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FEDERALISMO VS UNITARISMO


Enviado por   •  17 de Noviembre de 2014  •  5.065 Palabras (21 Páginas)  •  583 Visitas

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FEDERALISMO VS UNITARISMO

El federalismo es una forma de organización política que integra distintos sujetos políticos territorialmente conformados por un poder central.

En el unitarismo como forma de organización política territorial puede apoyarse en principios de descentralización.

En el estado federal vs confederal en el estado federal el poder central más limitado en un estado territorialmente compuesto, que está enfocado a la aceptación de compartir su soberanía a partir de cuando quiera.

Federalismo, forma de organización que integra distintos sujetos de la política, como una formula general el federalismo es tan antiguo como las propias alianzas entre reinos o imperios anteriores a la era cristiana. En el principio federalista el cual lo distingue el principio unitario porque establece que los sujetos unificados:

a) Sean reconocidos como un ámbito de poder ordinario, en contraste de un ámbito de poder central derivado.

b) Puede adoptar reglas comunes que establezca un trato igual o en su caso diferente con respecto al sujeto central

c) Sean reconocidos en un ámbito territorial propio en donde puedan ejecutar su propia esfera competencial.

En la concepción federalista denomina la idea de unión o reunión de varios “estados” o de varias “ comunidades”, en la cual conserva su personalidad (Montesquieu) se atiene a un esquema de dualidad de poder jurisdiccionales y acepta que el objetivo común son las grandes necesidades generales, aun con el gobierno fuerte y centralizado (madison, pero sobre todo Hamilton)

Padres del federalismo norteamericano, Alexander Hamilton, John Jay james madison

En el término federalismo no es descriptivo, si no normativo, y significa la defensa de un gobierno múltiple, con elementos de gobierno múltiple, con elementos de gobierno común y de autogobierno regional. El valor que pretende alcanzar es mantener la unidad y la diversidad aceptando, preservando y fomentado las diferentes identidades dentro de una unión política más amplia (King 1992).

El sistema político federal es una expresión descriptiva que se aplica a una categoría amplia de sistemas politos en los que diferencia a los sistemas unitarios donde ay una autoridad central única. Hay dos (o más) niveles de gobierno y mescla elementos de gobierno compartido de instituciones comunes con elementos de auto gobierno regional de las unidades constituyentes (Eleazar 1987).

Esta categoría amplia abarca todo un espectro de formas concretas no unitarias entre las que encuentran las “federaciones” y “confederaciones”. El federalismo como fenómeno empírico que asume jurídico- estatales distintas o plurales, es claro el concepto genérico (no constitucional o empírico) de federalismo apenas alcanza para desganar la forma abstracta de los elementos diversos, en términos de una alianza o un pacto que promueve la multiplicidad de centros de poder, mas no para designar la coexistencia de un doble orden jurídico –político estatal y su modo de funcionamiento confirme a una constitución política específica y a las condiciones históricas específicas.

Lucio Levi

Ciertamente el federalismo como la negación de la negación del principio unitario bajo el cual históricamente se erigió el estado nacional (como pretensión de una sola y misma nación bajo un poder común centralizado)

El federalismo constituye a la vez un “ideario” y una “técnica: un ideario porque constituye el sustento o principio de una forma de estado (el estado federal contrastado con el estado unitario) y una técnica de organización y distribución de poder político en una red compleja de comunidades y territorios.

Federalismo y globalización

Federalismo internacional según se sustenta en procesos de integración de macro bloques o de comunidades económicas y políticas, se trataría del federalismo supranacional el cual tiene como antecedente la formación de mercados comunes de américa del norte del sur, una continua continuada unidad europea la integración de un mercado del pacifico bajo la hegemonía japonesa etc.

El federalismo en sentido fuerte es decir constitucional y simétrico es inconfundible por sus características fundamentales: una condición de igual participación de sus componentes, una diversidad de intereses arraigados territorialmente, la adopción de mecanismos de negoción y flexibilización para alcanzar acuerdos, la existencia de varias soberanías ( la del estado federal y de las entidades locales) entre otras , todo lo cual está lejos aún de segura tanto decisiones justas socialmente como de una inversión de la relación entre el gobierno federal y los gobiernos locales que permita a estos por ejemplo, determinar una orientación común y desde debajo de las políticas del desarrollo económico social.

