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Constitucion De 1.961


Enviado por   •  11 de Mayo de 2013  •  17.721 Palabras (71 Páginas)  •  356 Visitas

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CONSTITUCIÓN DE 1961

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE VENEZUELA

Requerido el voto de las Asambleas Legislativas de los Estados Anzoátegui, Apure, Aragua, Barinas, Bolívar, Carabobo, Cojedes, Falcón, Guárico, Lara, Mérida, Miranda, Monagas, Nueva Esparta, Portuguesa, Sucre, Táchira, Trujillo, Yaracuy y Zulia y visto el resultado favorable del escrutinio, en representación del pueblo venezolano, para quien invoca la protección de Dios Todopoderoso; con el propósito de mantener la independencia y la integridad territorial de la Nación, fortalecer su unidad, asegurar su libertad, la paz y la estabilidad de las instituciones; proteger y enaltecer el trabajo, amparar la dignidad humana, promover el bienestar general y la seguridad social; lograr la participación equitativa de todos en el disfrute de la riqueza, según los principios de la justicia social, y fomentar el desarrollo de la economía al servicio del hombre; mantener la igualdad social y jurídica, sin discriminaciones derivadas de raza, sexo, credo o condición social; cooperar con las demás naciones y, de modo especial, con las Repúblicas hermanas del Continente, en los fines de la comunidad internacional, sobre la base del recíproco respeto de la soberanía, la autodeterminación de los pueblos, la garantía universal de los derechos individuales y sociales de la persona humana, y el repudio de la guerra, de la conquista y del predominio económico como instrumento de política internacional; sustentar el orden democrático como único e irrenunciable medio de asegurar los derechos y la dignidad de los ciudadanos y favorecer pacíficamente su extensión a todos los pueblos de la tierra; y conservar y acrecer el patrimonio moral e histórico de la Nación, forjado por el pueblo en sus luchas por la libertad y la justicia y por el pensamiento y la acción de los grandes servidores de la patria, cuya expresión más alta es Simón Bolívar, el Libertador, decreta la siguiente

CONSTITUCIÓN

TITULO PRIMERO

DE LA REPÚBLICA, SU TERRITORIO Y SU DIVISIÓN POLÍTICA

DISPOSICIONES FUNDAMENTALES

Artículo 1. La República de Venezuela es para siempre e irrevocablemente libre e independiente de toda dominación o protección de potencia extranjera.

Artículo 2. La República de Venezuela es un estado federal, en los términos consagrados por esta Constitución.

Artículo 3. El gobierno de la República de Venezuela es y será siempre democrático, representativo, responsable y alternativo.

Artículo 4. La soberanía reside en el pueblo, quien la ejerce, mediante el sufragio, por los órganos del Poder Público.

Artículo 5. La bandera nacional, con los colores amarillo, azul y rojo; el himno nacional “Gloria al bravo pueblo”, y el escudo de armas de la República son los símbolos de la Patria.

La Ley determinará sus características y reglamentará su uso.

Artículo 6. El idioma oficial es el castellano.

CAPITULO II

DEL TERRITORIO Y LA DIVISIÓN POLÍTICA

Artículo 7. El territorio nacional es el que correspondía a la Capitanía General de Venezuela antes de la transformación política iniciada en 1810, con las modificaciones resultantes de los trabajos celebrados válidamente por la República.

La soberanía, autoridad y vigilancia sobre el mar territorial, la zona marítima contigua, la plataforma continental y el espacio aéreo, así como el dominio y explotación de los bienes y recursos en ellos contenidos, se ejercerán en la extensión y condiciones que determine la ley.

Artículo 8. El territorio nacional no podrá ser jamás cedido, traspasado, arrendado ni en forma alguna enajenado, ni aún temporal o parcialmente, a potencia extranjera. Los Estados extranjeros solo podrán adquirir, dentro del área que se determine, mediante garantías de reciprocidad y con las limitaciones que establezca la ley, los inmuebles necesarios para la sede de sus representaciones diplomáticas o consulares. La adquisición de inmuebles por organismos internacionales solo podrá autorizarse mediante las condiciones y restricciones que establezca la ley. En todos estos casos quedará siempre a salvo la soberanía sobre el suelo.

Artículo 9. El territorio nacional se divide, para los fines de la organización política de la República, en el de los Estados, el Distrito Federal, los Territorios Federales y las Dependencias Federales.

Artículo 10. Los Estados podrán fusionarse, modificar sus actuales límites y acordarse compensaciones o sesiones de territorio mediante convenios aprobados por sus Asambleas Legislativas y ratificados por el Senado. Las modificaciones de límites, compensaciones o sesiones de territorio entre el Distrito federal o los Territorios o Dependencias Federales y los Estados podrán realizarse por convenio entre el Ejecutivo Nacional y los respectivos Estados, ratificados por las correspondientes Asambleas Legislativas o por el Senado.

Artículo 11. La ciudad de Caracas es la Capital de la República y el asiento permanente de los organismos supremos del Poder Nacional. Lo dispuesto en este artículo no impide el ejercicio transitorio del Poder Nacional en otros lugares de la República. Una ley especial podrá coordinar las distintas jurisdicciones existentes dentro del área metropolitana de Caracas, sin menoscabo de la autonomía municipal.

Artículo 12. El Distrito Federal y los Territorios Federales serán organizados por leyes orgánicas, en las cuales se dejará a salvo la autonomía municipal.

Artículo 13. Por ley especial podrá darse a un Territorio Federal categoría de Estado, asignándole la totalidad a una parte de la superficie del territorio respectivo.

Artículo 14. Son Dependencias Federales las porciones del territorio de la República no comprendida dentro de los Estados, Territorio y Distrito Federal así como las islas que se formen o aparezcan en el mar territorial o en el que cubra la plataforma continental. Su régimen y administración serán establecidos por la ley.

Artículo 15. La ley podrá establecer un régimen jurídico especial para aquellos territorios que, por libre determinación de sus habitantes y con la aceptación del Congreso, se incorporen al de la República.

CAPITULO III

DE LOS ESTADOS

Artículo 16. Los Estados son autónomos e iguales como entidades políticas. Están

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