Seminario El caso de los exploradores de cavernas
LUISA1LF6 de Mayo de 2013
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(SEMINARIO # 6) EL CASO DE LOS EXPLORADORES DE CAVERNAS.
Fecha: viernes 23 de abril del 2013
Hora de inicio: 2:14pm
Hora final: 3:41
Duración total: 87minutos
Grupo coordinador:
Directora: Yesica Zuluaga.
Relatora: Natalia Ramírez
Correlatoria: Sara Domínguez
Compiladora: Luisa Fernanda Mosquera.
Observaciones: No hubo lectura de los tiempos por parte de la dirección.
Se inició con la lectura de la compilación del seminario anterior: Introducción al Análisis del Derecho.
Relatoría: duración 3minutos
Tesis: Los acusados no pueden ser condenados.
Porque se contraria toda noción de razonabilidad, pues existen principios morales universalmente validos que no pueden ser contradichas por normas positivas, estas normas jurídicas deben ser aplicadas a tenor de las normas del derecho natural. Los jueces deben negarse a su aplicación porque los acusados estaban fuera del derecho positivo. Los jueces deben corregir errores y llenar lagunas legislativas conforme al derecho natural, de esta forma es posible llegar a una solución coherente con el ordenamiento jurídico vigente.
Correlatoría: duración 4 minutos.
Tesis: la interpretación debe darse cuando es necesaria.
Cuando la ley es expresa y clara no hay lugar a interpretaciones. El acuerdo de los individuos no fue un contrato social ni siguieron un procedimiento. Pudieron haber llegado a posiciones equitativas. Se debe condenar a los exploradores bajo cualquier orden jurídico, ya sea derecho natural o derecho positivo: en cuanto al derecho natural porque hay principios que le dan prioridad al derecho a la vida; y en cuanto al derecho positivo, los acusados conocían las leyes y estaban regidos por ellas.
Sección de Preguntas:
Compiladora: ¿Qué critica le hace Ken a Foster y a Tating?
Correlatora: ¿qué casos admiten interpretación?
Relatora: ¿considera que en todo momento debe primar el derecho natural?
Directora: ¿porque la necesidad de que se resuelva legalmente un caso?
Aportes personales (duración 27 minutos): giraron en torno a dos posiciones:
En contra de condenar a muerte a los acusados y a favor de la condena.
Quienes defendieron la primera posición dijeron que la ley debe aplicarse y prevalece sobre la moral para garantizar la seguridad jurídica. Se hace una crítica a tating por declararse incapaz de juzgar el caso porque con ese acto está negando el Derecho y también la Justicia. También dijeron que no hubo en realidad un contrato social y que debe prevalecer el derecho a la vida.
Los que defendieron la segunda posición señalaron que no hay que condenar a muerte a los acusados teniendo en cuenta los principios de las normas del derecho natural y del estado de naturaleza en que se encontraban. Dicen que los jueces deben juzgas el caso según las situaciones fácticas y los principios. Refieren también que había un contrato que debía ser respetado. Finalmente dijeron que no debe aceptarse la aplicación exegética y literal de las normas positivas.
Debate (duración 37 minutos): giro en torno a las dos posiciones que se tomaron en los aportes personales.
Quienes estuvieron a favor de la condena dijeron que el derecho a la vida debe prevalecer y que por beneficio propio no se puede disponer de la misma. La justicia es beneficio para todos y no para algunos y se preguntaron: ¿qué justicia hay que impartir? ¿Qué es lo justo para ellos y que es lo justo para los que ven la situación desde afuera?
Los que estuvieron en contra de condenar a los acusados objetaron en general que para juzgar una caso hay que hacer uso del sentido común, ver la situación en que se encontraban los condenados, ya que se trata de una
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