Para diferenciar las formas de estado alude la forma de distribución orgánica-territorial del poder político entre 1 o más esferas constitucionalmente competentes y responsables

En la forma unitaria se distingue corresponde a un solo ámbito de gobierno (denominado ordinariamente central o nacional) y puede adquirir que en los ámbitos subnacionales se constituyan y operen unidades administrativas con facultades delegadas, incluso que los responsables de dichas unidades puedan ser elegidos popularmente.

En la forma federal se distingue por la dualidad de poderes (federal-central/subnacionales-local), una diversidad de actores con poder institucional en el ámbito local y una distribución de competencias constitucionales en dos esferas de autoridad que suponen una situación de soberanía compartida interiormente (que suele llamarse cosoberanía).

Es claro que en los estados federales la descentralización opera como una estrategia de reforzamiento de la estructura de poder público local y establecida mediante la trasparencia progresiva de facultades constitucionales y recursos federales sin vacilar del poder federal, mientras que en otros países como estados unitarios por la propia naturaleza de estos solo pueden operar como una estrategia de trasparencia limitada y diferencia de facultades administrativas y electivas a las regiones, provincias o departamentos , incluso para prevenir brotes étnico-nacionalistas, como el caso de china.

Los procesos descentralizadores en los estados unitarios suponen una serie de políticas de trasferencia limitada y controlada de fusiones administrativas y de recursos económicos a órganos administrativos subnacionales a fin a que estos ejecuten políticas y facultades del gobierno central por instrucción de este, o en su caso que se asuman responsabilidades asignadas en calidad de unidades administrativas, esto es de organismos sin autoridad jurisdiccional o legislativa.

La naturaleza de la descentralización, pues, es diferente a la experimentada en estados federales, en donde si bien es la trasferencia es limitada incluye responsabilidades políticas y una asignación de facultades legislativas y jurisdiccionales al gobierno local, además que no está controlada por el gobierno central ni tiene por objetivo el incumplimiento de las facultades de este salvo que puede estar sustentada en procesos de negociación que involucran actores locales y acompañada de políticas de coordinación de la gestión intergubernamental.

PARLAMENTARISMO, PRESIDENCIALISMO Y SISTEMA MIXTO.

RICARDO ESPINOZA TOLEDO

EL SISTEMA PARLAMENTARIO

Parlamentarismo, presidencialismo y sistema mixto, son formas de organización de poder político que responden a lógicas políticas e históricas diferencias. Se fundan en supuestos culturales y estructurales distintos, cada uno existen variantes y modos de funcionamiento diversos, son también sistemas de gobierno de la sociedad que surgen por oposición a estructuras en el poder se encuentra concentrado en un solo individuo o en un solo órgano o bien como respuesta a la ineficiencia en la función de gobierno.

El sistema parlamentario aparece en los siglos xviii xix en Inglaterra, se expandió casi por toda Europa Occidental. El sistema presidencial, surgió en el siglo xviii en Estados Unidos de América. El sistema mixto, obtiene su carta de naturalidad en la Quinta república francesa durante la primera década del siglo xx.

El sistema parlamentario designa una forma de gobierno representativa en la que el Parlamento participa en forma exclusiva en la dirección de los asuntos del Estado. En ese sentido, en este sistema la formación del gobierno y su permanencia dependen del consentimiento de la mayoría parlamentaria. Esa mayoría puede surgir directamente de las elecciones, o bien, de una coalición. No es suficiente con que el Parlamento elija al jefe de gobierno para hablar de un sistema parlamentario. Es necesario también que el Parlamento no comparta con ningún otro órgano del Estado la dirección de los asuntos públicos.

El primer ministro y su gabinete están sujetos al control político, a través de diversos mecanismos, por parte del Parlamento. Los más utilizados son las facultades de investigación, interpelación, información o requerimiento de comparecencia. No significa que el gobierno esté subordinado al Parlamento, sino que cada uno mantiene su autonomía, aun cuando el gobierno surge de la mayoría y le rinde cuentas.

Los partidos mayoritarios contribuyen en la preparación y coordinación de la política del gobierno y enlazan al Ejecutivo con el Legislativo. Los partidos opositores, por su lado, son los vigilantes más atentos, los más críticos y quienes exigen mayores controles sobre el gobierno. La integración del Parlamento traduce la estructura del sistema de partidos. El Parlamento es el resultado del sistema de partidos en combinación con los mecanismos electorales. Esto es válido para todos los sistemas políticos, pero en el caso de los sistemas parlamentarios, entre menos dispersos son los votos y menos polarizado es el sistema de partidos, se logra dar paso a mayorías sólidas y, por tanto, se dota de mayor estabilidad y eficacia al gobierno.

