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Ciudadanía y pueblos indígenas

elplazaTesis12 de Enero de 2012

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Ciudadanía y pueblos indígenas

Raúl Ilaquiche Licta

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Resumen Ejecutivo

La ciudadanía se define como un conjunto de deberes y derechos en relación a un Estado y se encuentra codificada en la Constitución Política de ese Estado. La ciudadanía en el caso ecuatoriano ha atravesado una serie de procesos que van desde la exclusión, como aquellas Constituciones del siglo pasado que exigían rentas, o ser católico para ser ciudadano, hasta las más recientes que exigían la mayoría de edad y el requisito de saber leer y escribir. Es a partir de las movilizaciones de 1998, y en virtud de las demandas del movimiento indígena que se conforma la Asamblea Constituyente y elabora una nueva Constitución por la cual la ciudadanía se adscribe directamente a la nacionalidad como único requisito universal, además de la incorporación de los derechos colectivos. Sin embargo, los pueblos y naciones indígenas han luchado por el reconocimiento de una "ciudadanía diferenciada", como un proceso político por el cual la sociedad pueda reconocer la diferencia radical de los pueblos y naciones indígenas.

Introducción

En los últimos años, los pueblos y nacionalidades indígenas del Ecuador, han protagonizado hechos de trascendental importancia para el quehacer político, económico, social y cultural del país. Con estos actos, han emprendido una lucha por el reconocimiento de los derechos conculcados a lo largo de la historia del Ecuador, los mismos que les corresponden y les asisten como entidades o colectividades distintas que forman parte del Estado ecuatoriano.

Estas reivindicaciones han generado debates de gran magnitud entre los cientistas sociales del Ecuador, e incluso de América Latina, respecto de si estas demandas constituyen luchas por la aplicabilidad plena de los derechos ciudadanos, y cómo estos derechos han estado completamente vedados para los pueblos y nacionalidades indígenas. De la misma manera, en la actualidad asistimos al debate y discusión de los derechos ciudadanos en general, sobre las identidades particulares que existen en las sociedades de Latinoamérica. Todos estos acontecimientos nos motivan para realizar una reflexión para comprender la relación entre la ciudadanía y los pueblos indígenas. Entendiendo por ciudadanía como el ejercicio de los derechos garantizados en la Constitución Política del Estado.

La ciudadanía: aspectos generales

El desarrollo de la concepción de la ciudadanía y de los derechos ciudadanos, han estado siempre relacionados a la constitución histórica del Estado moderno y a la formación de la democracia al interior de las sociedades, de la misma forma que las fases de su evolución y las formas de entender a la ciudadanía han sido de muy diversa índole no solo a los largo de la historia sino también en los diferentes países.

Así, la noción de ciudadanía está enunciada en las "Leyes Supremas" mediante la definición legal de derechos y obligaciones. El caso del Ecuador no ha sido la excepción, es decir, las nociones de ciudadanía y sus derechos se presentan de diferentes formas y en tiempos distintos, sin embargo, para entender este desarrollo histórico de los derechos fundamentales, y la posibilidad de ejercerlos como miembros activos de la colectividad a la que se pertenece, es necesario partir de una breve referencia sobre la ciudadanía.

Uno de los exponentes más notables sobre el tema, Marshall T. H., entiende por ciudadanía a la "plena pertenencia a una comunidad, donde pertenencia implica participación de los individuos en la determinación de las condiciones de su propia asociación. La ciudadanía es un status que garantiza a los individuos iguales derechos y deberes, libertades y restricciones, poderes y responsabilidades" (Cit. Por Held: 1997: 44).

De igual forma, Marshall agrega en otro texto que la ciudadanía: "es un status que se otorga a los que son miembros de pleno derecho de una comunidad. Todos los que poseen ese status son iguales en lo que se refiere a los derechos y deberes que implica" (Marshall: 97: 312).

De esto se desprende que la ciudadanía se relaciona directamente al lugar, al grupo al que se pertenece, generando de esta forma un vínculo político y, por tanto, jurídico que une a un individuo con la organización estatal, ya por nacimiento, ya por voluntad.

De esta premisa también se denota una mezcla entre lo que es la nacionalidad y la ciudadanía, en efecto, las formas de adquirir esta última suelen coincidir con las formas de la nacionalidad. La distinción entre estos dos conceptos radica fundamentalmente en que la nacionalidad expresa en general la cualidad de pertenecer a una nación, y la ciudadanía la de ser miembro activo del Estado, para el efecto de ejercer y ser partícipe de su vida misma.

