DEFENSA DE LOS DERECHOS DE LOS USAURIOS DE LOS SERVICIOS FINANCIEROS
Neo70Ensayo18 de Mayo de 2016
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DEFENSA DE LOS DERECHOS DE LOS USAURIOS DE LOS SERVICIOS FINANCIEROS
INDICE
- Introducción.- En este punto es importante hacer ver que la protección a los derechos de los usuarios de los servicios financieros, se encuentra dispersa en diferentes ordenamientos, lo que hace más complejo para los usuarios y abogados que pretendan defender a usuarios el tener un panorama completo de la regulación en materia financiera y en especial en la defensa de los derechos de los usuarios de estos servicios, es por eso que en este trabajo se pretende hacer una compilación de estos temas en específico.
- Usuario o Consumidor.- En este to se tiene la idea de identificar que es un usuario o consumidor de estos servicios y sobre todo cuales son los derechos de los usuarios y posteriormente ubicar estos derechos dentro de los derechos humanos
- Autoridades relacionadas con los Servicios Financieros.- Las autoridades que están interviniendo en este tema de forma directa e indirecta son la SHCP, Banco de México, CNBV y la Condusef, por lo que es importante determinar exactamente su función y cómo impacta en las instituciones financieras y en los usuarios, así como tener bien delimitada su actuación.
- Derecho Comparado.- La creación de la Condusef se especifica en la explosión de motivos de la ley y se menciona que se inspiraron en un modelo Inglés, en donde existe una Institución denominada Banking Ombudsman, creada para atender quejes de los usuarios de los servicios bancarios, el servicio es gratuito y cuenta con facultades ejecutivas, con resoluciones obligatorias para los Bancos. En Estado Unidos de América tiene una Procuraduría de Protección al Consumidor, que tiene por objeto proteger a los consumidores contra las prácticas injustas; este organismo se divide en 5 departamentos, entre ellos la División de Prácticas Crediticias que es la que interviene en las quejas de los usuarios de los servicios financieros:
El supervisor bancario o la agencia especializada en materia de protección deben aprovechar su posición en el entorno institucional existente para promover la defensa y protección del usuario de servicios financieros.
Ello supone aplicar su mandato general, atribuciones y credibilidad para la adopción de medidas que mejoren los resultados de supervisión con respecto a la protección del consumidor. Los objetivos de supervisión deben estar claramente expresados en la comunicación pública del supervisor e, idealmente, también en su mandato oficial. Asimismo, deberá establecer mecanismos funcionales de coordinación y colaboración con las autoridades gubernamentales y no gubernamentales pertinentes para la protección del consumidor de servicios financieros, y respaldar sus esfuerzos en la mejora de las prácticas comerciales en sectores no regulados.
La organización institucional, que determina el alcance de la actividad de los supervisores bancarios, varía considerablemente entre países.
En el gráfico se aprecia una visión estilizada de cómo puede variar el ámbito de actuación del supervisor bancario, en función de los sectores (es decir, tipos de negocio o de instituciones) y de los objetivos oficiales abarcados. La gran mayoría de países que se han analizado para la elaboración de esta guía se encuentran entre los dos extremos del espectro. Todos se beneficiarían si se aplicaran algunas mejoras en la organización institucional actual (los cambios en esas estructuras son difíciles de aplicar por diversos motivos).
Aunque algunas economías avanzadas y emergentes están poniendo en práctica o recientemente han creado variantes del “modelo de picos gemelos” (conforme al cual la protección del consumidor y la supervisión prudencial están a cargo de organismos distintos), en las economías de mercados emergentes y en desarrollo (EMED el modelo semi-integrado es mucho más común
En las EMED analizadas, solo México y Sudáfrica tienen modelos que se asemejan en ciertos aspectos al de picos gemelos.
En el caso de México, la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF) es la institución para la protección del consumidor de servicios financieros, pero solo está dotada de autoridad jurídica para realizar inspecciones in situ en un sector. El supervisor bancario, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), es el organismo autorizado para realizar inspecciones in situ en todas las instituciones financieras bajo su responsabilidad. La normativa de CONDUSEF no abarca todos los servicios financieros.
En Sudáfrica, el Ente Nacional de Regulación del Crédito (NCR) supervisa a todos los proveedores de crédito a consumidores, independientemente de que estén bajo la supervisión del Banco de la Reserva de Sudáfrica.