Las características institucionales esenciales del sistema parlamentario son, primero, la división del Ejecutivo entre el jefe de Estado y el jefe de gobierno; segundo, la responsabilidad del gobierno frente al Parlamento y, tercero, el derecho de disolución de la Cámara baja. Estas peculiaridades aparecieron en Gran Bretaña en el curso del siglo XVIII, cuando el gobierno (llamado gabinete) se disoció del rey y se convirtió en responsable político frente a la Cámara de los Comunes, aunque conservando la posibilidad de solicitar al rey la disolución de tal Cámara.

Las funciones del Parlamento

Hasta el siglo XIII el Parlamento sólo intervenía en la toma de las decisiones relativas al establecimiento de impuestos, pero progresivamente se fue desarrollando, gracias sobre todo a su poder financiero, hasta conquistar también la facultad de hacer las leyes. El régimen representativo adquirió la forma de aquél en cuyo seno una o dos asambleas electas representan al pueblo frente al poder central y participan en el gobierno, primero por el voto de los impuestos y luego por el voto de las leyes.

En Inglaterra, hasta el siglo XIII, era el rey quien detentaba el poder legislativo y sólo cuando ello consideraba necesario solicitaba el respaldo del Parlamento. Progresivamente, sin embargo, el Parlamento, particularmente la Cámara de los Comunes, fue estableciendo la costumbre de desarrollar una especie de negociación cuando el rey le solicitaba votar nuevos impuestos al acordar un cierto número de medidas legislativas que el rey debía acatar.

El Parlamento votaba un proyecto de texto que el rey transformaba en ley, convirtiéndolo así en obligatorio. Como podía esperarse, esta situación se desarrolló en un marco conflictivo, pues el monarca defendía la idea de mantener su poder. No obstante, hacia finales del siglo XVII el régimen británico era ya completamente representativo. La Carta de Derechos reafirmó la exclusividad del Parlamento para el establecimiento de los impuestos, y precisaba que esta medida podía acordarse sólo una vez al año, lo que forzaba al rey a reunir al Parlamento cuando menos anualmente. Por otra parte, quedó establecido que el rey no tomaría ninguna decisión que no hubiese sido previamente objeto de un acuerdo parlamentario. Por su parte, al rey no le quedaba más que la posibilidad de rechazar dichos acuerdos parlamentarios, porque hasta entonces disponía del derecho de veto. Como resultado del principio de aprobación anual del presupuesto, que se había convertido en un arma muy importante en manos de los Comunes, a principios del siglo XVllI el rey renunció al derecho de veto.

EL SISTEMA PRESIDENCIAL

El sistema presidencial, al igual que el parlamentario, se caracteriza por la división de poderes. Formalmente consagra tres órganos separados: el Legislativo, el Ejecutivo y el Judicial. Esa división orgánica va acompañada de una separación de funciones que, sin embargo, para operar requiere de la colaboración de todos ellos. La interdependencia es, por tanto, una condición para su eficacia.

El Poder Ejecutivo (unipersonal) y el Legislativo (organizado en dos cámaras) tienen un modo de elección diferenciada. Al disponer cada uno de una legitimidad propia, se busca garantizar su autonomía y su autorregulación: ninguno puede sobreponerse al otro, sino que al ajustarse a los mecanismos constitucionales de colaboración pueden intervenir en sus ámbitos correspondientes. Uno y otro se mantiene en el ejercicio de sus funciones por el tiempo constitucionalmente establecido. El Poder Judicial, a su vez, por mecanismos diferentes también preserva su autonomía. El principio federativo viene a completar el cuadro, porque asegura la participación de los distintos estados en pie de igualdad en el proceso político, al tiempo que sirve como una modalidad adicional de contrapeso y equilibrio de los poderes.

El monocefalismo del Ejecutivo, es decir, el hecho de que reúna en una sola figura las jefaturas de Estado y de gobierno, no tiene el propósito de dotarlo de facultades amplias que lo puedan incitar a abusar del poder. El presidente tiene frente a sí diversos dispositivos de control que están en manos del Congreso, de la Suprema Corte de Justicia, de los estados y, entre otros, de los partidos y de grupos privados. Sin embargo, ser el elegido de la nación y su guía no significa que sea un poder autoritario; al contrario, la condición institucional y cultural de su eficacia estriba en su apego estricto a las reglas constitucionales.

