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Argumentacion Juridica

elnene21 de Septiembre de 2012

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MARCO CONCEPTUAL

Derecho Penal:

Conjunto de normas jurídicas válidas en un tiempo y espacio determinados que se encargan de regular lo relativo a los delitos, penas y medidas de seguridad.

Delincuencia Organizada: Se entiende una organización de hecho de tres o más personas, para cometer delitos en forma permanente o reiterada, en los términos de la ley de la materia.

Delito:

.Acción u Omisión Típica, Antijurídica, Culpable y Punible

Acción:

Una actividad corporal externa

Omisión:

Un no hacer o dejar de hacer

Tipicidad o Conducta Típica:

El exacto encuadramiento de la conducta concreta, a los presupuestos establecidos en la ley.

Antijuricidad:

La contradicción a la norma jurídica. Ir en contra de la Ley.

Culpabilidad:

Una relación o nexo psicológico entre el autor y el hecho delictivo.

Punibilidad:

Es el merecimiento o amenaza de una pena contemplada en la Ley por haber cometido una conducta típica, antijurídica y culpable.

Testigo:

El término testimonio, al igual que testigo, proviene de testor, testari, testatus, que significa proveer, disponer. Según Caravantes deriva de testando, que significa declarar o explicar.

Testigo de Cargo:

Persona que declara en un juicio en contra del acusado, en virtud de haber percibido con sus sentidos algunos de los hechos que se plantean en el procedimiento

Testigo de Descargo:

Persona que declara en un juicio a favor del acusado, en virtud de haber percibido con sus sentidos algunos de los hechos que se plantean en el procedimiento

Testigo Colaborador:

Personas que brindan información a las autoridades, cuyo contenido permite detener a sus cómplices, a delincuentes de organizaciones rivales, o inclusive a alguna autoridad coludida. A cambio, el testigo identificado con un sobrenombre en clave, espera recibir un beneficio.

Ministerio Público de la Federación.

Es una institución unitaria y jerárquica dependiente del organismo ejecutivo, que posee como funciones esenciales las siguientes:

• Persecución de los delitos.

• Ejercicio de la acción penal.

• Intervención en otros procedimientos judiciales para la defensa de intereses sociales, de ausentes, menores o incapaces.

• Consulta y asesoría a los jueces y tribunales.

Ley:

La ley (del latín lex, legis) es una norma jurídica dictada por el legislador. Es decir, un precepto establecido por la autoridad competente, en que se manda o prohíbe algo en consonancia con la justicia. Su incumplimiento trae aparejada una sanción.

MARCO HISTORICO:

Para poder desarrollar el tema del testigo colaborador es importante saber de donde que es, el Derecho Penal, su origen, evolución y como se ha desarrollado hasta nuestros días y en nuestra legislación. Para lograr lo anterior debemos definir como se clasifica y que es el Derecho penal, lo cual nos indica que lo segundo es un conjunto de normas jurídicas que regulan la potestad punitiva del Estado, asociando a hechos, estrictamente determinados por la ley, como presupuesto, una pena, medida de seguridad o corrección como consecuencia, con el objetivo de asegurar los valores elementales sobre los cuales descansa la convivencia humana pacífica.

Cuando se habla de Derecho penal se utiliza el término con diferentes significados, de acuerdo a lo que se desee hacer referencia; de tal modo, podemos mencionar una clasificación preliminar tal como: Derecho penal sustantivo, y por otro lado, el Derecho penal adjetivo o procesal penal.

El primero de ellos está constituido por lo que generalmente conocemos como código penal o leyes penales de fondo, que son las normas promulgadas por el Estado, estableciendo los delitos y las penas, mientras que el derecho procesal penal es el conjunto de normas destinadas a establecer el modo de aplicación de aquellas, de lo cual podemos apreciar que nuestra investigación tendrá mucha importancia en el derecho penal adjetivo.

Después de tener claro lo anterior podemos dar inicio con algunos antecedentes del derecho penal, que establecen a este derecho en tres etapas, la Etapa de la venganza, Etapa humanitaria y la Etapa Científica. La primera de estas etapas se remonta a tiempos remotos, y la cual tiene dentro de esta etapa diferentes etapas la primera.

