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Comunidad internacional


Enviado por   •  27 de Marzo de 2014  •  Ensayos  •  10.107 Palabras (41 Páginas)  •  421 Visitas

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Comunidad internacional

La expresión comunidad internacional designa o engloba, de manera relativamente imprecisa, al conjunto de actores influyentes en materia internacional. Por tanto y según el contexto en que se aplique este término, el mismo puede referirse a:

• A los actores del sistema internacional.

• A la Sociedad Internacional, conjunto de sujetos con personalidad y capacidad jurídica suficiente para sostener relaciones y operar válidamente más allá de sus fronteras.

• A la comunidad internacional regulada por las normas y tratados internacionales, es decir, los sujetos pasivos del Derecho internacional.

• A todos los países representados en la Organización de las Naciones Unidas (ONU).

• A toda población constituida ad hoc por habitantes de diversos orígenes.

Al tratar sobre la comunidad, nos referimos a la asociación de personas o entidades con intereses u objetivos comunes enfocados a un punto de vista político; de allí que se refleje su relación con la sociedad, pues ésta no es mas que un conjunto organizado de personas o instituciones que actúan unidas para conseguir un mismo fin.

Básicamente, la sociedad internacional es un conjunto de sujetos de Derecho Internacional Público, unidos por un objetivo común en razón de intereses similares, es decir, es el grupo de comunidades políticas independientes que no forman simplemente un sistema, sino que, además, han establecido, a través del diálogo y del consentimiento, reglas e instituciones comunes para organizar sus relaciones y han reconocido tener intereses comunes para mantener dichos acuerdos.

En este sentido, la comunidad internacional es un conjunto de sujetos de Derecho Internacional Público que se encuentran unidos debido un hecho, compartir un espacio físico, por lo que, ésta se encuentra regulada por las normas y tratados internacionales, es decir, los sujetos pasivos del Derecho internacional; la cual, se establece entre Estados soberanos, independientes y jurídicamente iguales, es decir, aquellos que no están sometidos a un poder político superior.

Diferencias

Al hacer mención de una sociedad y una comunidad internacional, podemos establecer las siguientes diferencias:

• La sociedad internacional es una creación artificial y la comunidad internacional es la unidad natural.

• La sociedad internacional es "una suma de partes", la comunidad internacional sería una integración.

• La sociedad internacional es temporal, voluntaria y reglada, la comunidad internacional es universal, heterogénea e interdependiente.

• La sociedad internacional está políticamente organizada, mientras que, en la comunidad internacional prevalece la coordinación sobre el sistema de subordinación entre sus miembros.

• La sociedad internacional tiene una jerarquía política, la comunidad internacional no está sometida a un poder político superior.

Clasificación de las Organizaciones Internacionales

Los criterios son muy variados pero destacan tres:

1. Por sus fines:

Organizaciones de fines generales: Cuyas actividades no están circunscritas a un ámbito concreto de cooperación, sino que pueden abarcar todas aquellas materias que estimen útiles: bien sin ninguna limitación explícita, este sería el caso de la O.N.U.; bien con la exclusión expresa de un sector de actividades predeterminado como ocurre respecto de las cuestiones de defensa en el Consejo de Europa.

Organizaciones de fines específicos: Van a desarrollar sus actividades dentro de unos ámbitos bien definidos. Una asociación puede abarcar más de una finalidad. A la hora de clasificarlas, pues, habrá que acudir a aquél de sus fines que aparezca como primordial:

• Organizaciones de cooperación preferentemente militar o de seguridad: fines de defensa y ayuda mutua en caso de agresión (O.T.A.N. y U.E.O).

• Organizaciones de cooperación preferentemente económica: Tiene objetivos financieros, desarrollo de las relaciones comerciales, organización de áreas económicas sobre la que operan y demás.

• Organizaciones de cooperación social, cultural, y humanitaria: protección del individuo o de las colectividades e diversos aspectos (U.N.E.S.C.O.).

• Organizaciones de cooperación técnica y científica: canalizan la cooperación de los Estados en sectores tan diversos como las telecomunicaciones, comunicaciones marítimas, ferroviarias, aéreas.

2. Por su composición:

Las organizaciones tienen una vocación universal puesto que están abiertas a la participación potencial de todos los Estados de la tierra, y las organizaciones tienen un carácter regional o restringido al estar la participación de las mismas reservado a un número limitado de Estados que reúnan determinadas condiciones preestablecidas de naturaleza geográfica, económica, política, etc.

Frente a una O.I. de vocación universal constituidas para satisfacer unos fines susceptibles de interesar a la totalidad de los Estados surgen otras Organizaciones a las que tradicionalmente se las califica de regionales, que van a responder a unas solidaridades sentidas en el interior de un grupo limitado de Estados.

Organizaciones de vocación universal: Pertenecen a este grupo las Organizaciones del Sistema de N.U.

Organizaciones de carácter regional: Aquí se encuentran las Organizaciones que están restringidas a un número limitado de Estados, entre los que existen unas determinadas afinidades objetivas. En este supuesto, el criterio geográfico es uno de los criterios que explican el nacimiento de dichas Organizaciones. En todas ellas se produce un fenómeno de regionalización sustentado en unas escalas geográficas variables: continentales, interregionales y regionales.

3. Por sus competencias:

Organizaciones de cooperación y coordinación: Funciones de cooperación, mediante la realización de unas acciones coordinadas entre sus miembros con el fin de alcanzar unos objetivos colectivos.

Organizaciones de integración y de unificación: Cesión de competencias de los Estados miembros a los órganos comunes; supone la atribución de poderes del mismo tipo que los que resultan de las funciones superiores de un Estado a unos órganos independientes de los Estados; tiene la posibilidad de pronunciarse por mayoría en caso de estar formados por representantes gubernamentales. Las decisiones adoptadas tienen autoridad directa e inmediata en los órdenes jurídicos nacionales.

Se produce en ellas una verdadera transferencia de competencias, lo que se plasma en:

• Su ámbito de atribución afecta a materias tradicionalmente reservadas al Estado.

• En las funciones que va a ejercer (ejecutiva, legislativa

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