Asimismo, Marshall manifiesta que la ciudadanía significa adquirir un conjunto de derechos y obligaciones en su relación con la comunidad, y, al mismo tiempo, es un concepto dinámico, conflictivo y en permanente proceso de cambio.

Si nos detenemos un poco sobre esto, vemos que la noción de ciudadanía no solo se circunscribe y se identifica con un conjunto de prácticas, demandas clásicas concretas, como el derecho a votar en las elecciones o gozar de la libertad de palabra, la igualdad ante la ley y/u otros beneficios otorgados por el poder público, sino que "desde una perspectiva analítica más amplia, el concepto de ciudadanía hace referencia a una práctica conflictiva vinculada al poder, que refleja las luchas acerca de quiénes podrán decir qué, al definir cuáles son los problemas comunes y cómo serán abordados". (Van Gusteren, cit. Por Jelin: 1993: 25).

La ciudadanía y los derechos que la conforman no son solamente una lista de derechos específicos, estables, sino que conllevan a la acción ciudadana a mantener, a incrementar el ejercicio futuro de la ciudadanía, a más de las responsabilidades y los deberes de los componentes de una sociedad o del Estado, como lo señala Jelin: "esta dimensión de la ciudadanía está anclada en la participación de la esfera pública" (Jelin: 1993:25).

El conjunto de derechos y obligaciones y su ejercicio como miembros de una colectividad, está siempre en un proceso de construcción y de cambio, se desarrolla conforme a la acción de los movimientos sociales; la acción colectiva toma conciencia, ejerce y reivindica otros derechos no satisfechos. Entonces, está a la par con los cambios que devienen día tras día.

Los logros de los derechos ciudadanos han precedido una larga historia y ha significado, como lo manifiesta Marshall, una lucha infatigable de las colectividades. De esta forma, los derechos ciudadanos se distinguen en tres clases, que surgieron a lo largo del tiempo y en distintas condiciones, son en primer lugar los derechos civiles, los derechos políticos y finalmente los derechos sociales.

Las concepciones de ciudadanía en el caso ecuatoriano

La definición de ciudadanía, por otra parte, ha estado circunscrita a los cambios contemplados en las Constituciones que se han dictado en el Ecuador. Los requisitos han respondido a la época en la que se dieron, tal es así que en los albores de la República, se necesitaba tener ciertas cantidades de dinero para ser ciudadano, circunstancia que se mantuvo hasta el año de 1861. Poco después en la Constitución de 1869 para ser ciudadano se requería ser católico, luego en la Constitución de 1883 se verifica un discrimen en contra de la mujer, puesto que se establece que solo los varones que cumplan ciertos requisitos son ciudadanos; luego se ha ido modificando la edad necesaria para ser ciudadano, que ha ido fluctuando de veinte y un años a los dieciocho años de edad, tomando en cuenta el desarrollo psicológico como condicionante de la ciudadanía, es decir, se vincula a la edad física con el desarrollo del raciocinio capaz de ser utilizado para la correcta utilización de los derechos y ejecución de los deberes para con el Estado.

Este es el ámbito en que se desenvuelve la temática respecto a la ciudadanía en las Constituciones que han regido en el Ecuador; la cuestión indígena pasa en un completo anonimato, excepto algunos aspectos como la lengua. Sin embargo, desde el año de 1994, y en manera particular con la Carta Magna vigente y que fue aprobada en 1998, el tratamiento sobre la ciudadanía y la cuestión indígena es bastante amplio, lo que amerita una atención más detallada sobre el tema.

En efecto, toda la evolución de la concepción de ciudadanía encuentra su cúspide en la Constitución Política de 1998, puesto que ésta señala: "todos los ecuatorianos son ciudadanos", de donde podemos inferir que los requisitos anteriores y que eran necesarios para ser ciudadanos han sido archivados y son historia, ya que para ser ciudadano solamente es necesario haber nacido en el Ecuador, o haber nacido en el extranjero en ciertas circunstancias determinadas por la misma Constitución. (Art. 6-12, 1998).

Consecuentemente, la ciudadanía no es más que la incorporación de una persona a la práctica y ejercicio de los derechos políticos que le confiere el Estado, una vez satisfechos los requisitos que para el efecto se prescriben en la Constitución Política y leyes subyacentes. La ciudadanía es susceptible de adquirirse, suspenderse, perderse y recuperarse, en conformidad con lo señalado por la Constitución Política del Estado.

De la misma manera, la mencionada Constitución en su Artículo 12, declara únicamente que "la ciudadanía ecuatoriana se perderá por cancelación de la carta de naturalización y se recupera conforme a la ley".

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