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El Sistema Juridico Musulman


Enviado por   •  11 de Agosto de 2013  •  3.888 Palabras (16 Páginas)  •  450 Visitas

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El sistema jurídico musulmán

El sistema de derecho musulmán es un sistema de derecho religioso, cuya base principal es el Corán. El Derecho Musulmán ha sido el fundamento y el factor más importante para la consolidación del orden social y de la vida comunitaria de los pueblos musulmanes.

DESARROLLO DEL DERECHO MUSULMAN

Mahoma fundador de la religión musulmana, nace en La Meca en el año 570 de nuestra era, muere en Medina en junio del año 632. Fue hijo de Abdallah y Amina, él tenía a su cargo la custodia del templo de Kaaba.

Mahoma impuso a sus fieles el cumplimiento de los 5 pilares de la sabiduría:

• La profesión de fe (Shahadah)

“No hay más Dios que Ala y Mahoma es su profeta”. Cualquiera que diga estas palabras y realmente las sienta es un musulmán.

• La oración (Salat)

Hay que efectuar oraciones, postrándose en dirección de la Meca. Se realizan 5 veces al día a horas fijas, anunciados por el llamado de los Mohasin desde el minarete de las mezquitas.

• El ayuno (Siyam)

Hay que ayunar durante el Ramadán desde el amanecer hasta el ocaso. Los enfermos, las mujeres embarazadas y los niños pequeños están exentos del ayuno. Ramadán es uno de los 12 meses del calendario musulmán (lunar).

• La limosna (Zakát)

Dar parte de su salario para ayudar a los necesitados.

• La peregrinación a la Meca (Al Hadch)

Todos los adultos deben realizarla por lo menos una vez en su vida. En esta peregrinación incluye realizar algunos ritos, como dar vueltas alrededor de la Kaaba, besar la piedra negra, correr 7 veces entre los montes cercanos, apedrear un pilar que representa al diablo, sacrificar ovejas y reunirse en la llanura de Arafat.

Mahoma llega a Medina en el año 622, esto fue un verdadero triunfo, orgullosos los habitantes de Medina, le cambiaron el nombre de Yatreb que tenía por el de Medina al Nabí o sea la Ciudad del Profeta.

LAS PRINCIPALES FUENTES DEL DERECHO MUSULMÁN

1.El Corán.-el fundamento del Derecho Musulmán, al igual que toda la civilización musulmana, es el libro sagrado del Islam, el Corán (Qoran), constituido por el conjunto de revelaciones de Allá al último de sus profetas y enviados, Mahoma.

El Corán constituye la primera fuente del Derecho Musulmán, pero no es en sí mismo un libro de figh, ni tampoco Un código de Derecho musulmán. Las disposiciones de naturaleza jurídica que contiene son insuficientes para constituir un código, y algunas de las instituciones fundamentales del Islam no aparecen ni siquiera mencionadas en él.

Por otro lado, el juez musulmán no está obligado a interpretar el Corán; los doctores han llevado a cabo una interpretación auténtica del mismo, y el juez debe referirse a las obras de estos doctores.

2.La Sunna.- Esta representa el modo de ser y de conducirse del Profeta, cuyo recuerdo debe servir de guía a los creyentes. Está constituida por el conjunto de los h'adith, es decir, las tradiciones relativas a los actos y palabras de Mahoma, según han sido transmitidos por una cadena ininterrumpida de intermediarios.

Se destacan dos grandes doctores en la investigación y verificación del h'adith, que fueron El-Bokhari y Moslem, de cuyo trabajo se han podido establecer la solidez de la base de la fe musulmana.

3.El Idjma.- Es la tercera fuente del Derecho Musulmán y está constituido por el acuerdo unánime de los doctores. Ni el Corán ni la Sunna, pese a la extensión adquirida por esta podían ofrecer respuesta a todos los problemas. Para poner remedio a su insuficiencia en el caso en que no se encontrase resuelta una cuestión, y para explicar ciertas aparentes derogaciones a la doctrina, se ha desarrollado el dogma de la infactibilidad de la comunidad musulmana cuando la opinión de esta es unánime.

“Mi comunidad nunca será unánime en el error”; “Aquel que sigue un camino distinto al de los creyentes está condenado al infierno”. El Idjma fundado en estas dos máximas, ha permitido conferir autoridad a soluciones que no podían derivarse directamente del Corán ni de la Sunna.

Considerando el Idjma como fuente del Derecho Musulmán, es importante tener en cuenta las siguientes observaciones:

Para que el Idjma admita una norma jurídica, no es necesario que la multitud de creyentes le preste su adhesión o que responda al sentimiento unánime de todos los miembros de la comunidad.

El idjma no tiene nada que ver con la costumbre de nuestro derecho. La unanimidad requerida es la de las personas competentes, la de aquellos cuya misión consiste en elaborar y revelar el Derecho: Los jurisconsultos del Islam (fouqha). “Los sabios son los herederos de los profetas”; el acuerdo de Doctores y jurisconsultos, mezclando tradición, costumbre y práctica admitida mediante su acuerdo unánime una fuerza autentica de verdad jurídica.

El taqlid.-Propone de se debe reconocer la autoridad de los doctores de las generaciones pasadas; le está prohibida la interpretación autónoma de las fuentes. Así las mismas obras sirven, desde hace siglos, de manuales de enseñanza del Derecho Musulmán. Los autores recientes no aportan nada al sistema. Toda misión de la doctrina consiste en hacer la exégesis de las obras clásicas; se borra la personalidad de los autores, debido a que lo único que se permite es recopilar, comparar, esclarecer y explicar las soluciones propuestas por los grandes jurisconsultos del pasado sin aportar a su doctrina ningún nuevo desarrollo correctivo.

El fiqh.-es un sistema doctrinal, fundado sobre la autoridad de las fuentes reveladas o cuya infalibilidad ha sido reconocida. El Derecho Musulmán, establecido a modo de dogma en el siglo X de nuestra era, es inmutable; el Islam no reconoce ninguna autoridad con poder de modificarlo.

En los Estados Musulmanes, los gobernantes no gozan de poder para crear el Derecho y legislar; solo pueden elaborar reglamentos administrativos, dentro de los límites consentidos por el Derecho Musulmán y en las esferas que ese le permita, sin entrare en conflicto con él.

Debido a que el Derecho Musulmán se presenta como un derecho cerrado, como un sistema en que hay respuesta para todas las cuestiones que puedan plantearse, ha sido necesario prever un procedimiento capaz de regular, en el futuro, todas aquellas hipótesis

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