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Historia Del Drecho


Enviado por   •  7 de Noviembre de 2012  •  2.391 Palabras (10 Páginas)  •  281 Visitas

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EL PRIMER DERECHO DOMINICANO.

El manifiesto del 16 de Enero del 1844 dispuso que el país fuera gobernado provisionalmente por una junta de once miembros que resumiría en sí todos los poderes hasta que se promulgara una Constitución del Estado. Se señaló que sería formado un estado libre y soberano en el cual: se protegerá y garantizará el sistema democrático, la libertad de los ciudadanos (aboliendo para siempre la esclavitud), la igualdad de los derechos civiles y políticos sin atender a distinciones de origen o de nacimiento, las propiedades serán inviolables y sagradas, la religión católica apostólica y romana será protegida en todo su esplendor como la del estado; pero nadie podrá ser perseguido ni castigado por sus opiniones religiosas.

2.1GENERALIDADES

La primera atribución judicial conferida en la colonia fue asignada al descubridor, quien como juez único impuso por breve tiempo su criterio en la isla, gracias a los poderes que le otorgaban las "Capitulaciones de Santa Fe".

Posteriormente, los conquistadores españoles establecieron en la isla una organización bastante similar a la existente en España para la época. Hasta el 1511 la jurisdicción de primer grado, penal y civil, pasó a manos de los Alcaldes Mayores. Las apelaciones de sus decisiones las conocía el Cabildo local (en casos de menor cuantía). En ciertas ocasiones, también se le otorgó al Gobernador la facultad de dictar justicia en primer grado.

Mediante Real Cédula de Burgos del 15-10-1511 se creó La "Real Audiencia de Santo Domingo", tribunal colegiado que sirvió de modelo a otros del continente, conocía de las apelaciones contra las decisiones dictadas por el Gobernador o los Alcaldes y estaba compuesta por tres "Oidores" (jueces), designados por el rey.

Estaba presidida el Gobernador de la isla y ante ella ejercía un Procurador Fiscal que representaba la corona sus decisiones se apelaban ante el mismo tribunal y sus decisiones (llamadas "Revistas") eran irrecurribles, aunque en materia civil dependiendo del monto, era posible la alzada dentro del año de la sentencia ante el Real Consejo de Indias en la metrópoli. La real cedula del 4-6-1528 ordenó que para el funcionamiento de la Real audiencia. De la Española se siguieran los procedimientos de las Reales Audiencias de Valladolid y de Granada. El último cambio judicial importante realizado en la época colonial fue la creación del cargo de "Regente de la Real audiencia. ", mediante cédula del 20-6-1776, funcionario que estaba por debajo del Gobernador y por encima de los Oidores, tenía por función agilizar los procesos por ante la Real audiencia.

2.2 LA CONSTITUCIÓN DEL 1916.

El 29 de Noviembre de 1916, nuestro país dejó de tener un gobierno propio y el país empezó a ser regido por militares norteamericanos. Varios detalles que se pueden destacar de esta intervención es lo siguiente:

• Desde el año 1911 al 1916, la República Dominicana sobrellevaba una crisis económica y política.

• Esta intervención constituyó un dramático cambio político.

• Se culminó un largo proceso de pérdida de la soberanía nacional, fruto de los desaciertos en el manejo del país y las diversas luchas realizadas en el territorio nacional.

• El interés del gobierno norteamericano de controlar el país económica y políticamente.

Se pueden citar diversos factores que sirvieron de pretexto y de garantía para la injerencia de Estados Unidos:

• Las presiones financieras que recibió Juan Isidro Jiménez del gobierno de Estados Unidos.

• La no aceptación del gobierno de Jiménez a dichas presiones.

• La supuesta violación por la República Dominicana de los términos de este acuerdo.

• Las rebeliones de los Horacistas en contra de los Jimenistas.

• La ocupación del territorio haitiano por Estados Unidos.

• El levantamiento del ministro de guerra del gobierno de Jiménez, Desiderio Arias.

LA JUSTICIA.

La constitución original dominicana votada en San Cristóbal el 6 de noviembre de 1844, consignó entre otras atribuciones de la suprema corte de Justicia la facultad de conocer de los recursos de nulidad (casación) contra las sentencias dadas en última instancia por las Cortes de Apelación. Pero también se le atribuyó por la Ley Orgánica Judicial de 1845 el conocimiento del fondo de los asuntos en última y tercera instancia.

La misma Constitución de 1844 confirió competencia a la Suprema Corte de Justicia para velar por la uniformidad de la jurisprudencia, de manera que las sentencias dadas por los tribunales y juzgados que hubieran adquirido la autoridad definitiva de la cosa juzgada pudieran ser examinadas con fines de uniformar la jurisprudencia sin que este fallo aprovechara o perjudicara a las partes litigantes.

Esta disposición se repitió expresamente en todas las reformas constitucionales hasta la de 1877.

2.4 LA CONSTITUCIÓN DE 1844.

Lo constituyente dominicanos conocían las dos constituciones haitianas que había durante el periodo de unificación: la de 1816 y la reciente de 1843, esta última con escasos meses de promulgación. En la elaboración de esta habían trabajado cinco de los constituyentes reunidos en san Cristóbal. Conocía también la constitución española promulgada en Cádiz en 1812, que les había sido aplicada en dos ocasiones durante el último periodo colonial español.

ESENCIALIDADES DE LA CONSTITUCIÓN DEL 1844 CON LA DEL 1963

La reforma a la constitución en el año de 1963, fue vista como negadora del sistema democrático. El atraso de la oligarquía dominicana en 1963 no era de un siglo, sino de dos por lo que no podía admitir ningún tipo de reforma.

En las esencialidades de la constitución del 1844 y el 1963 están las siguientes, que son las modificaciones:

El derecho a la vida.

La libertad de prensa y la libre expresión.

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