ESTRUCTURA SOCIAL GUATEMALTECA 1821-1885
MARLON12321 de Mayo de 2013
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ESTRUCTURA SOCIAL GUATEMALTECA 1821-1885
1821 ¬- INDEPENDENCIA
Se denomina como Independencia de Centroamérica a la conmemoración de la firma del Acta de Independencia de América Central el 15 de septiembre de 1821. Tal Capitanía estaba conformada, en ese entonces, por la Provincia de Guatemala, Chiapas, Comayagua, San Salvador y la Provincia de Nicaragua y Costa Rica. La suscripción del documento trajo como consecuencia la independencia del Gobierno Español.
Una reunión entre las mismas autoridades coloniales, y una junta de notables compuesta por líderes religiosos y criollos ilustrados, terminó el 15 de septiembre de 1821 con el dominio español en el antiguo Reino de Guatemala, que comprendía el actual territorio del estado de Chiapas(México) y las repúblicas de Guatemala, Honduras, El Salvador, Nicaragua y Costa Rica.
1822 - ANEXIÓN
Después de la separación de Guatemala de la corona española, surgió la idea de anexar las provincias centroamericanas al Primer Imperio Mexicano; esta corriente ideológica empezó en las familias pudientes del país en un intento de formar una nueva nobleza americana.
El entonces Presidente del Consejo de Regencia del Primer Imperio Mexicano presentó una invitación al Jefe Político Superior de Guatemala, Gabino Gaínza para convencerlo sobre los beneficios de la anexión; como modo de presión alegó que Chiapas (antes parte de la Provincia de Guatemala) ya se había unido al Imperio mexicano.
En todo territorio centroamericano se hicieron consultas populares respecto a la anexión, la mayoría la encontró favorable. El 5 de enero de 1822 Centroamérica paso a ser parte del imperio de México. El único de los actuales países de Centroamérica en oponerse a la anexión fue El Salvador, el cual se opuso en un movimiento armado. Ante este acto de subordinación Agustín de Iturbide relevó del cargo de Jefe Político Superior de Guatemala a Gabino Gaínza y se lo entrega al general Vicente Filísola quien entra con sus tropas a Guatemala el 12 de junio de 1822, para someter el movimiento armado salvadoreño.
En Costa Rica se formaron dos bandos, los imperialistas (que abogaban por unirse a México) y los republicanos (que querían ser independientes), consecuencia de lo cual el 5 de abril de 1823 se libró una batalla en el Alto de Ochomogo, que resultó en la victoria de los republicanos, dirigidos por Gregorio José Ramírez. Tras esta batalla, la ciudad de Cartago deja de ser capital de Costa Rica, la cual pasa a la ciudad de San José.
• La anexión duró dieciocho meses, hasta poco después de la abdicación de Agustín I en marzo de 1823.
• Como consecuencia de la anexión, el territorio de Chiapas quedó definitivamente incorporado a México, y más tarde ocurrió lo mismo con Soconusco.
1823 – PROVINCIAS UNIDAS DEL CENTRO DE AMÉRICA
El 1 de julio de 1823, se reunió en Guatemala el congreso, bajo la presidencia del presbítero José Matías Delgado, y declaró que las provincias ahí representadas eran independientes de España, de México y de toda otra nación.
El nuevo país tomó el nombre de Provincias Unidas del Centro de América. Al día siguiente, 2 de julio, los diputados se declararon constituidos en Asamblea Nacional Constituyente y proclamaron que en ella residía la soberanía nacional, y pusieron en vigencia temporalmente la Constitución de Cádiz.
La Asamblea Nacional Constituyente decretó una bandera y un escudo para el nuevo Estado, y nombró una junta de gobierno provisional de tres miembros (Primer Triunvirato de Centroamérica). En octubre de 1823 fue reemplazada por otro (Segundo Triunvirato de Centroamérica), que gobernó hasta 1825.
ACTA DE LA FEDERACIÓN DE 1824
La Constitución de la República Federal de Centroamérica fue emitida en 1824 y rigió hasta la disolución del país en 1839, aun cuando en varios períodos de su historia su vigencia efectiva se interrumpió.
El texto fue aprobado por la Constituyente el 22 de noviembre de 1824, con el nombre de Constitución de la República Federal de Centroamérica, y se le dio vigencia provisional, a la espera de que fuese sancionado por el primer Congreso de la Federación.
