Poder Judicial
jhonnsonvivas13 de Enero de 2013
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Poder Judicial de VenezuelaDe Wikipedia, la enciclopedia libre
El Poder Judicial de Venezuela es ejercido por el Tribunal Supremo de Justicia y otros tribunales que se subdividen en Tribunales de Jurisdicción ordinaria: Las Cortes de Apelaciones, Tribunales Superiores, Tribunales de Primera Instancia y Tribunales de Municipio, y especial como la Corte Marcial, esto se fundamenta en la Constitución de la República, en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y en la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Tribunal Supremo de JusticiaArtículo principal: Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela.
El Tribunal Supremo de Justicia, es el máximo tribunal de Venezuela. Está formado por 32 Magistrados, el Magistrado presidente de la Sala Constitucional también preside el Tribunal Supremo.
El Tribunal Supremo de Justicia, esta conformado por seis salas, cada una de ellas conformada por 5 magistrados, con la excepcion de la sala constitucional que se encuentra conformada por siete magistrados, las salas son: sala de casacion civil, sala de casacion penal, sala de casación social, sala político-administrativa, sala electoral, existe también la sala plena, la cual esta conformada por los 32 magistrados.
Sus miembros son elegidos por la Asamblea Nacional, por un periodo de 12 años, sin derecho a reelección.
Corte de Apelaciones y Tribunales SuperioresLas Cortes de Apelaciones y Tribunales Superiores, son los tribunales de máxima jerarquía en el poder judicial venezolano, solo con excepción del Tribunal Supremo de Justicia, Las cortes de Apelaciones, se encuentran únicamente en materia penal, mientras que los tribunales superiores, se encuentran en el resto de las ramas del derecho, aunque estos, esencialmente cumplen la misma función. Estos tribunales, están distribuidos en todo el país y asignados a ciertas zonas geográficas denominadas circunscripciones judiciales. En la actualidad, existen 24 circunscripciones judiciales, que abarcan el territorio de un Estado.
Las Cortes de Apelaciones y los Tribunales Superiores, se encargan de conocer todos aquellos recursos establecidos en las diferentes leyes venezolanas, con la sola excepción del recurso de casación, el cual es competencia exclusiva del Tribunal Supremo de Justicia, estos tribunales, corrigen a los tribunales de primera instancia, o su inmediato inferior, ratifica sus decisiones o las anula, los insta y les ordena a cumplir o hacer cumplir ciertas reglas, al igual que conocen y deciden acerca de las inhibiciones, recusaciones, revisiones, Amparos Constitucionales presentados por las partes en el proceso como tal.
Tribunales de Primera InstanciaSe dividen en lo civil, mercantil, del trabajo, penal, etc. O pueden acumular varias de estas jurisdicciones inclusive las especiales, como ocurre en algunos estados, por la escasa densidad de población, u otra circunstancias.
Juzgados de Municipiolos primeros, funcionan en la cabecera de cada Municipio y tiene una competencia determinada en la Ley, los departamentos funcionan, en la cabecera de departamentos. Debe observarse que la nueva ley orgánica de régimen municipal, establece la casi total desaparición de los distritos, los cuales son sustituidos por los municipios...
La Corte MarcialLa Corte Marcial funcionará en la Capital de la República, tendrá jurisdicción sobre todo el territorio nacional y deberá estar compuesta de cinco miembros principales y diez suplentes, los que durarán en sus funciones por todo el tiempo del período constitucional.
Dirección Ejecutiva de la MagistraturaLa Dirección Ejecutiva de la Magistratura es el órgano encargado de la administración del Poder Judicial.
Jurisdicción de cortes internacionales en VenezuelaLa Magistrada Presidente del Tribunal Supremo de Justicia Luisa Estella Morales aseguró que la Constitución de Venezuela de 1999 está "por encima" de tratados internacionales ratificados, y por tanto órdenes basadas en la aplicación de los mismos, provenientes de tribunales internacionales, "no son vinculantes" en Venezuela.
ORGANIZACIÓN JUDICIAL VENEZOLANA
Tribunal Supremo de Justicia.
1) Sala constitucional: Que maneja todo lo que sea inconstitucional. Esta por encima de la ley.
2) Sala político administrativa: Que es donde se maneja el contencioso administrativo.
3) Sala electoral: Donde se maneja todos los asuntos electorales del país.
Cuando se habla de electorales no es solamente la parte del CNE OJO es de los sindicatos, es la de todos organismos que tenga elecciones.
4) Sala de casación civil: Que maneja todo lo que sea civil y mercantil en ultima instancia.
