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Y DEFENSA DE LOS USUARIOS DE SERVICIOS FINANCIEROS


Enviado por   •  10 de Junio de 2017  •  Tareas  •  1.695 Palabras (7 Páginas)  •  256 Visitas

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_____________________________________

VS

SEGUROS MAPFRE TEPEYAC S.A. DE C.V.

COMISIÓN NACIONAL PARA LA PROTECCIÓN

Y DEFENSA DE LOS USUARIOS DE SERVICIOS FINANCIEROS

(CONDUSEF)

C. _________________________________________________, por mi propio derecho, señalado como domicilio para oír todo tipo de notificaciones y documentos, ubicado en la calle ____________________________ Municipio de Veracruz, Veracruz C.P. 91830 Número telefónico >____________ Correo Electrónico __________________y autorizando desde este momento a los ___________________, para que se les de la intervención que en derecho les corresponda, con el debido respeto comparezco y expongo:

En primer lugar, el domicilio de las demandadas es el ubicado en Avenida Magnocentro No. 5 centro urbano Interlomas, Huixquilucan, Estado de México, C.P. 52760 México. Y el correo electrónico que en su momento dieron al suscrito para mantener comunicación el _________________________, con atención al sra __________________________________________________________________________.

HECHOS Y MOTIVOS DE LA RECLAMACIÓN

1.- El compareciente adquirí del año del año 2016 una póliza de seguro con la aseguradora MAPFRE TEPEYAC S.A. DE C.V. Con folio 57088732 Misma que pretendí utilizar con el, número de siniestro: 117074864, dicha venta se realizo a través de la empresa Teléfonos de México S.A.B de C.V. Que me fue vendida como garantía extendida de una Pantalla marca HISENSE modelo 50K20KW I, con numero de serie 506143067H00554 la amparaba la cobertura de la garantía extendida de la misma con cargo a mi recibo telefónico del numero ________________.

La vigencia del contrato de seguro comenzó en fecha >>>>>>>>>>>>> y su fecha de término o vigencia hasta el día _____________________, conforme a la caratula de crédito que se acompaña a la presente reclamación.

Por lo tanto le es aplicable aún, la ley del contrato de seguro que para efectos del análisis de la prescripción se transcribe:

Artículo 81.- Todas las acciones que se deriven de un contrato de seguro prescribirán:

I.- En cinco años, tratándose de la cobertura de fallecimiento en los seguros de vida.

II.- En dos años, en los demás casos. En todos los casos, los plazos serán contados desde la fecha del acontecimiento que les dio origen.

Artículo 82.- El plazo de que trata el artículo anterior no correrá en caso de omisión, falsas o inexactas declaraciones sobre el riesgo corrido, sino desde el día en que la empresa haya tenido conocimiento de él; y si se trata de la realización del siniestro, desde el día en que haya llegado a conocimiento de los interesados, quienes deberán demostrar que hasta entonces ignoraban dicha realización.

Por lo tanto mi acción y derecho de reclamar no se encuentra prescrita atendiendo a que con fecha 4 de Abril del 2017 no tengo conocimiento de la existencia de un dictamen técnico realizado por la empresa ____________________________________ quienes conforme a lo estipulado por MAPFRE TEPEYAC COMPAÑIA DE SEGUROS, se presentaron en mi casa el pasado 3 de Marzo mediante el apersonamiento de JOSE IZAGUIRRE CORDOBA, QUIEN CON UNA SERIE DE CONTRARIEDADES Y MUY A MI PESAR YA QUE NO SE ENCONTRABA CAPACITADO NI PORTABA HERRAMENTALES PROPIOS PARA LA LABOR DESIGNADA POR LA COMPAÑIA DE SEGUROS se llevo mi bien mueble que si en efecto no mostraba imagen si servia sonido y otras funciones, como lo demuestro con la documental privada que contiene los datos del siniestro _________________ y contra esa empresa prestadora de servicio técnico ya he empezado el proceso pertinente ante la PROFECO para que me regresen mi bien como lo acreditare con la documental privada del capitulo de pruebas correspondiente, por lo que solicite después de muchas llamadas telefónicas ante MAPFRE a la sra. :______________, resolver lo conducente para que su seguro garantizara la devolución en optimas condiciones de mi aparato tal como lo estipula la póliza adquirida, solo obteniendo de esta persona negativas y evasivas en nombre de la empresa para la que labora.

Ahora bien como lo he mencionado he comenzado ante otras instancias el proceso depara recuperar mi bien mueble toda vez que la competencia del servicio procede ante dicha autoridad PROFECO, pero la responsabilidad de la póliza de seguro es plena competencia de esta H. Institución a quienes dirijo mi elevada solicitud de pronta respuesta, ya que personal de __________________________________, A TRAVEZ DE _____________ EXPRESA TANTO A MI PERSONA COMO A MIS ABOGADOS Y A LA AUTORIDAD ANTES MENCIONADA QUE TIENE INSTRUCCIONES PRECISAS DE MAPFRE SEGUROS DE NO ENTREGARME EL APARATO SINO DE RESGUARDARLO HASTA QUE ELLOS DECIDAN YA EN CDMX QUE HACER. Lo que claramente es una violación a lo estipulado en mi póliza de seguro. Lo anterior desde fecha 19 de Marzo al día de hoy 4 de Abril del año 2017.

Sin embargo la suscrita desde el día 30 de Marzo del año 2017 me puse en contacto con la compañía aseguradora Mapfre Tepeyac S.A. DE C.V. y quien me atiende es la señora ____________________________ quien me proporcionó el correo electrónico ______________________, por medio del cual la suscrita mantuve comunicación con ella, pero no han dado una respuesta a mi solicitud, y ANTE SU NEGATIVA O EVASIVA DE RESPONSABILIDAD ANTE LO ANTERIOR es que comparezco ante esta autoridad para que el seguro pague la prima asegurada al suscrito, toda vez que sus designados HAN SECUESTRADO MI BIEN y que se encuentran amparadas en la caratula de la póliza cuyo monto asciende a $8990.00/100 M.N.)

De la comunicación vía electrónica con la sra. ____________________ exhibo las

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