplica sobre el valor en aduana de la mercancía. Este impuesto de exportación se calcula con base en el valor de la factura.

Arancel específico.- Este se expresa en términos monetarios por unidad de medida, por ejemplo: US$5.00 por metro de tela; o US$150.00 por cabeza de ganado. Con base en éstos ejemplos, el arancel específico no se considera si el precio de la tela es muy elevado o muy bajo (a diferencia del ad valorem, que sí diferencia precios y calidades). En la actualidad el empleo de este gravamen es excepcional para controlar el flujo de ciertas mercancías muy especiales.

Arancel mixto.- Es una combinación de los dos anteriores (ad valorem y específico); por ejemplo: 5% de ad valorem más US$1.00 por metro cuadrado de tejido poliéster.

Arancel preferencial.- significa el beneficio para los productos que se intercambian entre países que han establecido acuerdos comerciales, que permiten que la movilización de productos sea más ágil y sin tantas complicaciones en los trámites del proceso de despacho de mercancías.

El certificado de origen es, formalmente, el documento donde se manifiesta que un producto es originario del país o de la región y que, por tanto, puede gozar del trato preferencial arancelario. Por consiguiente, es un documento necesario para el desaduanamiento de las mercancías en cualquier parte del mundo, cuando se pretende tener acceso a tratamientos

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