5) Sala penal: La cual maneja todos los asuntos de materia penal.
6) Sala de casación social: Maneja la materia laboral.
Jurisdicción Ordinaria Civil
Corte de apelaciones o juzgados superiores:
Estará constituida por tres jueces profesionales.
Deberes de la corte de apelaciones en materia civil:
a) Conocer en apelación de las causas e incidencias decididas por los tribunales de primera instancias en lo civil, y de los recursos de hecho;
b) Conocer de las solicitudes sobre legitimación de hijos, en conformidad con el Código Civil;
c) Ejercer las funciones que en materia civil les señalen las leyes.
Los juzgados superiores estarán constituidos por un juez, un secretario y un alguacil.
Deberes de los juzgados superiores en materia civil:
1º Conocer en apelación de las causas e incidencias decididas por los tribunales de primera instancia en lo civil, así como también en los casos de consulta ordenados por la ley y de los recursos de hecho.
2º Conocer de las solicitudes sobre legitimación de hijos, en conformidad con el Código Civil.
3º Ejercer las funciones que en materia civil les confieran las leyes nacionales.
Tribunales de Primera Instancia en materia civil.
(Conocen de las causas cuya cuantía excede a 5 millones de bolívares)
Los jueces de primera instancia civil actuarán como jueces unipersonales en la forma y con la competencia establecida en el Código de Procedimiento Civil y en las demás leyes; o como presidentes de los tribunales integrados con participación ciudadana que se establecieren.
Deberes y atribuciones de los jueces de primera instancia en materia civil.
1º Conocer en la primera instancia de todas las causas civiles que les atribuya el Código de Procedimiento Civil.
2º Conocer de los juicios en que la República sea parte, cuyo conocimiento no esté atribuido a la Corte Suprema de Justicia.
3º Conocer de los procesos fiscales relativos a impuestos nacionales, cuyo conocimiento no esté atribuido por la ley a otro tribunal.
4º Conocer en segunda y última instancia de las causas e incidencias civiles decididas en primera instancia por los juzgados de Municipio, así como también de los recursos de hecho.
Juzgados de Municipio (Conocen de las causas cuya cuantía no exceda de 5 millones de bolívares)
Los jueces de municipio actuarán como jueces unipersonales.
Los juzgados de municipio serán ordinarios y especializados en ejecución de medidas.
Los juzgados ordinarios tienen competencia para:
1º Conocer en primera instancia de las causas civiles y mercantiles cuyo interés, calculado según las disposiciones del Código de Procedimiento Civil, no exceda de cinco millones de bolívares.
2º Ejercer las atribuciones que les confiere la Ley de Registro Público.
3º Conocer en primera instancia de los juicios de quiebra de menor cuantía.
4º Conocer de los juicios de deslinde, de acuerdo con el Código de Procedimiento Civil.
5º Recibir manifestaciones de esponsales y presenciar la celebración de matrimonios.
6º Proveer lo conducente en los interdictos prohibitivos, de acuerdo con el Código de Procedimiento Civil.
7º Las demás que les señalen las leyes.
Los juzgados especializados en ejecución de medidas tienen competencia para cumplir las comisiones que le sean dadas por los tribunales de la República, de acuerdo con la ley.
Desde el artículo 288 al 298 del código de procedimiento civil nos habla sobre la apelación y el 312 del mismo código nos habla cuando se propone el recurso de casación ante el tribunal supremo de justicia en sala civil.
Nota: Solo leer a titulo informativo ya que este punto va ser tratado a fondo mas adelante.
Jurisdicción ordinaria penal.
Corte de Apelaciones
a) Conocer en apelación de las causas e incidencias decididas por los tribunales de primera instancia en lo penal;
b) Ejercer las atribuciones que les confieren el Código Penal, el Código Orgánico Procesal Penal y las demás leyes nacionales.
Tribunales de primera instancia.
Los jueces de primera instancia penal actuarán como jueces unipersonales, como presidentes de los tribunales mixtos y como presidentes de los tribunales de jurados en la forma y con la competencia establecida en la ley procesal penal y demás leyes.
Deberes y atribuciones de los jueces de primera instancia en materia penal.
1º Conocer en primera instancia de las causas en materia penal cuyo conocimiento no esté atribuido al tribunal.
2º Conocer de todas las causas o negocios de naturaleza penal, que se les atribuyan.
Jurisdicción laboral: Conoce de todos los conflictos entre patrono – trabajador. 1ra instancia a cargo de tribunales unipersonales. 2da instancia integrado por 3 jueces y 2 secretarios.
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