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Historia de la Legislación sobre las tierras en Colombia.


Enviado por   •  20 de Agosto de 2015  •  Tareas  •  3.209 Palabras (13 Páginas)  •  204 Visitas

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LEGISLACIÓN DE TIERRAS DESDE LA COLONIA HASTA LA NUEVA REPUBLICA

Universidad Santo Tomás

Facultad de Derecho

Historia del Derecho colombiano

Nicolás Ruiz Pedroza

Bogotá. 2015.

INTRODUCCION

Desde que Colón y sus acompañantes arribaron a las inhóspitas tierras de las Indias, hasta la constitución de la nueva República después de la independencia, se ha hecho notable el hecho que el territorio sobre el cual actualmente vivimos era muy vasto y extenso, lo cual proveía una alta acumulación de tierras, que era lo que media que tan rico podría ser, o no, una persona o un imperio. Además de un permiso de la corona para asentarse en este nuevo territorio con el fin de encontrar riquezas y de evangelizar, más no de colonizar, los conquistadores se adjudicaron el permiso de ser dueños y señores de estas grandes extensiones de tierra con la justificación de que los nuevos territorios conquistados necesariamente pertenecían a la corona. Pero tenía que haber algún tipo de soporte legal donde se demostrara la propiedad de dicho territorio, es así como la corona empieza a expedir una serie de documentos donde se validaba este dominio. Durante el desarrollo de esta conquista se pueden observar importantes cambios en el modo de la tenencia de la tierra y a medida que iba pasando el tiempo se volvían más estrictas, en teoría, aunque como lo demuestra la práctica no fue muy efectivo. Los sistemas o modos de adquirir la propiedad en las Indias fueron evolucionando. En el desarrollo de este trabajo se tomarán como puntos de referencia la llegada de los españoles hasta el periodo que constituye la primera república, tomando los puntos más sobresalientes que se tuvieron en cuenta para legislar sobre las nuevas tierras conquistadas, para hacer un paralelo de la evolución que tuvo esta tenencia de tierra.

El derecho de propiedad en el nuevo territorio conquistado por la corona española no tuvo en principio algún tipo de concesión entre los habitantes de las tierras descubiertas y los conquistadores, pues la adjudicación de las tierras era inmediata y absoluta para quienes pudiesen llegar a las tierras, este titulo era aparentemente perpetuo. Los objetivos de la conquista de estos nuevos territorios eran: expandir los dominios de la corona española, la acumulación de riquezas por medio de los cuales a los nuevos conquistadores se les pagaba con tierras por sus servicios en el descubrimiento y fomentar la ocupación del territorio. Existía otro interés dentro de la conquista pues, según una Bula Papal del 3 de mayo de 1493 expedida por el Papa Alejandro VI, el fin del descubrimiento y la conquista era expandir el rango de influencia y dominio de la iglesia y que aquellas personas que habiten estas tierras reciban y adopten el credo de la religión católica, esto se conoce como la evangelización. También estaba latente la idea de buscar un reconocimiento del derecho de propiedad sobre estos nuevos dominios: se consideraba que al ser Dios el dueño y señor de todas las tierras, y, al ser el Papa su representante en la tierra, era la persona idónea para conceder quien era el titular de estos derechos de propiedad.

Al llegar a las nuevas tierras los conquistadores era propietarios con el respaldo de una Carta Patente que daba el rey a Colón, esta carta llamada ‘’ Carta patente de los Reyes de Castilla al almirante Cristóbal Colón dictándole la normativa de cómo deberían realizarse los repartos de tierras en la isla española.’’. Esta carta otorga a Cristóbal Colón la potestad de dar y repartir las tierras como el desee a las personas que habiten o quisieran habitar el nuevo territorio, para que estas pudiesen utilizar estas tierras como deseen: venderlas, donarlas, trabajarlas, cambiarlas, empeñarlas o regalarlas, además de adquirir derechos sobre las personas que habitaran el nuevo territorio.

Esta repartición tenía un documento que garantizaba el derecho absoluto sobre alguna tierra, esto se hacía a partir de las capitulaciones, pues daba el aval de repartir la tierra, y además este fue el primer modo de adquirir tierras: la repartición. Empezaron a cobrar importancia pues muchas de ellas eran documentos para la mera acumulación de tierras pues dentro de las reglas que tenía esta, era la residencia en la propiedad y que le sacara algún provecho en especial (que la cultivara), pero esto muchas veces no se cumplía. El único documento válido para saber si alguien era propietario de alguna tierra eran las cédulas de mercedes de tierra, estas eran de dos tipos las extraordinarias (dadas por quien prestaba algún servicio a la corona o algún antepasado de este) y las ordinarias (eran dadas a personas sin ningún tipo de servicio en especial dado a la corona).

Hubo, al principio, una repartición sin límites específicos, pues la tierra que se iban a repartir era abundante, entonces no existió un proceso de limitación de territorios, esto llevo a que muchas personas tuvieran tantas tierras quisieran, pues no había una forma de limitar que tanto se poseía. No fue hasta 1525, en la ley 1° del libro IV, Titulo XII. Se fijaron parámetros donde se hacía referencia a cuánto debe medir el lugar donde se puede construir algún tipo de vivienda y los parámetros de cultivo y explotación del suelo, haciéndolo productivo.

Hay una cuestión que habría que detenerse a analizar pues en principio los españoles no tenían ningún título valido de propiedad sobre algunas de las tierras, pero tampoco podrían ser dueños ilegítimos pues para ese momento las comunidades que habitaban el territorio no tenían, en sentido estricto, la concepción de la propiedad privada o individual. Los españoles fueron ocupantes de las tierras, que luego fueron legitimadas y por ultimo estos se apropiaron de ella utilizando la fuerza de trabajo del indio y explotándolo.

Hasta acá el modo de tener tierras era totalmente gratis, luego se dieron cuenta que esto no era rentable porque muchos las acumulaban pero no las trabajaban, entonces desde 1513, Fernando V creo e impulso  el principio de la propiedad funcional y de la posesión económica, esta reglamentaba que el dominio de algún tipo de propiedad estaba bajo dos condiciones: 1) el dominio debe ser habitado por más de 4 años, y, 2) que este dominio debe ser trabajado por 4 años. Lo que buscó principalmente era el cobro  de tributos para la corona, pues esta tenia necesidades económicas, luego de esto también se autorizaron la venta en subasta pública al mejor postor de baldíos, donde el interesado en uno de ellos  debía mandar una solicitud y que le dieran el aval luego de una revisión exhaustiva del terreno y sus condiciones.

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