Ensayo El Proceso De Cristo
yoyizz4 de Julio de 2015
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EL PROCESO DE CRISTO
IGNACIO BURGOA ORIHUELA
INTRODUCCION
En esta monografía jurídica sinóptica del autor Ignacio Burgoa Orihuela, a la que llamo El Proceso de Cristo, encontraremos, principalmente, todas las irregularidades que se dieron durante el enjuiciamiento a Cristo.
El sistema imperialista seguido por los romanos consistía en mantener una dualidad, en donde al pueblo conquistado le permitían continuar con sus estructuras e instituciones jurídicas y gubernamentales, siempre bajo la supervisión de un gobernador romano. Por tanto, quien fuere sometido a juicio, podría enfrentarse a dos tipos de jurisdicciones diferentes, en el caso de Cristo, del Derecho Penal Hebreo y del Derecho Penal Romano.
Esta diversificación nos obliga a estudiar separadamente una y otra con el objeto de determinar si dichos juicios acataron o no el principio de juridicidad que exige imperativamente que todos los actos de autoridad se sometan al Derecho.
Cristo nació en el año 748 de la fundación de Roma bajo el gobierno de Octavio Augusto quien murió en el año 14 de la era cristiana, habiéndolo sucedido Tiberio, quien a su vez falleció en el año 37. Por lo tanto la vida de Jesús, que fueron 33 años, transcurrió bajo ambos emperadores. El país de la natividad de Jesús fue Palestina, provincia de Judea, en un lugar llamado Belén, pero la mayor parte de su vida la paso en Nazaret de Galilea.
Comenzaremos con el Derecho Hebreo Sustantivo, era el Decálogo o mejor conocido como los Diez Mandamientos y era su fuente principal del Derecho Hebreo, en el cual contenía las normas de la conducta del hombre con el Ser Supremo y las relaciones de los hombres entre si. Así mismo este derecho derivo de los cinco libros a los cuales los hebreos denominaron Torah, siendo tales libros como el Génesis, el Éxodo, el Levítico, los Números y el Deuteronomio y en ellos se encuentra lo que actualmente se conoce como tipificación delictiva. Y en el Derecho Adjetivo encontramos varios principios como los que mencionaremos a continuación:
a) El de publicidad
b) El de diurnidad
c) El de amplia libertad defensiva
d) El de escrupulosidad
e) El de prohibición
f) El de inmodificabilidad
g) El de posibilidad de presentar pruebas
h) El de invalidez
i) El de aplicación de los testigos falsos
EL SANHERÌN
Este órgano era el “Tribunal Supremo del Pueblo Judío” en el libro de los números, en el antiguo testamento se previo su institución por mandamiento divino, el texto respectivo es el siguiente “Y el Señor le dijo a Moisés: reúne a setenta hombres de los ancianos de Israel a quienes tu conozcas que sean ancianos del pueblo y sus rectores y llévalos al Tabernáculo y comparezcan allí contigo“. Este grupo de setenta ancianos y maestros en la ley, llamado SanhedrÌn se reputo como “El Tribunal de Jehová”, pero cuyos decretos deberían de ser homologados por el gobernador romano.
EL PROCESO DE JESÙS ANTE EL SANHEDRÌN
Cristo no quería abolir la “Thora” o la ley judía, es mas a esta la invocaba para apoyar el mejoramiento humano, y al respecto es pertinente evocar las palabras del Salvador: "No penséis que he venido a abrogar la ley de los profetas, sino a darle cumplimiento".
Corroborando las brillantes consideraciones de tan distinguido escritor jesuita, el mismo Cristo se dirige a los judíos en los términos siguientes: "Habéis oído que se dijo a vuestros mayores: no matarás; y quien matare obligado quedará a juicio. "Más Yo os digo: que todo aquél que se enoja con su hermano, obligado será a juicio; y quien dijera a su hermano raca (loco), obligado será a concilio: y quien le dijere insensato (nabal-impío), quedará obligado a la gehenna del fuego. "Habéis oído que fue dicho a los antiguos: no adulterarás. "Pues Yo os digo que todo aquél que pusiere los ojos en una mujer para codiciada, ya cometió adulterio en su corazón con ella. "Además, habéis oído que se dejo a los antiguos: no perjurarás, mas cumplirás al Señor tus juramentos. "Pero Yo os digo que de ningún modo juréis, ni por el cielo, porque es el trono de Dios; ni por la tierra, porque es la peana de sus pies; ni por Jerusalén, por que es la Ciudad del gran Rey. Ni jures por tu cabeza, porque no puedes hacer un cabello blanco o negro; mas vuestro hablar sea: sí, sí, no, no. Porque lo que excede de esto, de mal procede. "Habéis oído que fue dicho: ojo por ojo, y diente por diente. "Mas Yo os digo que no resistáis al mal: antes si alguno te hiriere en la mejilla derecha, ofrécele también la otra. Y a quien quiera armarte pleito para quitarte la túnica, déjale también la capa. Y al que te forzare a ir cargado mil pasos, ve con él otros dos mil más. Da al que te pidiera y al que te quiera pedir prestado, no le vuelvas la espalda. "Habéis oído que fue dicho: amarás a tu prójimo, y aborrecerás a tu enemigo. "Mas Yo os digo: amad a vuestros enemigos; haced bien a los que os aborrecen; y rogad por los que os persiguen y calumnian: para que seáis hijos de vuestro Padre, que está en los cielos: el cual hace nacer su sol sobre buenos y malos y que llueva sobre justos y pecadores. Porque, si amáis a los que os aman, ¿qué recompensa tendréis? ¿No hacen también lo mismo los publicanos? Y si saludareis tan solo a vuestros hermanos, ¿qué hacéis de más? ¿No hacen esto mismo los Gentiles?"