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- Normatividad aplicable a la Defensa del usuario de los Servicios Financieros
- Ley para la Protección y Defensa del usuario de los Servicios Financieros
- Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros
- Ley de Transparencia y Fomento a la Competencia en el Crédito no Garantizado
- Circular 34/2010 emitida por banco de México
- Disposición Única de la CONDUSEF aplicable a las Entidades Financieras
- Disposiciones de carácter general en materia de Cláusulas abusivas en los contratos de adhesión
- Disposiciones de Carácter General para la organización y funcionamiento del Buró de Entidades Financieras
- Disposiciones de carácter general aplicables a las entidades financieras en materia de Despachos de Cobranza
- Reglas y Lineamientos del nuevos sistema arbitral en materia financiera
- Ley de Instituciones de Crédito
- Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia
- Declaración Universal de Derechos de los Usuarios de los Servicios Bancarios y Financieros. (2005)
- Conclusión
TEMA
El presente trabajo tiene la finalidad de poder exponer y conjuntar la regulación existente en materia de defensa de los Derechos de los Usuarios de los Servicios Financieros, haciendo un análisis de este cuerpo legal el cual se encuentra disperso en diferentes ordenamientos.
Lo anterior con la finalidad de que los Usuarios de los Servicios Financieros conozcan los alcances de los servicios y productos que contraten, conozcan sus derechos y a que Instancias poder acudir. Para el estudioso del derecho, es trabajo pretende conjuntar la norma creada para regular la defensa de los derechos del usuarios de los servicios financieros, ya que la misma se encuentra dispersa en diferentes leyes emitidas por el poder legislativo, así como también, los reguladores han emitido diversas disposiciones para normar diferentes aspectos de los productos y servicios financieros que se ofrecen.
ANTECEDENTES DEL TEMA
En materia de los la Defensa de los consumidores de bienes y servicios, vamos en la quinta generación. El primer paso que se dio para que podamos hablar de la primera generación fue en 1976, cuando se promulgó la ley federal de protección al Consumidor y que no era aplicable a los servicios financieros, posteriormente para que podamos hablar de la segunda generación el 19 de enero de 1999 con importantes reformas en el 2000, se publicó la Ley para la Protección y Defensa del Usuario de los Servicios Financieros y se creó la CONDUSEF. Podríamos considerar como tercera generación en la defensa de consumidores la creación de la CONAMED, destinada a los usuarios de los servicios médico, aunque esta Institución fue creada por Decreto y no por una Ley debidamente promulgada por el poder legislativo.
La cuarta generación en materia de defensa de los derechos de los usuarios de los servicios financiero y consumidores fue la reforma que se dio en el 2007, donde se abrogó y promulgo la nueva Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, así como diversas reformas a la Ley de protección y Defensa al Usuario de los Servicios Financiero y la Ley General para Regular las Sociedades de Información Crediticia.
Por último la Reforma financiera del 10 de enero del 2014, nuevamente hace cambios en los diferentes ordenamientos relacionados con la defensa de los derechos de los usuarios de los servicios financieros y que se abordarán en los siguientes capítulos
Estas Reformas han sido con la intención de que se incremente la competencia en la oferta de los servicios y productos financieros, pues esto es necesario para la expansión del crédito, por lo que la protección de los derechos de los usuarios de estos servicios, así como también, el asesoramiento y la transparencia en la información, son elementos indispensables para que el sistema financiero goce de buenas prácticas y los consumidores o usuarios gocen de seguridad jurídica en los actos que intervengas con las Instituciones financieras.
PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
Los Servicios financieros son utilizados por más de 53,043,166 usuario, esto solo tomando en cuenta al sistema bancario, además es necesario sumar los usuarios de las Instituciones de Seguros, de fianzas y de Uniones de Crédito, Arrendadoras, Almacenes Generales de depósitos y diversas SOFOMO, SOFICOS SOFIPOS, etc
Lo anterior no significa que cada uno de esos usuarios tenga alguna reclamación o queja en contra de la Institución Financiera que le prestó el servicio, pero de acuerdo con los datos proporcionados por la CONDUSEF las reclamaciones y consultas de los usuarios han ido en aumento, por lo que es muy importante que los usuarios conozcan sus derechos y tengan toda la información posible sobre el producto o servicios contratado y sin llega a ver una controversia estén las reglas claras para que se resuelva en el menor tiempo posible.
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