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EJÉRCITO LIBERTADOR DEL SUR: DE LA DEMOCRACIA COMUNITARIA AL MUNICIPIO LIBRE


Enviado por   •  11 de Noviembre de 2015  •  Documentos de Investigación  •  3.071 Palabras (13 Páginas)  •  117 Visitas

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EJÉRCITO LIBERTADOR DEL SUR: DE LA DEMOCRACIA COMUNITARIA AL MUNICIPIO LIBRE

 [ …] la libertad municipal es la primera y más importante de las instituciones democráticas […] nada hay más natural y respetable que el derecho que tienen los vecinos […] para arreglar por sí mismos los asuntos de la vida común […]. -Ley General sobre Libertades Municipales, 1917.

Los estudiosos de la Revolución Mexicana coinciden en reconocer cómo durante el desarrollo de este trascendental movimiento político, intelectual, social y armado se articularon diversos frentes distinguibles por las respectivas geografías, los modos de hacer la guerra, sus planes, proclamas, manifiestos y, naturalmente, por sus dirigentes. Por ello, los investigadores de la Revolución Mexicana consideran que tan importante movimiento tuvo como ejes principales dos revoluciones campesinas: la del norte y la del sur; identificadas una y otra por sus emblemáticos dirigentes: Pancho Villa y Emiliano Zapata, y sus respectivos ejércitos, la División del Norte y el Ejército Libertador del Sur.

Es cierto que en el estado de Morelos no se registraron las iniciales manifestaciones del alzamiento armado –combates de los magonistas en Chihuahua (1905-1909), huelgas de Cananea y Río Blanco, levantamientos armados en San Isidro y Cuchillo Parado, en Chihuahua– de 1910, tampoco los programas y proclamas precursores (Plan de San Luis Missuri, 1906; Plan de San Luis Potosí, 1910) del movimiento armado. Sin embargo, fue este estado donde las banderas de la revolución armada permanecieron flameando más tiempo en los campos de batalla. Así fue, pues los zapatistas de Morelos debieron enfrentar las tropas del ejército porfiriano, luego a las del efímero gobierno de Francisco I. Madero; después lograron derrotar, tras arduos combates, al ejército de Victoriano Huerta, finalmente durante años enfrentaron a las tropas del constitucionalismo carrancista, el cual sólo mediante traición logró el asesinato de Emiliano Zapata. Iconos, emblemas y banderas, todos figuraron y refiguraron al movimiento zapatista sólo como un asunto de campesinos, de pueblos y comunas, también de cartucheras, fusiles y caballos; sin embargo, descuidando que si bien es cierto que el territorio zapatista se convirtió en una fortaleza asediada, también trabajaron los zapatistas por la organización del estado de Morelos y los territorios liberados mediante instituciones modernas, reformadas de acuerdo con las convicciones y necesidades de la Revolución Campesina del Sur. La enumeración de los textos legales y administrativos, síntesis fecunda de instituciones políticas tradicionales y los aportes innovadores, propios del zapatismo, es la siguiente:

I.        Plan de Ayala. Ayala, estado de Morelos, noviembre 25 de 1911. General en jefe, Emiliano Zapata; generales: Eufemio Zapata, Francisco Mendoza, Jesús Navarro, Otilio E. Montaño, José Trinidad Ruiz, Próculo Capistrán. Coroneles: Pioquinto Galis, Felipe Vaquero, Cesáreo Burgos, Quintín González, Pedro Salazar, Emigdio Marmolejo, Simón Rojas, José Campos, Felipe Tijera, Rafael Sánchez, José Pérez, Santiago Aguilar, Margarito Martínez, Feliciano Domínguez, Manuel Vergara, Cruz Salazar, Lauro Sánchez, Amador Salazar, Lorenzo Vázquez, Catarino Perdomo, Jesús Sánchez, Domingo Romero, Zacarías Torres, Bonifacio García, Daniel Andrade, Ponciano Domínguez, Jesús Capistrán. Capitanes: Daniel Mantilla, José M. Carrillo, Francisco Alarcón, Severiano Gutiérrez […]

