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COMISION INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS


Enviado por   •  19 de Abril de 2020  •  Apuntes  •  1.378 Palabras (6 Páginas)  •  202 Visitas

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        COMISION INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS

        La comisión IDH tiene un doble rol :

  1. Como órgano de la OEA, puede examinar la situación de los derechos humanos en relación con todos los estados miembros de la organización, sean o no parte de la Convencion Americana sobre Derechos Humanos. Esta labor la realiza a través de informes sobre países, en los que describe y analiza las violaciones desde la perspectiva de la Declaracion Americana de los Derechos y Deberes del hombre.
  2. Como órgano de protección de la Convencion Americana sobre Derechos Humanos, puede además recibir peticiones interestatales y denuncias individuales, solo en relación con los Estados que sean parte de dicha Convencion y por aplicación de la misma.

Los mecanismos mencionados están regulados por el Estatuto y en el Reglamento de la comisión.

En conclusión, en el sistema interamericano pueden identifcarse tres formas de control del cumpliemto de los compromisos internacionales en materia de derechos humanos:

  1. El sistema de informes periódicos, que evalua el nivel de acatamiento por los órganos y el derecho interno de cada estado.
  2. El sistema de peticiones interestatales e individuales, que permite el análisis en particular de una violación determinada.
  3. Un sistema de control jurisdiccional a cargo de la Corte IDH, posterior al tramite cumplido ante la comisión.

LA COMISION IDH

        Es un órgano de la OEA, que tiene competencias para proteger y promover los derechos humanos respecto de todos los países integrantes del sistema, sean o no signatarios de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

        Se compone de siete miembros y las condiciones para ser integrante son de orden subjetivo : “alta autoridad moral y reconocida versación en materia de derechos humanos”. Duran cuatro años en su puesto y pueden ser renovados por un periodo mas.

        Las competencias de la comisión están reguladas por el articulo 41 de la Convencion americana sobre derechos humanos y consisten en :

  • Estimular la conciencia de los derechos humanos en los pueblos de america
  • Formular recomendaciones a los gobiernos de los estados
  • Preparar estudios e informes y solicitarlos de los Estados
  • Atender consultas de los estados miebros de la OEA relativas a los derechos humanos y prestarles el asesoramiento que estos requieren
  • Rendir un informe anual a la Asamblea General

  • Actuar en las peticiones individuales y en las comunicaciones que reciba por violaciones a la Convención por un Estado Parte

COMPETENCIA DE LA COMISION

        Competencia “ratione personae”

En todo caso o comunicación sobre violaciones a los derechos humanos intervienen tres personales: el estado en el cual se produjo la violación, la victima y el denunciante.

        El denunciado debe ser siempre un estado americano, pero es diferente la intervención que tendrá la comisión si el estado es solo miembro de la OEA o también parte de la convecion.

        Si el estado es solo miembro de la OEA, la violación denunciada debe refirse a un derecho consagrado en la DADDH. Si el estado también es miembro de la convecion se referirá a los derechos consagrados en la Convencion America sobre derechos humanos.

        En cuanto a las llamadas comunicaciones que pueden efectuar los Estados, solo están habilitados aquellos que son parte de la Convecion Americana y cuando previamente hayan aceptado la competencia para recibir y analizar comunicaciones de otros Estados.

        Para efectuar una comunicación contra otro Estado deben cumplirse las siguientes condiciones:

  • Ser un Estado Parte de la Convencion
  • Haber aceptado la competencia de la Comision para recibier y examinar comunicaciones
  • Que el Estado al que se denuncia también haya aceptado esa competencia (reciprocidad)

La denuncia no es contra el autor material del acto u omisión, sino contra el Estado al que pertenece.

        El denunciante puede ser cualquier persona, grupo de personas y entidad no gubernamental o un Estado.

        Solo se considerara victima a una persona física y no a una persona jurídica ya que la convención reconoce persona a todo ser humano.

        

        Competencia “ratione materiae”

Las peticiones o comunicaciones que s epresentan ante la comisión deben referirse a violaciones de los derechos humanos provocados por un estado miembro de la OEA. Pero se requieren algunas precisiones a esta norma:

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