FUNCIONAMIENTO DE LOS DIFERENTES ORGANOS QUE FORMAN EL PODER JUDICIAL EN TODAS SUS ACTUACIONES.
aykis18 de Octubre de 2012
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Introducción
El Poder Judicial es la rama del Poder Publico Nacional que le corresponde la función de administrar justicia, pero se hace necesario a los fines de este estudio, ubicar el alcance, propósito y espíritu del Constituyente venezolano de 1999, ya que en los actuales momentos la sociedad requiere, por su dinamismo y problemas sociales que confronta, un Estado que le responda frente a su necesidad de Justicia, por cuanto es un deber y un fin del Estado dirimir los conflictos entre los particulares, entre estos y con el Estado mismo o entre sus Instituciones Públicas.
La Visión jurídica se aleja de un constitucionalismo cerrado, para proyectarse sobre una concepción constitucional más amplia y abierta, porque se sitúa en la globalización que experimenta actualmente el mundo, para defender el imperio del Estado democrático de los derechos humanos, en la búsqueda de la justicia social, porque entiende a la constitución como el marco que reconoce, apoya y desarrolla la ética jurídica, cuyo contenido medular se ubica en la idea de Justicia como centro legitimador del Derecho y su concreción en principios y derechos fundamentales.
El Poder Judicial
Definición.
Es un poder del Estado que, de conformidad con el ordenamiento jurídico, es el encargado de administrar la justicia en la sociedad, mediante la aplicación de las normas jurídicas. En el caso del Poder Judicial son los órganos judiciales o jurisdiccionales: juzgados y tribunales, que ejercen la potestad jurisdiccional, que suele gozar de imparcialidad y autonomía.
La autoridad de administrar justicia procede de los ciudadanos y se imparte en nombre de la República por autoridad de la ley.
Dentro de sus funciones le corresponde conocer y juzgar de las causas y asuntos de su competencia (civil, penal, mercantil, del trabajo, de menores, militares, políticos, administrativos y fiscales), mediante los procedimientos que determinen las leyes, y ejecutar o hacer ejecutar sus sentencias.
Organización Judicial.
Definición.
Conjunto de normas que establecen los órganos y el sistema para la administración de justicia, señalando la competencia de los jueces, sus facultades, obligaciones, la forma de su designación y de sustitución, así como las garantías de su independencia.
Constitución del Sistema de Justicia
Tribunal Supremo de Justicia.
El Tribunal Supremo de Justicia es el máximo representante y exponente del Poder Judicial. Le corresponde defender el orden establecido por la Constitución de Venezuela, mantener el equilibrio entre los diversos poderes y órganos de gobierno, y solucionar, de modo definitivo, asuntos judiciales de gran relevancia social, a través de las resoluciones jurisdiccionales que dicta. No existe órgano ni autoridad que se encuentre por sobre ella o recurso judicial que pueda interponerse en contra de sus decisiones.
El mismo se divide en 7 salas o instancias las cuales se dividen el trabajo según su competencia, estas salas son:
Sala Plena: Es competente en el ámbito jurisdiccional para conocer fundamentalmente del enjuiciamiento de los altos funcionarios del Estado.
Sala Constitucional: Es el máximo intérprete de la Constitución y sus interpretaciones sobre la materia son vinculantes, incluso, para las demás Salas del Tribunal Supremo de Justicia. Además, según el artículo 334 de la Constitución, la Sala Constitucional, como máxima instancia judicial en materia constitucional, es competente para ejercer el control concentrado de la Constitución. Consiste en la aplicación preferente de una norma constitucional respecto de otra norma de rango inferior que sea contraria a la Constitución, y la consiguiente desaplicación en un caso concreto de la norma inconstitucional.
Sala Político-administrativa: Antes de la nueva Constitución, la Sala Político Administrativa era el máximo tribunal en materia contencioso administrativo, sin embargo, en la actualidad, también conocen de asuntos contencioso administrativos nuevas Salas del Tribunal Supremo de Justicia, la Electoral en materia electoral y la Sala de Casación Social, a través de la Sala Especial Agraria, en el contencioso administrativo agrario. Esta sala es la encargada de anular los actos administrativos generales o individuales contrarios a derecho, incluso por desviación de poder. Conocerán igualmente de reclamos por la prestación de servicios públicos, así como disponer de lo necesario para el restablecimiento de las situaciones judiciales subjetivas lesionadas por la actividad administrativa.
