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IUS POSITIVISMO E IUS NATURALISMO


Enviado por   •  4 de Abril de 2013  •  1.864 Palabras (8 Páginas)  •  1.031 Visitas

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IUS POSITIVISMO E IUS NATURALISMO

IUSNATURALISMO

La idea iusnaturalista es la respuesta filosófica al problema del derecho.

Es la idea de que por encima de las leyes humanas existan principios superiores, la cual ya estaba en presente en el pensamiento Romano-Griego, y su carácter filosófico hace que sea cambiante y diverso.

En el derecho natural, va implicado con lo sociocultural, tiene condición de leyes morales, ya que se pretende guiar la conducta humana dentro de la convivencia social en un sentido amplio y en un sentido concreto, trata de referencias normativas, más no jurídicas.

El derecho natural es aquella parte de la ley natural que hace referencia a la virtud de la justicia, o lo justo que es algo adecuado a otro conforme a algún modo de igualdad. Pero una cosa puede ser adecuada a un hombre de dos maneras.

La Primera, es atendida por la naturaleza misma, es cuando uno da tanto para recibir otro tanto, y a esto se llama derecho natural.

También es considerado un sistema montado sobre él mismo, con la misión de fundamentarlo y justificarlo filosóficamente.

La verdadera ley es aquella que más se acerca a la idea de ley justa, o lo que es lo mismo, a la idea de Justicia. (Platón)

El iusnaturalismo es una expresión que indica la existencia, como presencia vigente en una determinada área cultural o social, de un sistema de ideas centrado en torno a la afirmación del derecho natural, lo que es igual no solo a una constante filosófica, sino también que la idea del mismo hay plasmado sistemas diversos, formales y materiales, y a veces opuestos entre sí sus resultados.

Cabe destacar que el Iusnaturalismo es reflejo del derecho natural, debido a que se funda en la naturaleza del hombre, se desarrolla y evoluciona a medida que él va evolucionando, ejecutando una serie de acciones que nacen de la costumbre y se aplican por la naturaleza misma, traducido a un conjunto de normas jurídicas, que tienen como fin el Bien Individual y Colectivo. Implicando de esta manera hechos de orden Moral y Teológico. Cabe mencionar que es el conjunto de principios normativos esenciales al orden social que se fundan en la naturaleza humana, se conocen por la luz de la razón natural y se imponen a los hombres por fuerza de la misma naturaleza"

IUSPOSITIVISMO

Sostiene que al menos parte del derecho refleja disposiciones naturales como por ejemplo los derechos humanos, los iuspositivistas defienden la separación absoluta entre la imperatividad legal de una norma jurídica y su valor moral.

Se denomina iuspositivismo o positivismo jurídico a la escuela filosófica que sostiene que el único fundamento de la ley es la decisión soberana del cuerpo legislativo, y que por lo tanto no existe ninguna relación vinculante entre la moral natural y el derecho.

El positivismo ha generado dos vertientes fundamentales el analítico que se ocupa de la interpretación de las normas jurídicas efectivas, explica al derecho como un mandato del soberano y tiene como objetivo mostrar la interdependencia dentro del marco del ordenamiento jurídico; el sociológico Augusto Comte, considera que en ella convergen todas las demás ciencias por tanto, requiere de los métodos y contenidos del resto de las ciencias.

Comte define la filosofía como la doctrina general de los conocimientos humanos, sin embargo al añadirle el calificativo positiva, identifica el conocimiento humano con los conocimientos aportados por las ciencias.

Hart escribió en 1961 que la expresión “Positivismo” se usaba para designar cinco tesis diferentes:

1. Qué las normas jurídicas son órdenes dadas por seres humanos.

2. No hay conexión necesaria entre derecho y moral, o entre el derecho, que es o lo que se debe hacer.

3. El análisis del significado de los conceptos jurídicos debe distinguirse, de las investigaciones históricas y sociológicas, así como la valoración moral del derecho.

4. Un sistema jurídico es “lógicamente cerrado” en el cual las decisiones se deducen de reglas jurídicamente preestablecidas.

5. Los juicios morales, a diferencia de los fácticos, no pueden apoyarse en argumentos o pruebas racionales.

El positivismo identifica a las reglas jurídicas mediante criterios empíricos y sin utilizar criterios morales o de justicia; como ideología consistiría en la actitud evaluativa de decir que existe el deber moral, de obedecer el derecho positivo.

IUS POSITIVISMO CONTRA IUS NATURALISMO

El término Ius es la palabra en latín que hace referencia al Derecho. Es llamado así por derivar de justicia, pues, como define Juvencio Celso:

El Derecho es la técnica de lo bueno y lo justo. En razón de lo cual se puede llamar a los juristas, junto con los médicos, sacerdotes; en efecto, rinden teórico culto a la justicia y profesan el saber de lo bueno y de lo justo, separando lo justo de lo injusto, discerniendo lo lícito de lo ilícito, anhelando hacer buenos a los hombres, no sólo por el temor de los castigos, sino también por el estímulo de los premios, dedicados, sino y erro, a una verdadera y no simulada filosofía.

En estas palabras, con las que se inicia el Digesto, encontramos la definición del ius de Juvencio Celso, como arte o técnica de lo bueno y lo justo. El texto de Ulpiano nos sitúa en los fundamentos morales y religiosos de lo jurídico. Ius significa "lo justo" según las concepciones sociales y las decisiones de los expertos de justicia.

EL DERECHO NATURAL

La corriente del derecho natural se podría definir como el pensamiento jurídico que concibe que la ley, para que sea tal, debe ser conforme a la justicia. Sin embargo, pueden darse leyes de contenido tan injusto y perjudicial que hagan necesario negarle su carácter jurídico... puesto que hay principios jurídicos fundamentales

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