• La Constitución federal constaba de 211 artículos distribuidos en quince títulos. Su texto, en lo fundamental constituía un desarrollo pormenorizado de las Bases de Constitución Federal.
Entre sus principales innovaciones cabe destacar su tratamiento de los derechos humanos en el cual destacaban la proscripción absoluta de la esclavitud, la consagración del derecho de asilo, la limitación de la pena capital, el establecimiento del jurado y la supresión de los fueros.
ACTA CONSTITUTIVA DE 1851
Rafael Carrera emitió el 21 de marzo de 1847 el decreto erigiendo en República el Estado de Guatemala. Se forma una Asamblea Constituyente, la que el 19 de octubre de 1851 decreta el Acta Constitutiva de la República, equivalente a Constitución Política. Fue reformada en 1855, para declararlo presidente vitalicio. Estuvo en vigor hasta la llegada de la Reforma Liberal el 30 de junio de 1871.
En dicha Carta Magna de 18 artículos, se establece el cargo de presidente; se forma el Consejo de Estado; se establece la Cámara de Representantes, y se establecen tribunales de justicia y jueces.
PRESIDENTE PERPETUO
La Asamblea Constituyente nombró a Carrera presidente perpetuo, o vitalicio, en su segundo período presidencial, el 4 de abril de 1855. En esa misma fecha se reformaron algunos artículos del Acta Constitutiva. La primer reforma dice así: “Siendo vitalicia la autoridad que ejerce el Presidente de la República, Capitán General don Rafael Carrera, son solamente responsables por los actos oficiales, los Ministros del despacho, y Consejeros de Estado que concurran a ellos con su voto, conforme el Acta Constitutiva.” En la práctica se le dio a Carrera el tratamiento antiguo a los reyes, que eran absolutos, lo que significa que no tenía que dar cuenta a nadie de sus actos. Más adelante, J. Rufino Barrios como presidente (1873-1885) también fue un nuevo monarca.
CONSTITUCIÓN DE 1879
Tras la muerte de Carrera, no tardó demasiado en estallar la Revolución Liberal, ocurrida en 1871, liderada por los Generales Miguel García Granados y Justo Rufino Barrios quienes llegaron a ocupar, en ese orden, la presidencia de la República.
Así pues, llegado este nuevo orden político, la anterior Constitución, de corte naturalmente conservador, fue derogada y, en 1875, Barrios convocó a elecciones para una nueva asamblea constituyente. Tras muchos problemas en dicha decisión, pues algunos miembros de la Asamblea veían en aquella decisión un disfraz para la actitud dictatorial de Barrios, éste, impaciente, convocó una nueva asamblea en 1878. Una verdadera élite intelectual constituyó temporalmente la clase política que fijaría las pautas constitucionales del país.
Entre los temas de discusión figurarán, de nuevo, la reestructuración de la patria centroamericana (que parecía obsesionar por esa época al General Barrios), las relaciones de la Iglesia y el Estado (reconociendo la libertad de culto y la educación laica), y la estructura del gobierno, especialmente centrada en la composición del Legislativo (que se estableció como una cámara única).
Se formó, así pues, una Constitución laica, centralista y sumaria, que reconocía la división de poderes de forma absoluta, pero fortalecía el poder del Ejecutivo, que funcionaría asesorado por un consejo de Estado sin carácter representativo. Fue reformada 8 veces en aspectos secundarios, que no modificaron su inspiración inicial, hasta que en 1945 fue sustituida por un nuevo texto, concluyendo así con la etapa del constitucionalismo republicano de inspiración liberal. Ha sido la Constitución más permanente de la historia de nuestro país.
GOBIERNO LIBERAL – MARIANO GÁLVEZ
El presidente Mariano Gálvez fue elegido para la jefatura del Estado de Guatemala en 1831, período que concluyó en 1835, en el que realizó importantes reformas en casi todas las ramas de la administración gubernamental. Al terminar su mandato Gálvez fue reelegido, pero declinó el puesto, se hicieron unas terceras elecciones en las que Gálvez al fin tomó el poder. Es importante recalcar que Gálvez no concluiría este segundo periodo.
En el gobierno de Mariano Gálvez, se practicó ampliamente el liberalismo político.
Se practicó la separación Iglesia - Estado. Gálvez también aplicó la censura de la correspondencia, se confiscaron fondos y propiedades. Se expulsó al arzobispo Ramón Casaús y Torres. En 1832, ordenó la supresión de los tributos a la Iglesia, eliminó la gran mayoría de los asuetos religiosos, autorizó
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