Es precisamente el perfeccionamiento o complementación de la Thora lo que constituyó la causa funda mental del proceso de Cristo ante el Sanhedrín, pues los fariseos, levitas y doctores de la ley lo reputaron como sedicioso, enemigo de los profetas y adversario del pueblo hebreo. La doctrina de Jesús confirma la causa de su proceso. Se encuentra expuesta en el Sermón de la Montaña a través de las Bienaventuranzas, de las cuales mostraremos a continuación:
a) Bienaventurados los pobres de espíritu, porque de ellos es el reino de los cielos.
b) Bienaventurados los mansos, porque ellos poseerán la tierra.
c) Bienaventurados los que lloran, porque ellos serán consolados
d) Bienaventurados los que han hambre y sed de justicia, porque ellos serán hartos.
e) Bienaventurados los misericordiosos, porque ellos alcanzarán misericordia.
f) Bienaventurados los limpios de corazón, porque ellos verán a Dios.
g) Bienaventurados los pacíficos, porque serán llamados hijos de Dios.
h) Bienaventurados los que padecen persecución por la justicia, porque de ellos es el reino de los cielos.
i) Bienaventurados sois, cuando os maldijeren y os persiguieren y dijeren con mentira toda suerte de mal contra vosotros, por mi causa.
PROCEDIMIENTO ANTE EL SANHEDRÍN, DEFENSA DE JESÚS Y SENTENCIA CONDENATORIA
En esta causa se atropella toda ley, toda tradición, y el Sanhedrín, la suprema autoridad de Israel, está ahora puesta en manos de unos intrigantes ambiciosos, Jesús de Nazaret morirá y también la honra y el prestigio del Sanhedrín.
La defensa de Cristo estuvo a cargo de Nicodemus, del cual expreso: Si logro, pues, probar la falta contra la ley que os indico, no solo quedará probada indudablemente la inocencia de Jesús, sino que yo me hallaré plenamente justificado de las inculpaciones que se me pudieran dirigir y libre del castigo severo á que, no siendo así, me haría justamente acreedor.
La ley ordena terminantemente que se entienda en todas las causas, particularmente en las criminales, á la luz del día; prohíbe que esto se haga con las puertas cerradas, y da por nulas las sentencias de muerte que no se dicten en el cónclave Gazith, á la sombra del Santuario, y con las imponentes y terribles formalidades prescritas para el caso. Ahora bien; ¿necesitaré preguntaros si esto se ha hecho en todo ó en parte en la causa de Jesús de Nazareth? ¿Necesitaré deciros que esta casa no es el cónclave, donde solo puede reunirse el tribunal para sentenciar; que estamos lejos de la venerada sombra del Santuario; que nos hallamos en plena noche; que para complemento de ilegalidades las puertas de esta casa se hallan cerradas, y que faltando la luz del día, la sala Gazith, el Santuario, el pueblo y todos los accesorios indispensables, no se puede dar á la sentencia el carácter exigido por la ley, no se puede promulgar con el terrible aparato que la ley ordena, no se puede dictar con las formalidades que exige de nosotros el Altísimo? ¿Por qué no nos encontramos en la Gazith; por qué no es de día; por qué el Santuario se halla lejos de nosotros; por qué las puertas de esta casa se hallan cerradas, sino porque tenéis el propósito de obrar fuera de la ley, y de condenar en las tenebrosas sombras de la noche á un hombre cuya inocencia es mas clara que la esplendorosa luz del día? Si tan grande es vuestro amor á la justicia, debéis anular todo lo que se ha hecho, Jesús de Nazareth debe ser desde luego puesto en libertad, después de darle una reparación igual á las ofensas que le habéis hecho. "Jueces de Israel: ¿habéis cumplido con vuestro deber, habéis cumplido con la ley, permitiendo a los acusadores hablar calumniosamente contra Jesús y procurando por todos los medios de que os ha sido posible echar mano, impedir que los testigos fueran confundidos? ¿habéis dado al acusado la libertad absoluta y completa de defensa que marca la ley? ¿No habéis hecho todo lo posible para evitar esa defensa, para impedirla?.. me concretaré
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