Sala Electoral: Esta sala es la jurisdicción especializada en materia electoral. Tiene entre sus competencias, según el Artículo 27, de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia (2004), atender las demandas que interpongan sindicatos, organizaciones gremiales, colegios profesionales, organizaciones con fines políticos, universidades nacionales y otras organizaciones de la sociedad civil, en relación con los procesos tanto comiciales como aquellos que estén relacionados con su organización, administración y funcionamiento. En tal sentido, debe resolver las controversias que surjan durante los comicios, que puedan resultar determinantes para el desarrollo del proceso respectivo o el resultado final de las elecciones.
Sala de Casación Civil: Según la Constitución de 1999, la Sala de Casación Civil ya no es la última instancia en todos los ámbitos en materia mercantil, civil, laboral, agrario, menores, familia y tránsito, sino sólo en materia mercantil, civil y tránsito. Esta sala se encarga de conocer el recurso de casación en los juicios civiles, mercantiles y marítimos, así como declarar la fuerza ejecutoria de las sentencias de autoridades jurisdiccionales extranjeras, de acuerdo con lo que dispongan los tratados internacionales o la ley.
Sala de Casación Social: En esta sala se conoce y resuelve las cuestiones de competencia que puedan plantearse entre Juzgados y Tribunales del orden social, comprende la casación agraria, laboral y de menores, siendo la última instancia judicial en estas materias.
Sala de Casación Penal: Se puede definir como la última instancia judicial en los asuntos de naturaleza penal. Los motivos para fundar el recurso son los siguientes: Violación de ley por falta de aplicación, por indebida aplicación o por errónea interpretación de un precepto legal.
Tribunal
Definición.
La noción de tribunal puede asociarse a términos como corte o juzgado. Se trata de órganos públicos que resuelven litigios con eficacia de cosa juzgada bajo su jurisdicción. Sin perjuicio de cumplir actos de otra índole que las leyes que los organizan les puedan atribuir, estos asuntos son denominados no contenciosos
Existen diversos tipos de tribunales.
Tribunales de jurisdicción Ordinaria y Tribunales de jurisdicción
Especial.
• Ordinarios. Son los que ejercen la jurisdicción civil, mercantil y penal. Conocen en principio todo tipo de causa civil o penal.
• Especiales. Son aquellos cuyos conocimientos de causas están limitadas a cierto tipo de controversias, tales como aquellos asuntos mercantiles, del niño y del adolescente, laborales, agrarios, etc.
• Contencioso-administrativos. Ejercen la jurisdicción en los asuntos relacionados con las controversias frente al Poder Público nacional, estadal, municipal, específicamente frente a la Administración Pública.
• Laborales Está a cargo de los tribunales de Primera Instancia y Superiores Laborales, quienes actúan como tribunales unipersonales. Conocen de los procedimientos de estabilidad laboral, prestaciones sociales, recursos de nulidad contra los actos administrativos del Ministerio del Trabajo o Inspectoría del Trabajo, recursos de amparo.
• Tribunal Tributario. Regula todo acto que sea emitido o afecte a cada uno de estos elementos: En el ámbito nacional, lo relacionado con la organización, recaudación administración y control de los impuestos sobre la renta; sobre sucesiones, donaciones y demás ramos conexos; el capital; la producción; el valor agregado; los hidrocarburos y minas; de los gravámenes a la importación y exportación de bienes y servicios; los impuestos que recaigan sobre el consumo de licores, alcoholes y demás especies alcohólicas; cigarrillos y demás manufacturas del tabaco y, como si fuera poco, de manera residual, los demás impuestos, tasas y rentas no atribuidas a los Estados y Municipios de acuerdo con la Constitución y la Ley.
• Tribunal Agrario. Este tribunal comprende las competencias atribuidas a todas las acciones que por cualquier causa, sean intentadas con ocasión a la actividad u omisión de los órganos administrativos en materia agraria, incluyendo el régimen de los contratos administrativos, el régimen de las expropiaciones, las demandas patrimoniales y demás acciones con arreglo al derecho común que sean interpuestas contra cualesquiera de los órganos o los entes agrarios.
• Tribunal Mercantil. Es una jurisdicción de carácter ordinaria, y su competencia está contemplada en el artículo 1.090 del Código de Comercio. Entre éstas destacan: (a) Conocer de las causas mercantiles que les atribuya el Código de Comercio, (b) Conocer en segunda y última instancia de las causas e incidencias decididas en primera instancia por los Juzgados de Municipio en materia mercantil, así como también de los recursos de hecho, (c) Transmitir
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