TEXTO 1- La Constitución De 1812
dcabezac11 de Mayo de 2013
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COMENTARIO DE TEXTO - TEXTO 1
La Constitución de 1812
- Análisis:
El texto que se comenta es una selección de artículos de la Constitución de 1812. Se trata de un texto de carácter jurídico. Los autores de esta Constitución son los diputados convocados y reunidos en las Cortes de Cádiz. Los más destacados son Agustín Argüelles, Diego Muñoz Torrero y Pérez de Castro. Este texto va dirigido a aquellas personas que están bajo el mismo Gobierno que ha establecido la ley. En el artículo 1 se habla de "los españoles de ambos hemisferios". Es la primera Constitución española que establece el modelo del liberalismo en España. Fue promulgada el 19 de marzo de 1812. Por este motivo se la conoce popularmente como "la Pepa".
La idea principal del texto que se comenta se encuentra en el artículo 3. En él aparece que la Nación la forman los ciudadanos. Por otro lado, la Soberanía ya no reside en la autoridad del que gobierna "por la gracia de Dios". El poder reside en el propio pueblo, en la Nación, y lo ejerce a través de sus representantes elegidos.
En el artículo 1 se hace alusión a los territorios de ultramar dominados por España.
En el artículo 2 puede apreciarse claramente que la Constitución se opone a la soberanía monárquica
El artículo 4 menciona las obligaciones de la Nación y del Gobierno que, a través de las leyes, deben garantizar la libertad y la prosperidad de los ciudadanos.
El artículo 12 trata de que el catolicismo es la única confesión religiosa permitida.
En el artículo 14 aparece que la forma de Estado es la Monarquía moderada hereditaria. Esto quiere decir que el pueblo es quien concede la soberanía al rey, a través de los representantes de las Cortes.
El artículo 15 trata de que el poder legislativo reside en las Cortes con el Rey.
El artículo 16 trata de que el poder ejecutivo reside en el Rey.
En los artículos del 14 al 17 se explica que el sistema político cuenta con una Monarquía limitada (hereditaria y moderada) basada en la separación de poderes: el poder legislativo reside en las Cortes con el rey; el poder ejecutivo reside en el monarca; y el poder judicial reside en los tribunales. La finalidad de estos últimos artículos es limitar el poder del rey.
- Definiciones:
En cuanto a los términos que aparecen subrayados en el texto, hay que decir lo siguiente:
La soberanía reside esencialmente en la Nación: esto hace referencia a la soberanía nacional, consistente en que el poder político reside en la Nación. Es considerada como el conjunto de ciudadanos, y se expresa en su voluntad colectiva. Se opone a la soberanía monárquica.
La monarquía moderada hereditaria consiste en que el rey, que no ha sido elegido por sufragio, deja de ser monarca absoluto. Se establece, así, una división de poderes para limitar el poder del monarca.
Las Cortes son la Asamblea constituyente inaugurada el 24 de septiembre de 1810 y, posteriormente, trasladada a Cádiz. Las Cortes asumieron la soberanía y aprobaron la Constitución para acabar con las trabas económicas y sociales del Antiguo Régimen.
- Problema histórico:
El problema histórico al que se refiere el texto es la Constitución de 1812. Se trata de la primera Constitución promulgada en España, el 19 de marzo de 1812, por lo que también se la conoce como "la Pepa". Se trata, además, de una de las más liberales de su tiempo.
Los rasgos principales de la Constitución son los siguientes: la soberanía nacional, opuesta a la soberanía monárquica, consiste en que el poder reside en la Nación.
Desaparece la Monarquía absoluta, estableciéndose una división de poderes:
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