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Bolilla 1 Derecho Romano


Enviado por   •  18 de Abril de 2014  •  1.573 Palabras (7 Páginas)  •  244 Visitas

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Unidad Nº 1

Introducción. Conceptos generales y Divisiones

Concepto de Derecho:

Es un conjunto de normas y principios que nos permiten regular las conductas de los individuos con sus interrelaciones en una misma sociedad, requiriendo de un sistema de ejecución. Es un sistema de control social. Según Stammler: el concepto de derecho está determinado por ciertas normas lógicas; la voluntad, la voluntariedad, la autarquía y la inviolabilidad.

El derecho puede ser:

A – Objetivo: se refiere a la ley escrita y tiene que consagrarse a cuestiones morales.

B – Subjetivo: se refiere a la norma no escrita.

El derecho no es tal por el solo hecho de estar escrito o porque se lo denomine como tal, sinó porque debe ser reconocido como tal.

Concepto del Derecho Romano:

Romano abarca el estudio de las instituciones jurídicas romanas, las experiencias, ideas y el ordenamiento de éstas, considerándolas desde 754 AC (fundación de Roma) hasta la compilación del emperador Justiniano en el siglo VI DC (conocida como el Corpus Iuris Civilis).

La influencia del derecho romano se nota en la parte oriental del imperio hasta el año 1453. Y en la occidental se prolonga su vigencia gracias a estudios realizados (S XII) convirtiéndose en el Commune de los pueblos europeos, e influyendo en la tarea de codificación emprendida en los tiempos modernos y actuales.

Nociones Fundamentales:

Ius: solemos traducir ius como derecho, pero ius hace referencia directa a la iustitia, en cambio “derecho” (directium) tiene un sentido moralizante latino de nuestro vocablo derecho. Puede aparecer también bajo las formas de iure (de acuerdo al derecho), iuris (de derecho) iuri(para el derecho).

- En primer lugar ius significa el conjunto de normas que constituyen un ordenamiento jurídico. En otros términos ius es el derecho objetivo.

- Actualmente es controvertida si la acepción de ius correspondería plenamente a la muestra de derecho subjetivo, especialmente si tomamos en cuenta que los juristas romanos no determinaban si en un caso dado una persona tenía derecho subjetivo, si no le era otorgada o no una acción; así el pretor no concedía o negaba derechos sino acciones; su edicto era un repertorio de acciones para distintas situaciones que se podían presentar.

- Ius significa también status, condición o situación jurídica; por ejemplo sui iuris se decía de una persona dotada de derecho.

- Otro significado de ius seria la expresión ritual. Esto por el pensamiento mágico religioso que se atribuía a ciertas palabras o gentos. Ejemplo: ius feci significaría… he cumplido el rito… carácter ritual de los actos y negocios jurídicos.

- En la época clásica pierde sentido ritual para tomar sentido más complejo (búsqueda de las soluciones de justicia).

- En la última época, ius hace referencia a las sentencias y opiniones de los jurisprudentes. Pero Justiniano lo adopta de fuerza legal, así forma el sentido de “lo justo obligatorio”, aproximándose al posterior sentido del derecho.

- Ius además significa el encuadre jurídico de una situación o cosa, así ius dictio es la facultad del magistrado de plantear y resolver jurídicamente una controversia.

- El ius representa la pretensión que alguien puede tener respecto de algo o alguien con relación a los demás.

Fas: “lo permitido por la divinidad”. Justo con el ius usa la palabra fas, entendiéndose así como…”derecho divino” (los dioses, en contra posición con la de los hombres). Luego se separan y Fas se limita a lo religioso y el ius a lo jurídico.

Iustitia: según Ulpiano “la constante y perpetua voluntad de dar a cada uno lo suyo jurídicamente hablando”, por lo cual la conducta de cada uno debe adecuarse a la ley.

La noción de justicia envuelve dos ideas: la de la voluntad que debe ser permanentemente firme, decidida e inalterable y la del derecho que debe ser ayer, hoy, mañana y siempre.

Justicia debe entenderse conectado a aequitas (equidad). A lo que es debido legalmente a de agregarse lo que le corresponde según el mérito de cada uno, lo que entraña el sentido de igualdad y unidad. Considerando las particularidades, dignidades y circunstancias de cada caso.

Jurisprudencia: la iurisprudentia (prudentia igual sabiduría), tarea propia de los jurisprudentes que son aquellos que discernían acerca de la prudentia del ius.

Prudentia es el conocimiento de la realidad. Solo el conocimiento de la verdad contenida en la realidad permite aplicar adecuadamente a los hechos del derecho. El jurisprudente debe administrar la justicia que le es propia a la esencia de cada cosa.

Según Ulpiano “es el conocimiento de las cosas divinas y humanas y la ciencia de lo justo e injusto”.

El ius sirve para garantizar la pública honestidad y las buenas costumbres y quienes las violen, será pasible de la sanción jurídica por su proceder contrario al honestae vivere (vivir honestamente).

Quien se abstiene de la conducta prohibida por las

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