El sistema presidencial, desde su origen encarnado en la estructura de poder de los Estados Unidos de América, se inspira en el modelo inglés, del cual conserva algunos elementos fundamentales y modifica otros. La democracia estadounidense preservó las libertades individuales, la separación de poderes y la elección de gobernantes, pero hizo algunos cambios importantes: en lo fundamental, sustituyó al rey por un presidente de la República electo con base en el sufragio universal, e introdujo el principio federalista. El Estado estadounidense se conforma en torno de tres poderes independientes, orgánicamente separados unos de otros y balanceados: el Ejecutivo, el Legislativo y el Judicial.

La Constitución estadounidense es producto de muchos acuerdos entre estados relativamente autónomos, celosos de sus intereses y de su independencia. Para conciliar los intereses de los pequeños y grandes estados, de los del Norte con los del Sur, etc., se estableció el compromiso de organizarse en dos cámaras, pero con un contenido muy diferente a las del sistema inglés: una representaría a los estados, pequeños o grandes, en pie de igualdad, y la otra a la población sin distinción. Más precisamente, el Senado representaría a los gobiernos estatales y no tanto a la población, mientras que la Cámara de Representantes sería la representación de la voluntad popular. De ese acuerdo nació el federalismo, como forma de distribuir el poder entre el gobierno federal y los de los estados. Las atribuciones del gobierno federal no serían amplias, pues los estados poseerían una cuota de poder muy importante. Adicionalmente, las autoridades surgirían del sufragio universal, directo o indirecto.

El Ejecutivo sería electo con base en el sufragio universal indirecto. Los convencionistas veían muchos riesgos para la democracia en la elección directa del presidente, porque al liberar al Ejecutivo éste podría apelar directamente a las masas y crear un poder personalizado. Para frenar al máximo la posibilidad de desviaciones demagógicas, se impidió la elección directa del presidente, que quedó en manos de grandes electores, nombrados por estado en proporción a su población. La República quedó, así, diseñada.

El presidente tiene cierta preponderancia en el sistema político, pero el Congreso, organizado en dos cámaras, no es débil ni le está subordinado. Se trata de un presidente electo (a diferencia de Italia, por ejemplo) y es a la vez jefe de Estado y jefe de gobierno, no puede ser destituido por el Congreso, nombra a su gabinete, con una sanción aprobatoria del Senado, y lo remueve libremente. Su mandato es de cuatro años, reelegible por una sola vez. Cuenta con un vicepresidente que juega un papel más bien secundario. Sin embargo, su poder está limitado por varios elementos, entre otros, por la colaboración estrecha entre el Legislativo y el Ejecutivo, por la administración federal, por la soberanía de los estados, por los grupos de poder económico y por la lucha de partidos. Además, tiene responsabilidades políticas frente al Parlamento y sus actos deben estar apegados a derecho. La Suprema Corte de Justicia garantiza esa legalidad.

La Constitución atribuye al presidente un poder que es la base esencial de su autoridad: velará por la ejecución fiel de las leyes. De aquí deriva el enorme poder de reglamentación del Ejecutivo. Aquí se encuentra el fundamento más importante del poder del presidente, quien en la práctica dispone de una gran libertad de acción. Es el comandante en jefe de las fuerzas armadas de tierra y de mar de Estados Unidos y de la milicia de los estados, cuando ésta se encuentre efectivamente al servicio de Estados Unidos. Sin embargo, es el Congreso el que le da el poder de declarar la guerra, de trasladar y de sostener a las fuerzas armadas, de instituir y sostener a la marina.

El Congreso es bicameral; lo integran la Cámara de Representantes y el Senado. La Cámara de Representantes tiene 500 miembros, su mandato es por dos años y se elige con base en el sistema uninominal mayoritario a una vuelta. La brevedad de su mandato y la posibilidad de reelección hacen que sus miembros estén en campaña electoral permanente. El Senado tiene dos senadores por estado, es decir, 128 miembros; su mandato es por seis años, renovable por tercios cada dos años y se elige por sufragio universal, con sistema mayoritario. Comparte con la Cámara de Representantes la tarea de confeccionar leyes, en un plano de estricta igualdad.

