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ASPECTOS SOCIOCULTURALES DE LA LOT.


Enviado por   •  6 de Junio de 2018  •  Informes  •  1.791 Palabras (8 Páginas)  •  105 Visitas

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REPÙBLICA BOLIVARIANA DEVENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÒN UNIVERSITARIA

UNIVERSIDAD BICENTENARIA DE ARAGUA

SAN CRISTÒBAL ESTADO TÀCHIRA.

ENSAYO

ASPECTOS SOCIOCULTURALES DE LA LOTTT.

                                                                              INTEGRANTE

                                                                                      KELLY. RAMIREZ

                                                                                        CI- 16.958.801

                                                                                        CARRERA DERECHO  

                                                                                        SECCION T1

INTRODUCCION

        El progreso de la humanidad está estrechamente vinculado al desarrollo de las distintas prácticas y orientaciones laborales, las cuales se han visto connotadas por las características de cada época, como es el caso del trabajo en la época romana, griega, pasando por la esclavitud, el sistema feudal, la época cristiana, así como las teorías del fordismo, taylorismo, marxismo, capitalismo, neoliberalismo, hasta llegar a la democracia participativa y protagónica, el estado democrático social  de la actualidad con la entrada en vigencia de la ley orgánica del trabajado, trabajador y  trabajadora  se implemento lo que se denomina el proceso social del trabajo protegiendo al trabajador y la clase social con todos los beneficios y reivindicaciones salariales respectiva para el goce y disfrute del mismo

                El progreso de la humanidad está estrechamente vinculado al desarrollo de las distintas prácticas y orientaciones laborales, las cuales se han visto connotadas por las características de cada época, como es el caso del trabajo en la época romana, griega, pasando por la esclavitud, el sistema feudal, la época cristiana, así como las teorías del fordismo, taylorismo, marxismo, capitalismo, neoliberalismo, hasta llegar a la democracia participativa y protagónica, el estado democrático social de derecho y de justicia y el socialismo bolivariano del siglo XXI de manera pues, con la entrada en vigencia de la LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO, TRABAJADOR Y TRABAJADORA se implemento lo que se denomina el PROCESO SOCIAL TRABAJO, que vendría a ser uno de los aspectos más importantes, pues establece que la actividad laboral es una acción proveniente de los individuos y como esencia trata de un hecho social, porque le impone tener que relacionarse con otros en una actividad productiva, es por ello que la ley dispondrá lo necesario para mejorar las condiciones morales, materiales e intelectuales de los trabajadores y trabajadoras; focalizadas en lograr una vida digna, tanto para el trabajador como para su familia, en pro del desarrollo de la sociedad, donde el trabajador es concebido como un agente de cambio y transformador social trayendo consigo el elemento humanizador así como al desarrollo de la sociedad. Es por ello que:

  • El estado REGULA LA RELACIÓN JURÍDICA LABORAL entre patrono y trabajador con el objeto de emprender una labor productiva, dentro de la estructura económica y política de la sociedad en donde operan, manteniendo una normativa que regula tales interacciones por ello se presume que existe una relación laboral cuando una persona, denominada trabajador presta un servicio a un patrono.
  • PROTEGE A LA FAMILIA al considerar el trabajo como un hecho social, no puede desvincularse al trabajador del bienestar familiar. En tal sentido, el trabajador debe gozar de unos beneficios que le permitan ensanchar la ayuda y soporte necesario a sus familias, así como participar el tiempo suficiente para fomentar la salud psicológica y las interacciones sociales.
  • Garantiza condiciones dignas y seguras a los trabajadores en los procesos de trabajo, de allí deriva la importancia de considerar la política de salud en que se encuadran las actividades basadas en el análisis de riesgos al trabajo, a su vez resalta la necesidad de considerar la PROTECCIÓN DE LA SALUD, por cuanto de ella depende la PRESERVACIÓN DE LA VIDA HUMANA, el acorde desarrollo en materia de salud física y mental dentro del contexto social.
  • Obliga al patrono de ofrecer oportunidades de DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN EN EL TRABAJO.
  • PROTECCIÓN DEL DERECHO AL TRABAJO (ESTABILIDAD) pues la facultad del patrono en aplicar el despido, solo puede ser posible si surge una causal razonable de disolución, la cual explique una decisión de desincorporación del trabajador.
  • El trabajo crea riqueza y los trabajadores son sujetos protagónicos de los procesos de educación y trabajo para alcanzar los fines del Estado, es por ello que el Estado es responsable de garantizar la JUSTA DISTRIBUCIÓN DE LA RIQUEZA.
  • Crea RELACIONES BASADAS EN LA JUSTICIA SOCIAL, inclusión social, de manera que todos los ciudadanos tengan las mismas oportunidades de un desarrollo integral y humano, y la paz integral, para desempeñar sus deberes, pues no puede imaginar justicia social si alguno de estos atributos es excluido.

            Marx reconoce al trabajo como un proceso típicamente humano; el tratamiento que le brinda más que económico es de categoría antropológica, concibiéndolo por lo tanto como un hecho social.

      Federico Engels afirmó  :“El trabajo es la fuente de toda riqueza, afirman los especialistas en economía política. Lo es, en efecto, a la par que la naturaleza, proveedora de los materiales que él         convierte en riqueza. Pero el trabajo es mucho más que eso, es la condición básica y fundamental de toda la vida humana y lo es en tal grado que, hasta cierto punto, debemos decir que el trabajo ha creado al propio hombre”.

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