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Carta De Atenas


Enviado por   •  18 de Octubre de 2012  •  1.222 Palabras (5 Páginas)  •  881 Visitas

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CARTA DE ATENAS, 1931

CARTA DE ATENAS

1. La Conferencia, convencida de que la conservación del patrimonio artístico y

arqueológico de la humanidad, interesa a todos los Estados defensores de la civilización,

desea que los Estados se presten recíprocamente una colaboración cada vez más extensa

y concreta para favorecer la conservación de los monumentos artísticos e históricos:

considera altamente deseable que las instituciones y los grupos calificados, sin

menoscabo del derecho público internacional, puedan manifestar su interés para la

salvaguarda de las obras maestras en las cuales la civilización ha encontrado su más alta

expresión y que aparecen amenazadas: hace votos para que las solicitudes a este efecto

sean sometidas a la Comisión de la Cooperación Intelectual, después de encuestas

hechas por la Oficina Internacional de Museos y después de ser presentadas a la atención

de cada Estado. Corresponderá a la Comisión Internacional de la Cooperación Intelectual,

después de las solicitudes hechas por la Oficina Internacional de Museos y después de

haber obtenido de sus organismos locales la información pertinente. Dictaminar sobre la

oportunidad de las medidas a tomar y sobre los procedimientos a seguir en cualquier

caso particular.

2. La conferencia escuchó la exposición de los principios generales y de las teorías

concernientes a la protección de monumentos. Observa que, a pesar de la diversidad de

casos especiales en los que se pueden adoptar soluciones específicas, predomina en los

diferentes Estados presentados, la tendencia general a abandonar las restituciones

integrales y a evitar sus riesgos mediante la institución de obras de mantenimiento

regular y permanente, aptos para asegurar la conservación de los edificios.

En los casos en los que la restauración aparezca indispensable después de

degradaciones o destrucciones, recomienda respetar la obra histórica y artística del

pasado, sin menospreciar el estilo de ninguna época.

La Conferencia recomienda mantener, cuando sea posible, la ocupación de los

monumentos que les aseguren la continuidad vital, siempre y cuando el destino moderno

sea tal que respete el carácter histórico y artístico.

3. La Conferencia escuchó la exposición de las legislaciones promulgadas en cada país

con el fin de proteger a los monumentos de interés histórico, artístico o científico, y

aprobó unánimemente la tendencia general que consagra en esta materia un derecho de

la colectividad en contra del interés privado.

La Conferencia ha constatado que la diferencia entre estas legislaciones procede

de la dificultad de conciliar el derecho público con el derecho privado y, en consecuencia,

si bien aprueba la tendencia general, estima que estas legislaciones deben ser

apropiadas a las circunstancias locales y al estado de la opinión pública, para encontrar la

menor oposición posible y para tener en cuenta el sacrificio que los propietarios deben

hacer en el interés general.

La Conferencia desea que en cada Estado la autoridad pública sea investida del

poder para tomar medidas de conservación en casos de urgencia. Desea en fin, que la

Oficina Internacional de Museos Públicos ponga al día una lista comparativa de las

legislaciones vigentes en los diferentes Estados sobre este tema.

4. La Conferencia constata con satisfacción que los principios y las técnicas expuestas en

las diferentes comunicaciones se inspiran en una tendencia común, a saber: cuando se

trata de ruinas, se impone una escrupulosa labor de conservación y, cuando las

condiciones lo permitan, es recomendable volver a su puesto aquellos elementos

originales encontrados (anastylosis); y los materiales nuevos necesarios para este fin

deberán siempre ser reconocibles. En cambio, cuando la conservación de ruinas sacadas

a la luz en una excavación, fuese reconocida como imposible, será aconsejable, más bien

que destinarlas a la destrucción enterrarlas nuevamente, después, naturalmente de

haber hecho levantamientos precisos.

Es evidente que la técnica de excavación y de conservación de restos impone la

estrecha colaboración entre el arqueólogo y el arquitecto. En cuanto a los otros

monumentos, los expertos, reconociendo que cada caso se presenta con características

especiales, se han encontrado de acuerdo en aconsejar que antes de cualquier obra de

consolidación o de parcial restauración se haga una escrupulosa investigación acerca de

la

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