SISTEMA MIXTO

Combina principios del sistema parlamentario como principios del sistema presidencial. Para Maurice Duverger, los conceptos de régimen parlamentario y régimen presidencial resultan insuficientes para explicar las instituciones francesas establecidas.

Una de las características del sistema mixto es la separación de jefe de estado y jefe de gobierno. El jefe de estado, es el presidente de la república, posee una legitimidad propia, no es un cargo hereditario, ni únicamente simbólico como la monarquía parlamentaria, es elegido popularmente con base en el sufragio universal directo para un período fijo. El ejecutivo es bicéfalo, tiene un jefe de estado separado y diferenciado de un jefe de gobierno, que surge a su vez del parlamento. Semipresidencial cuando el presidente dispone de una mayoría propia en la cámara baja, semipalamentario, cuando la mayoría parlamentaria se conforma con partidos opuestos al del presidente.

En este sistema se dota de un poder Ejecutivo fuerte, aunque bicéfalo, pero con un deliberado predominio del presidente de la república, es elegido por votación universal y directa., el parlamento no lo puede destituir.

PARTIDOS POLÍTICOS, SISTEMAS ELECTORALES Y SISTEMAS DE PARTIDOS

En el marco del constitucionalismo democrático, la organización, de elecciones populares realizadas en forma periódica, libre e interrumpida es el mecanismo político que posibilita el ejercicio legítimo del poder político entre las diversas fuerzas partidistas; de aquí que la relación que existe entre democracia como forma de gobierno; partidos políticos y elecciones sea sumamente estrecha.

El triángulo formado por las elecciones democráticas, los sistemas o regímenes electorales y los sistemas de partidos se encuentra así indisolublemente presente en la historia de la democracia moderna (de los siglos XVIII-XIX en adelante), que constituye, junto con la creación de los derechos civiles y políticos del ciudadano, la piedra angular de la forma de funcionamiento del gobierno democrático.

Las formas de elección y de asignación de los cargos políticos que se ponen a disputa en las elecciones constitucionales varían de un país a otro, dependiendo del tipo de régimen político de cada uno. Dentro de la variedad de sistemas democráticos existentes se encuentra actualmente tres modalidades básicas: los sistemas parlamentarios, los presidenciales y los semipresidenciales.

Los partidos políticos como unidades de análisis

El término partido remite etimológicamente desde el latín al verbo partire, que significa <<dividir>>, y deriva de la palabra <<parte>>.

Un partido político es parte de un sistema político y, por ende, pertenece a un sistema de partidos que corresponda a ese sistema político (sin embargo, no podemos dejar de señalar que existen sistemas de partidos políticos sin partidos, es decir, un sistema de partidos, y que hay otros que los tienen pero donde la disputa por el poder se da en otro ámbito, como en el caso de los sistemas de partido único.

Entre los primeros estudiosos sistemáticos de los partidos políticos destacan los clásicos Edmund Burke, Moise Ostrogorski, Robert Michels y Max Weber. De ellos se recuperan aquí algunas definiciones y perspectivas ampliamente reconocidas sobre lo que son y hacen los partidos políticos en los sistemas políticos democráticos.

Según la definición de Burke:

Un partido es un cuerpo de hombres unidos para promocionar, por medio de la unión de sus esfuerzos, el interés nacional sobre la base de un principio concreto respecto del cual todos se muestran de acuerdo.

Un partido es una institución que: a) busca influencia en el seno de un Estado, a menudo intentando ocupar posiciones en el gobierno; y b) puesto que normalmente defiende más de un único interés social, intenta, hasta cierto punto, agregar interés.

Por su parte, Ostrogorski señaló en su libro clásico Democracy and the Organization of Political Parties que los partidos políticos pasan rápidamente de su vocación democrática de constructores de mayorías a convertir <<la unidad del partido como la preocupación suprema>>.

El carácter oligárquico en los partidos, fue desarrollado ampliamente por Michels en 1911, en su célebre obra Los partidos políticos. Un estudio sociológico de las tendencias oligárquicas de la democracia moderna.

