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Conflicto legal con Sea Search Armada


Enviado por   •  30 de Octubre de 2016  •  Ensayos  •  1.480 Palabras (6 Páginas)  •  199 Visitas

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JURISPRUDENCIA INTERNACIONAL

Conflicto legal con Sea Search Armada

En Julio del 2007 fue emitido por la Corte Suprema de Justicia Colombiana el fallo que determino que las piezas que fueran halladas en el Galeón en cuestión y catalogadas como de valor histórico, artístico y arqueológico serían propiedad del país, y que sólo le correspondería  el 50 por ciento de la carga a SSA, pero no de toda esta, sino de lo que no fuera patrimonio de los colombianos, como lo serian las especies repetidas o sin valor comercial, así como también algunas de las monedas o lingotes, una vez estas fueran rescatadas de las profundidades.

En vista que el falló proferido minimizaba las aspiraciones que la multinacional tenia frente al San José, ésta decidió entablar una demanda contra el gobierno colombiano el 7 de diciembre de 2010, ante la Corte Distrital del Distrito de Columbia, con la cual pretendía reclamar una indemnización por 17.000 millones de dólares, producto del supuesto incumplimiento desde hace más de 20 años de un contrato que alega haber suscrito con el Estado.

La Corte federal consideró que la demanda era improcedente y, además, que había pasado el tiempo permitido para intentar alguna acción legal contra el país por el caso. Según SSA la indemnización equivaldría al dinero que había sido invertido desde 1979 para la ubicación de los restos, y a los daños supuestamente causados por no tener acceso al tesoro. Por consiguiente el 25 de octubre de 2011 se falló en primera instancia a favor de Colombia, acogiendo favorablemente sus argumentos de defensa y rechazándose todas las pretensiones del demandante.

Sea Search Armada no desistió aun cuando ya existía un falló a favor de Colombia, por ello el viernes 29 de marzo de 2013 fue interpuesta una denuncia ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (entidad de la OEA) en Washington, nuevamente contra la República de Colombia, donde se pedía que se obligara al gobierno de Juan Manuel Santos a cumplir los fallos judiciales que le otorgaron derechos a esa multinacional norteamericana para rescatar el famoso tesoro del galeón San José, también se alego que la nación, como estado miembro de la OEA, violó los artículos 21 (derecho a la propiedad privada) y 25 (protección judicial) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

La causa fue desestimada por prescripción, pero SSA apeló ante la Corte Federal de Apelaciones del Distrito de Columbia, expresando que se interpuso esta acción nuevamente es por los presuntos daños causados por el desacato del gobierno a la sentencia de la Corte Suprema de Justicia de julio 5 de 2007. Colombia reconoció que si bien el falló de este tribunal estaba vigente, y no fue acatado no fue por negligencia, sino porque en su momento no existía un maro legal que le permitiera hacerlo, pero que en la actualidad ya existe, gracias a la expedición de la Ley 1675 de 2013. De modo que la sentencia dictada el 8 de abril de 2013 le permite ganar definitivamente la batalla a Colombia cuando la  Corte de apelaciones de Washington D.C. le dio la razón, ratificándose en su totalidad la anterior sentencia del 25 de octubre de 2011.  

Situación actual

En el mes de diciembre del año inmediatamente anterior  desde la Base Naval de Cartagena, el presidente Juan Manuel Santos entregó detalles del hallazgo del Galeón San José, manifestando que este fue hallado por la Armada Nacional en asocio con otra empresa internacional mantenida en reserva, mediante una APP de iniciativa privada. El proyecto fue dirigido por el Ministerio de Cultura, con la dirección científica del Instituto Colombiano de Antropología e Historia (ICANH) y el concurso de la Dimar y de expertos internacionales. Se utilizo un método de exploración denominado Prospección Sistemática Regional, que emplea sonar, cámaras fotográficas especiales y un AUV (Vehículo Autónomo Subacuático) para navegar, desde el cual se operan los equipos.

Según algunas afirmaciones de varios medios de comunicación de las fuentes oficiales, el naufragio no fue encontrado en dichas coordenadas suministradas por SSA de modo que no le correspondería un porcentaje de lo recuperado, esto con fundamento en lo que expreso el gobierno en tanto que el lugar donde se encontró es no ha sido nunca antes referenciado por estudios previos, a partir de estudios cartográficos, meteorológicos e históricos antes desconocidos en Colombia. 

Es muy pronto para establecer el estado de las cosas que se encuentran en este naufragio, pero no parece presentar ninguna intervención anterior.

El hecho de haberse superado de cierta manera el conflicto con SSA, no deja de lado los próximos a presentarse teniendo en cuenta el reciente hallazgo del galeón, y no solo frente a esta multinacional estadounidense, sino también frente a terceros, de manera que resulta importante vislumbrar el contexto internacional en el que se encuentra Colombia frente al patrimonio cultural sumergido, para ello, tomaremos en cuenta lo expresado por el Carlos Arévalo, profesor de la Universidad de la Sabana:

         “La regulación internacional de los hallazgos puede ser dividida en dos, de acuerdo con lo que se pretende con ellos: (i) el derecho de salvamento, y (ii) la preservación in situ. Es decir, los que consideran que los naufragios deben ser sacados y llevados a la superficie, y los que creen que no deben moverse del lecho marino. Del primer grupo, hacen parte la Convención sobre el Derecho del Mar de 1982 y el Convenio sobre Salvamento de 1989, y del segundo, la Convención de la UNESCO de 2001 sobre patrimonio cultural sumergido. Es importante aclarar que Colombia no es Estado parte de ninguna de esos tres instrumentos internacionales, lo cual hace que no le sean directamente vinculantes.

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