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Historia del Kubotan


Enviado por   •  5 de Julio de 2013  •  Ensayos  •  1.040 Palabras (5 Páginas)  •  352 Visitas

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HISTORIA DEL KUBOTAN

El kubotan deriva del yawara una antigua arma indù usada originalmente como instrumento en ceremonias budistas para rezar con él y conseguir, mediante un entrelazado especial de los dedos de la mano, una fuerza interior que facilitase las duras pruebas a que eran sometidos los monjes… Yawara engloba a toda una serie de armas que tienen en común no parecer tales, ser pequeñas (no más de 15cm) y no tener una forma definida. También destaca por la facilidad de agarrarse con la mano y de poder llevarse en cualquier parte sin que se note. El antiguo arte del Yawara (Kongo) fue recuperado en los años 50 por un americano nacido en Japón, D. Frank Matsuyama, adoptando el antiguo Kongo y lo convirtió en una útil y moderna arma de Karate. En conclusión, el Kongo era el bastón Yawara del sacerdote budista en el Japón Medieval, el Tessen o abanico de hierro era el bastón Yawara del samurai, y el kubotan o llavero (keychain) podría definirse como el Yawara de nuestros días.

Con el pasar del tiempo este pequeño cilindro se ha modificado consiguiendo lo que denominamos hoy en día kubotan, un llavero (keychain) que se utiliza como arma de defensa extremadamente eficaz, tanto en autodefensa civil como para los fuerzas y cuerpos de seguridad del estado en la aplicación de ley, es fácil de portar, extremadamente durable, se puede fabricar de diferentes materiales:

Madera, aluminio, hierro, pvc, acero etc… y hay de varios colores y formas. También podemos encontrar kubotanes con armas ocultas ó spray de defensa personal con (carga de gas FC).

LEGISLACIÓN

AUNQUE NO SE ESPECIFICA NADA DEL KUBOTAN EN LA LEY DE ARMAS Y EXPLOSIVOS, HAY QUE TENER EN CUENTA QUE PUEDE ESTAR CONSIDERADO COMO UN ARMA PROHIBIDA DENTRO DEL APARTADO ( H ) DE ARMAS PROHIBIDAS QUE ACONTINUACIÓN LE DETALLO:

ARMAS PROHIBIDAS:

1.- Se prohíbe la fabricación, importación, circulación, publicidad, compraventa, tenencia y uso de las siguientes armas o de sus imitaciones:

a) Las armas de fuego que sean resultado de modificar sustancialmente las características de fabricación u origen de otras armas, sin la reglamentaria autorización de modelo o prototipo.

b) Las armas largas que contengan dispositivos especiales, en su culata o mecanismos, para alojar pistolas u otras armas.

c) Las pistolas y revólveres que lleven adaptado un culatín. d) Las armas de fuego para alojar o alojadas en el interior de bastones u otros objetos.

e) Las armas de fuego simuladas bajo apariencia de cualquier otro objeto.

f) Los bastones-estoque, los puñales de cualquier clase y las navajas llamadas automáticas. Se considerarán puñales a estos efectos las armas blancas de hoja menor de 11 centímetros, de dos filos y puntiaguda.

g) Las armas de fuego, de aire u otro gas comprimido, reales o simuladas, combinadas con armas blancas.

h) Las defensas de alambre o plomo; los rompecabezas; las llaves de pugilato, con o sin púas; los tiragomas y cerbatanas perfeccionados; los nunchacos y xiriquetes, así como cualesquiera otros

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