A principios del siglo XX, Weber dio continuidad a los primeros estudios de Barke, Ostrogorski y Michels sobre los partidos, y señaló que:

Llamamos partidos a las formas de <<socialización>> que, descansando en un reclutamiento (formalmente) libre, tienen como fin proporcionar poder a sus dirigentes dentro de una asociación y otorgar por ese medio a sus miembros activos determinadas probabilidades ideales o materiales (la realización de fines objetivos o el logro de ventajas personales o ambas cosas). Pueden ser formas de socialización efímeras o de cierta duración, y aparecer como asociaciones de toda clase y forma: séquitos carismáticos, servidumbres tradicionales y adeptos tradicionales. El acento de su orientación puede inclinarse más hacia intereses personales o más hacia fines objetivos.

Por su lado, el sociólogo y politólogo francés Maurice Duverger precisó a mediados del siglo XX que el origen de los partidos políticos está ligado a dos fenómenos de primera magnitud: los grupos parlamentarios y los comités electorales, y que: <<… basta con que una coordinación permanente se establezca entre éstos y que lazos regulares los unan a aquéllos, para que nos encontremos frente a un verdadero partido>>.

Giovanni Sartori señaló a mediados de la década de los setenta del siglo XX que:

[…] los partidos dan algo que no puede brindar ninguna encuesta y ninguna máquina, transmiten unas exigencias respaldadas por una presión… los partidos no sólo expresan, también canalizan, organizan la caótica voluntad pública… los partidos también forman y manipulan la opinión.

Para responder a la pregunta ¿Qué es un partido político?, puede decirse: en lo fundamental, el partido político es el instrumento con el que los ciudadanos se hacen constructores del gobierno democrático desde finales del siglo XVIII y comienzos del XIX, ya que el Estado de partidos tiene como componentes básicos: a la figura del ciudadano-elector (sujeto), al sufragio universal (como derecho) y a los partidos políticos como instituciones.

Los sistemas electorales

Tanto en el lenguaje político como en el científico suelen emplearse como sinónimos los conceptos de sistema electoral, derecho electoral, régimen electoral, e incluso, ley electoral.

¿QUÉ ES LA POLITICA?

I. La exprecion y la nocion “ciencia politica” se determina en imaginacion de variables.

II. El estado de la organización del saber.

III. El grado de diferencia estructural de los componentes humanos.

En cuanto a lo primero se debe observarse que la noción de ciencia no tiene mucho sentido, o al menos no queda bien precisa, hasta que no se afirma la división y especialización del trabajo cognoscitivo.

En cuanto al segundo aspecto, conviene observar que la noción de política califica todo, y por lo tanto nada especifico, hasta que las esferas de la ética, de la economía y de la política- social se mantuvieron no divididas y no se tradujeron materialmente en diferenciaciones estructurales.

Esta división es necesaria, no solo porque “ciencia” y “política” son variables que han cambiado mucho, sino también varían en épocas diferentes y con diversas velocidades.

En este escrito no tratare de fijar el nacimiento de la “primera” ciencia política, sino más bien de separar los elementos de varios plausines “encuentros significativos” entre 2 términos de nuestro discurso.

La idea de la política

Hoy estamos habituados a distinguir entre lo político y lo social, entre el estado y la sociedad. Pero no son estas distinciones y contraposiciones que se consolidan en su significado actual recién en el siglo XlX. A menudo se oye decir que mientras en el pensamiento griego la politicidad incluía en la sociedad.

Si para Aristóteles el hombre era un zoom politikos, la sutileza que con frecuencia se omite es que Aristóteles definía de esta manera al hombre, no a la política.

Solo porque el hombre vive en la polis, y porque la polis vive en él, el hombre se realiza como tal.

Está claro donde los griegos decían poliles, los romanos decían civis, así como es claro que polis se traduce en latín por civiles. Pero los romanos decían absorbieron la cultura griega cuando su cuidad había sobrepasado ampliamente la dimensión que admitía el vivir político.

La cuestión reside en que la problemática vertical es una gran medida de extraña al discurso basado en la nomenclatura griega, en su traducción latina y también en su desarrollo medieval.

Para los autores medievales y renacientes que escribían tanto en latín como en italiano, francés o inglés el dominium politicum no era político en nuestro significado, sino en el significado de Aristóteles: era la cuidad optima de poliles, la res publica que practicaba el bien común.

De hecho los autores medievales usaban el dominium politicum en contraposición a dominium regale, y a todavía más en contraposición a dominum despolicum.