Etapa de la Venganza.-

Cuando el hombre se vuelve sedentario, descubre por primera vez la sensación de lo propio, percatándose de la magnitud de su territorio, la cantidad de alimento, sus bienes y la conformación de su familia; concibiendo, por primera vez, la idea de propiedad con un sentido de satisfacción de necesidades. En la medida de que sus bienes fueron afectados, el hombre se enfrento al dolor de la perdida, respondiendo en consecuencia, para recuperar sus posesiones. Esta etapa conocida con el nombre de la venganza de sangre o privada, caracterizada porque, ante el ataque injusto, cada individuo se protegía y hacia justicia por si mismo, es decir la función represiva estaba en manos de los particulares, contando con el respaldo y ayuda de la colectividad, que le reconocía el derecho a ejercitar la Ley del Talión, (ojo por ojo diente por diente). Ante estas situaciones y la imposibilidad de impedir represalias se genero un nuevo sistema llamado de composiciones, con el que el ofensor podía comprar al ofendido o a su familia el derecho de venganza, en tal sentido un familiar del afectado podía disponer del acto de justicia, surgiendo la etapa de la venganza de familia. Posteriormente a esto surge la etapa de la venganza divina, en la que el derecho de atribuir y ejecutar penas recayó en las autoridades religiosas, al estimarse al delito no sólo como el daño ocasionado al individuo, sino una falta en contra de la deidad, provocando su descontento, por ello los jueces y tribunales juzgaban en nombre de la divinidad ofendida, pronunciando sus sentencias e imponiendo penas para satisfacer su ira. La ultima evolución de esta etapa, se da cuando los estados adquieren mayor solidez, consolidándose políticamente, separando el principio religioso y creando el derecho a castigar con fundamento en la soberanía de Estado, distinguiéndose entre delitos privados y públicos, observándose si la lesión afectaba los intereses de los particulares o del Estado, abriéndose la etapa de la venganza pública. Fue entonces cuando a través de las instituciones jurisdiccionales o tribunales, se comenzaron a aplicar las sanciones de reciprocidad del daño ocasionado sobre la colectividad, surgiendo las primeras normas que previeron delitos y penas, tal es el caso del Código de Hamurabi y la Ley de las Doce Tablas.

Etapa Humanitaria.-

Ante la excesiva crueldad durante los siglos XVI y XVII, surge el iluminismo y con ella el rescate de los valores y derechos intrínsecos de los seres humanos, motivando a un movimiento humanizador de los sistemas penales.

En este periodo hubo grandes reformas en la legislación penal, entre ellas resaltan La previsión normativa de las penas y los delitos; la abolición en muchos casos de la pena capital y de la tortura; señaló que el fin de la pena consistía en la prevención, evitando que el delincuente cometiera nuevamente delitos, se consagro la proporcionalidad de la pena a la gravedad del delito; limito los poderes del juez e hizo la justicia más expedita.

Etapa Científica.-

Derivada de la fase humanitaria surgen los primeros estudios científicos respecto a la personalidad del delincuente, sus características físicas y sociales, a fin de establecer un tratamiento de rehabilitación adecuado, al igual que buscar la prevención del delito. En esta etapa surgieron diversas teorías, desde aquellas que veían en la pena una retribución con carácter intimidatorio (Emmanuel Kant), hasta las que se basaban en la prevención (Grolmann), o aquellas que señalaban que la función de la pena se encontraba en la defensa de la sociedad. También en esta etapa surgen diversas escuelas como lo eran la Clásica, Positiva, y la Ecléctica, de esta ultima nacen la Tercera Escuela, Sociológica y la Técnico Jurídica. Así es como de todas estas escuelas, nuestro sistema de justicia tiene un poco de cada una en nuestro sistema de justicia de la actualidad.

Historia del Derecho Penal en México.-

Pocos datos se tienen acerca del Derecho Penal anterior a la llegada de los conquistadores, pero lo cierto es que no existía en ese tiempo Unidad Política entre los pobladores de lo que ahora es el país; motivo por el cual había distintos reinos y cada uno poseía diferente reglamentación en materia penal. Entre los principales pueblos encontrados por los conquistadores están:

EL PUEBLO MAYA: Los Mayas se caracterizaban por su severidad. Los caciques tenían la función de juzgar y aplicaban como penas principales, la muerte y la esclavitud. La primera era reservada para los adúlteros, homicidas, incendiarios, raptores y corruptores de doncellas; la segunda para los ladrones. Si el autor del robo era un señor principal, se le labraba el rostro desde la barba hasta la frente. No utilizaron como pena; ni la cárcel, ni los azotes, pero a los condenados a muerte y a los esclavos fugitivos, se les encerraban en jaulas de madera que servían de cárceles. Las sentencias eran inapelables.

EL PUEBLO TARASCO: De las leyes penales de los tarascos, se tiene noticias de la crueldad de las penas. El adulterio con alguna mujer del Soberano o Calzontzi, se castigaba no solo con la muerte del adultero, sino que trascendía a toda la familia y sus bienes eran confiscados. Cuando un familiar del monarca llevaba

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