II.        Ley Agraria. Cuernavaca, Mor., octubre 26 de 1915. Manuel Palafox, ministro de Agricultura y Colonización; Otilo E. Montaño, ministro de Instrucción Pública y Bellas Artes; Luis Zubiría y Campa, ministro de Hacienda y Crédito Público; Jenaro Amezcua, oficial mayor, encargado de la Secretaría de Guerra; Miguel Mendoza L. Schwerfegert, ministro de Trabajo y de Justicia. Estados Unidos Mexicanos, Consejo Ejecutivo.

III.        Ley General del Trabajo. Cuernavaca, Mor., noviembre 7, 1915. Miguel Mendoza López Schwerfegert, Luis Zubiría y Campa, Manuel Palafox, Genaro Amezcua, Otilio E. Montaño.

 

IV.        Ley General sobre Libertades Municipales. Septiembre 15, 1916. Cuartel General de la Revolución en Tlaltizapán, Mor. El general en jefe del Ejército Libertador, Emiliano Zapata.

V.        Ley sobre los Derechos y Obligaciones de los Pueblos. Cuartel General de la Revolución en Tlaltizapán, Mor., 5 de marzo de 1917. El general en jefe, Emiliano Zapata.

VI.        Ley Orgánica de Ayuntamientos para el Estado de Morelos. Cuartel General de la Revolución en Tlaltizapán, Mor., 20 de abril de 1917. El general en jefe del Ejército Libertador, Emiliano Zapata.

Se incluyen los nombres, grados militares y funciones administrativas de los firmantes de los respectivos documentos, con la finalidad de exponer los diversos orígenes sociales de los signatarios: campesinos, maestros, abogados, etcétera.

Este conjunto de documentos históricos no constituyen la totalidad de los escritos publicados por los revolucionarios del sur. Por ello conviene anotar que han sido escogidos considerando que éstos reúnen las ideas políticas y las tesis jurídicas mediante las cuales los zapatistas organizaron sus asediados territorios. En consecuencia, la lectura de los documentos legales y administrativos permite comprender que la Revolución del Sur no fue de ningún modo la expresión de acciones irracionales, espontáneas o simplemente violentas. Por el contrario, los integrantes del Ejército Libertador del Sur se dedicaron afanosamente a escribir y promulgar el proyecto de Nación que sería cumplido, llevado a cabo, a través de nuevas instituciones dotadas de principios rectores, los cuales serían llevados a la práctica a través de nuevas instituciones. Entre los motivos más defendidos por el zapatismo se encuentran la independencia y libertad para los pueblos; la preservación, conservación y defensa de la tierra; el ejercicio de la democracia directa; la soberanía popular desde abajo, desde los pueblos; éstos a su vez tutelados, protegidos mediante sólidos Municipios Libres.

2 . Algunas consideraciones sobre los documentos legislativos y administrativos

(1911-1917)

I.        Plan de Ayala. La Junta Revolucionaria del Estado de Morelos, con esta proclama, rompió abruptamente con Francisco I. Madero, trazando desde ese momento el zapatismo su propio camino. No obstante, el carácter polémico y combativo del Plan de Ayala, incluyó en el artículo 6° la garantía de defensa jurídica para los “usurpadores”, los “hacendados”, “científicos”, “caciques”, “opresores”. Ellos, los expropiadores de los pueblos, no obstante la violencia y los procesos fraudulentos usados contra los comuneros, tendrían la facultad jurídica, de recurrir a tribunales especiales constituidos una vez lograda la Revolución. De este modo, el Plan de Ayala reconoció la garantía de audiencia aun para quienes se quejaran de los justos reclamos de los pueblos. Con esta decisión extrema el Ejército Libertador del Sur puso de relieve su vocación organizadora y justiciera.

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