La doctrina del derecho natural, en sus sucesivas frases y versiones, resumen bastante bien esta amalgama de normativa jurídica y de normativa moral. En todos los sentidos, y también en otros, la política no se configura en su específica y autonomía hasta Maquiavelo.

VLL.2. LA AUTONOMIA DE LA POLITICA.

Cuando hablamos de la autonomía de la política, el concepto de autonomía no debe entenderse en sentido absoluto, sino más bien relativo.

Hobbes teoriza una política todavía más pura que Maquiavelo, su príncipe levialan es el más próximo y directo precursor del gran hermano concebido por Orwell el orden político esta creado por su fial, por su poder de crear palabras de definirlas, de imponerlas en sus súbditos.

Pero no solo Hobbes no se diferencia de Maquiavelo solo en que afirma que una política pura omnicausadora también en su cientificidad. En el siglo y pico que los separa, se intercalan en Bacon. Además Hobbes recibía la lección metódica de descartes.

Debe quedar claro que sociedad no es demos, no es populus. En cuanto actor concreto y operante, el demos muere con su democracia es decir con la polis en que la operaba. Y así como la republica romana no fue jamás una democracia el pupulus de los romanos no fue nunca el demos de los griegos.

La separación fue lentísima. Por ejemplo es sintomática la falta de idea sociedad en la literatura del siglo XVL que teorizaba el derecho de existir y a rebelarse como el tirano.

La noción del pueblo fue Locke quien escribía a fines del siglo XVLL a Locke se le atribuye con razón una primera formulación de la idea de la sociedad.

En realidad la idea de la sociedad no es una idea que se formule y afirme con el cambio revolucionario, es más bien una idea de paz que pertenece a la base centralista de la escuela del derecho natural.

Con esto no se pretende negar que también montesquien tenga títulos legítimos como precursor del descubrimiento de la sociedad. Pero lo preludia Locke y en general el constitucionalismo liberal. Todos estos precursores son tales de una manera indirecta e inconclusa. Es evidente que cuando más se reduce la discrecionalidad y el espacio del estado absoluto.

Por lo tanto solo en opinión de los economistas la sociedad resulta tanto más ella misma cuanto más espontanea es, cuanto más queda liberada no solo de las interferencias de la política, sino también de los obstáculos del derecho. Es verdad que la sociedad espontanea de los economistas era en definitiva la sociedad económica.

LA IDENTIDAD DE LA POLITICA

Ya hemos visto que la política no se considera únicamente diferente de la moral, también se la diferencio de la economía. Luego no incluyo al sistema social.

Una primera manera de afrontar el problema es plantarnos la pregunta que Aristóteles no se formulaba que es un animal político en su diferencia con el hombre religioso, moral, económico, social, y así sucesivamente. Por supuesto, estos son tipos ideales y las variadas facetas de un mismo poliedro.

Lo mismo vale para el sociólogo ¿cuál es el criterio o la categoría de los denominados comportamientos sociales? No lo hay. O mejor dicho, el sociólogo responde de la misma manera que el economista y el politólogo diciendo en la sociedad o en el mismo sistema social con lo que quiere decir que los comportamientos sociales son los que se observan en las instituciones, en las estructuras y en las funciones que componen ese sistema.

La democracia o manifestación de la policía supone no solo no difusión y si se quiere su difusión sino sobre todo su ubicación a la ubicación vertical se une ahora expiación y ubicación horizontal; lo que lo que se vuelve a subvertir de nuevo todo el discurso.

Después de milenios de relativa inquietud cuantos sacudimientos en poco más de un siglo en la medida en que el estado se extienda los procesos políticos no podrán ser situados.

Por lo tanto no es exacto impurtarle a la ciencia política contemporánea el encerrarse en una visión demasiado estrecha- estatal- de lo que es la política.

De hecho el personal político es el más inmune a la crisis de identidad. Desde el punto de vista o de observación los hombres públicos y los políticos de profesión sabes muy bien que dicen cuando aseguran esta es una cuestión publica la frase sibilina e incluso e irritante para el gran público quiere significar que los políticos no se sientes marionetas manejadas por hilos exteriores y lejanos: se sientes protagonistas de un juego contra personas.

La forma externa de negación de la autonomía de la política no es de todos modos la sociología más bien previene de la filosofía marxista. Esta perspectiva no se llega solo no se llega solo ala heteronomía de la política si no más drásticamente a la negación de la política en la concepción económico- materialista de la historia.

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