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COMISIÓN NACIONAL PARA LA PROTECCIÓN Y DEFENSA A LOS USUARIOS DE SERVICIOS FINANCIEROS.


Enviado por   •  22 de Noviembre de 2016  •  Prácticas o problemas  •  4.079 Palabras (17 Páginas)  •  436 Visitas

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COMISIÓN NACIONAL PARA LA PROTECCIÓN 

Y DEFENSA A LOS USUARIOS DE SERVICIOS FINANCIEROS. 

SE PRESENTA RECLAMACIÓN.

TERESA AGUILAR CARRILLO mexicana, mayor de edad, siendo persona física con actividad empresarial, señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones y documentos el ubicado en la calle de Francisco I Madero número 69, local 50 en la colonia centro, en la Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06000 en la ciudad de México, otorgando en este acto a IVONNE DOLORES REYNA CABAÑAS, MIGUEL ANGEL MEJIDO MARTÍNEZ Y MARILÚ RIVAS GUTIÉRREZ PODER AMPLIO CUMPLIDO Y BASTANTE para oír y recibir toda clase de notificaciones y documentos, para que conjunta o separadamente, intervengan ante la CONDUSEF; defiendan mis intereses hasta la total terminación de éste asunto; poder que les otorgo para que lo ejerciten con las más amplias facultades que en derecho procedan, aun las que requieran cláusula especial, como la de sustitución de poder, y asimismo en su caso para que contesten las demandas y reconvenciones que se entablen en mi contra, oponga excepciones dilatorias y perentorias, rinda toda clase de pruebas, reconozca firmas y documentos, redarguya de falsos a los que se presenten por la contraria, presente testigos, vea protestar a los de la contraria y los repregunte y los tache, articule y absuelva posiciones, recuse Jueces Superiores e Inferiores, oiga autos interlocutorios y definitivos, consienta de los favorables y pida revocación por contrario imperio, apele, interponga juicio de amparo y se desista de los que interponga, pida aclaración de sentencias o laudos, ejecute, embargue y me represente en los embargos que en mi contra se decreten, pida el remate de los bienes embargados, nombre peritos y recuse a los de la contraria, asista a almonedas, trance este juicio, perciba valores y otorgue recibos y cartas de pago, someta la presente reclamación a la decisión de Jueces, Árbitros y Arbitradores, gestiones el otorgamiento de garantías y en fin, para que promueva todos los recursos que favorezcan a mis derechos, indicando como teléfono local el número  01 (55) 55103772 y correo electrónico: mejido_m@hotmail.com  respetuosamente ante Ustedes:

        Que por medio del presente escrito y con fundamento en los artículos 1, 60, 63, 65, 68 y demás relativos y aplicables de la Ley de Protección y Defensa  al  Usuario  de Servicios Financieros, vengo a hacer valer mi QUEJA, OBJECIÓN, INCONFORMIDAD Y TOTAL DESACUERDO, en contra de la Instituciones denominadas BANCO INBURSA SA. Y BBVA BANCOMER SA, toda vez que por errores de su propio personal, sistemas de control, sistemas computacionales, etc., han afectado la esfera jurídica de la reclamante, toda vez que la Institución Financiera BANCO INBURSA SA, a petición de BBVA BANCOMER SA se ha abstenido de depositar en mi cuenta bancaria el importe de la operación comercial realizada en mi pequeño negocio a través de la terminal de punto de venta que fue otorgada por la mencionada Institución por la cantidad de $14,700.00 (catorce mil setecientos pesos 00/100 M. N.); en dicha terminal de punto de venta la suscrita realiza habitualmente mis operaciones comerciales, con excepción de aquellas que se realizan en efectivo, para mejor proveer me permito señalar las siguientes prestaciones y narrar los siguientes hechos:

PRESTACIONES

I. La reposición de la cantidad de $14,700.00 (catorce mil setecientos pesos 00/100 M. N.), la cual jamás fue abonada a mi cuenta bancaria número 50020902332, abierta legalmente en la Institución Banco Inbursa SA.

II. El pago de los intereses al tipo legal a partir del día en que la Institución Bancaria debió depositar en la cuenta de la reclamante la cantidad de $14,700.00 (catorce mil setecientos pesos 00/100 M. N.).

III.- La reinstalación de la terminal de punto de venta en el pequeño negocio de la suscrita, para evitar que se sigan causando perjuicios.

IV.- El pago de perjuicios ocasionados a la suscrita, entendiéndose estos como las ganancias lícitas que ha dejado de percibir la suscrita desde el momento que le fue boqueada la terminal de punto de venta, lo que desde luego ha disminuido las ventas en el pequeño negocio de la reclamante, toda vez que muchos clientes prefieren realizar sus pagos con tarjetas, en lugar de portar dinero en efectivo.

V.- Se requiera a la Institución BBVA Bancomer SA, a fin de que proporciones el nombre y dirección de su cuenta habiente, titular de la tarjeta de débito Bancomer Visa número 4152 3124 1624 1948, lo anterior para que en el caso de no llegar a un acuerdo, dicho cuenta habiente pueda ser emplazado a juicio.

 

HECHOS

1.- Se manifiesta ante esta autoridad administrativa conciliadora que la suscrita mi representada aperturó ante Banco ,Inbursa SA., la cuenta Número 50020902332 en moneda nacional, acreditando estar debidamente inscrita ante el Registro Federal de Contribuyentes con registro AUCT490412UI2 bajo el Régimen de incorporación Fiscal.

2.- Es el caso que la suscrita solicitó a la Institución Bancaria mencionada en el punto inmediato anterior, una terminal de punto de venta para poder realizar mis transacciones comerciales en mi pequeño negocio, en virtud de que una gran parte de los clientes pagan la mercancía que ofrece la hoy inconforme, ya sea con tarjetas de débito o crédito expedidas por las diversas Instituciones Financieras.

3.- Resulta que en fecha once de agosto del presente año se presentó en mi pequeño negocio una cliente, quién realizó la compra de una pulsera de oro de 14 kilates estilo italiana, con un costo de $14,700.00 (catorce mil setecientos pesos 00/100 M. N.), misma operación que quedó debidamente registrada en la nota de venta número 0789, y la cual fue pagada con una Tarjeta de Débito Bancomer Visa, con número 4152 3124 1624 1948, siendo aprobada esta tarjeta con el número de autorización 325354, con operación número 000056, realizando el correspondiente cierre el mismo día, cabe hacer mención que dicha cliente introdujo en la terminal de punto de venta su NIP (número de identificación personal), el cual es únicamente del conocimiento del tarjeta habiente y no así de la suscrita.

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