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DERECHO PRECORTESIANO O PREHISPANICO


Enviado por   •  30 de Octubre de 2012  •  3.410 Palabras (14 Páginas)  •  3.023 Visitas

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“Derecho precortesiano”

En este capitulo solamente se analizaran la cultura olmeca, maya, chichimeca y azteca, ya que de esta ultima se conocen con algo de detalle el derecho.

La importancia de la cultura olmeca mas que por su antigüedad posiblemente radique (para ser tomada en cuenta en el capitulo de derecho precortesiano) en el hecho de que transmite muchos de sus rasgos a la cultura maya, teotihuacana, zapoteca y totonaca.

Los mayas por su parte estaban establecidos en lo que ahora es Tabasco y Honduras. En su antiguo imperio no había una centralización, sino conjunto de estados-ciudades dirigidos por nobles y sacerdotes ligados por las costumbres y la religión además de que vivían en una eterna competencia comercial que a veces provocaba enfrentamientos entre ellos.

Los chichimecas a partir de principios del segundo milenio comenzaban a poblar el centro del país, destruyendo y mezclándose a su vez con la cultura tolteca. Estaban establecidos principalmente en Tenayuca. Bajo el mandato de Xolotl formaron desde allí, a través de matrimonios y conquistas militares un imperio que más tarde trasladaría su capital a Texcoco.

Para el siglo XII un conjunto de ciudades que competían militar y comercialmente construían Tenochtitlán, ciudad que a través de sus servicios de mercenarios para Azcapotzalco derrotaría mas tarde al imperio establecido en Texcoco. Para 1363 los aztecas transformaron su gobierno aristocrático en una monarquía. Ellos seleccionaban a su rey, quien a su vez tenia al lado a un consejo de delegados nobles de los cuales no se menciona cuál era su labor dentro de la monarquía azteca. El imperio azteca era grande y los príncipes de las tribus sometidas eran vasallos del emperador azteca y su posición a menudo se acercaba a la categoría de rehenes. La magnitud del imperio azteca también fue causa de su caída según lo menciona Margadant en su libro.

El derecho olmeca: Es poco lo que se puede rescatar del derecho olmeca, o mejor dicho lo que se sabe. La poca participación de la mujer en la vida olmeca, quizás nula, no gozaba de status, por lo tanto no había matriarcado. Tal vez existían esclavos que realizaban las tareas mas pesadas, o por lo menos un pueblo sometido por unos cuantos nobles. Los olmecas subordinaron una amplia región, aparentemente con carácter teocrático.

El derecho maya: El nuevo imperio era una confederación de ciudades-estados unidos solamente por la lengua y la cultura, quizá era igual en el antiguo imperio donde hubo 4 ciudades principales, en el nuevo imperio hubo 3 ciudades principales. En el nuevo imperio cada ciudad-estado era gobernada por un halach, uinic o ahau, puesto que era hereditario de padre a hijo, a su vez era ayudado por un consejo de nobles y sacerdotes y dirigía la política exterior e interior del estado, nombraba los alcaldes de las aldeas de su ciudad-estado. El puesto de alcalde se obtenía mediante un examen de conocimientos de técnicas mágicas.

El nacom era un jefe militar elegido por tres años, gozaba de grandes honores, pero debía de llevar una vida retirada, casta y ejemplar; los alcaldes eran considerados nobles al igual que los consejeros municipales quienes eran responsables por los barrios de cada municipalidad.

Al lado de los nobles estaban los sacerdotes, de su opinión dependía el ritmo de las labores agrícolas, determinaban cuales eran los días apropiados o inapropiados para realizar las diferentes actividades. Sus conocimientos esotéricos les aseguraban mejor posición social que los nobles.

Los nobles y los sacerdotes eran sostenidos por todos los agricultores quienes pagaban tributo al halach uinic, y constantes regalos a los nobles. Por ultimo estaban los esclavos que principalmente eran prisioneros de guerra o delincuentes que habían sido castigados con la esclavitud. Sin embargo existía siempre la posibilidad de ganarse o comprar su libertad.

En lo referente al derecho familiar maya, el matrimonio era monogámico, pero existía la opción del repudio que era una especie de poligamia sucesiva, tradicionalmente exogámicos, pero dos personas del mismo apellido no debían casarse. El novio debía entregara a la familia de la novia regalos, algo similar a la dote pero opuesto a la vez, era como pagar por casarse con la novia, o en su defecto el novio se veía obligado a trabajar por algún tiempo para su futuro suegro. También había matrimonios concertados por conveniencia o arreglos patrimoniales.

La herencia era repartida entre los hombres solamente, en la entrega de las herencias intervenían las autoridades locales. La mujer no jugaba un papel importante en la vida social maya, no podía entrar a los templos o participar en ritos religiosos.

El derecho penal era duro, un marido ofendido podía optar por el perdón o la pena capital, para violación y estupro el castigo era la lapidación. Para homicidas se determinaba pena capital, salvo si el culpable era un menor, en ese caso la pena era la esclavitud al igual que en el robo. Margadant menciona el merito maya al hacer la diferenciación entre dolo y culpa en materia de incendio y homicidio.

No había apelación, el juez local decidía en forma definitiva, y los tupiles, policías verdugos, ejecutaban la sentencia. Había además responsabilidad de toda la familia del ofensor por daños y perjuicios.

El derecho chichimeca: estaban organizados en pueblos recolectores, cada grupo tenia un jefe hereditario con fines militares, la única rama chichimeca que parece haber tenido una organización política fue la de los chuachichiles, quienes obedecían a un triunvirato de miembros de una sola familia, generalmente compuestos de un jefe, su hermano y un hijo.

Llama la atención el sistema de la residencia matrilocal, que es el hogar que se forma alrededor de la madre, esto encuentra su origen en la división de labores entre los hombres y las mujeres. Pudieron ser religiosos pero en su organización social faltan los sacerdotes.

El derecho azteca: estas culturas estaban caracterizadas por gobernantes arbitrarios que a menudo tomaban el lugar del derecho, se encuentran en el derecho azteca códigos similares al de Hammurabi.

Para el derecho publico azteca la política era de no quitar a los pueblos subordinados su propia forma de gobierno, lo importante era que el tributo llegara en forma convenida. Los aztecas tenían una cultura superior a la chichimeca y prueba de ello es su organización social en clanes. Estos clanes llamados calpulli, eran grupos de familias emparentadas entre ellas que vivían en un sistema patrilineal, no exogámico de residencia patrilocal.

Vivian en democracia aparente, bajo un gobierno de consejo de ancianos, con sus propios dioses, formaban unidades militares y con propiedades colectivas.

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