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Informe Mixto


Enviado por   •  13 de Julio de 2015  •  765 Palabras (4 Páginas)  •  563 Visitas

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Informe mixto

En el presente informe me referiré a la problemática de la impunidad en torno a la violación de los derechos humanos durante el régimen militar.

El mismo día en el que se instaló el régimen militar se estableció una fuerte represión que significó la negación de los derechos civiles y políticos. Después de la clausura del Congreso Nacional, se decretó estado de sitio, estado de guerra interno y prohibición del derecho de reunión y organización. Pinochet y los suyos, quienes tomaron el mando, desconocieron la legitimidad de una serie de instancias democráticas y la sociedad fue conducida con lógica militar. Con la justificación del "enemigo interno" se cometieron un sinfín de actos bárbaros, como lo son los campos de detenidos, muertes, ley de fuga, torturas, allanamientos a domicilios y poblaciones, ejecuciones extrajudiciales, y lo que hoy conocemos como detenidos desaparecidos.

“Los actos más graves perpetrados por los agentes de la dictadura militar constituyen crímenes de lesa humanidad, de ahí que "las razones de fondo que existen para que el derecho internacional rechace la amnistía a los crímenes internacionales son claras. Se trata de delitos gravísimos como los crímenes de guerra y los crímenes contra la humanidad, que atentan tan profundamente en contra de la conciencia de la humanidad que ésta no acepta que cualquier otro interés se anteponga al imperativo de justicia que por naturaleza demandan dichos crímenes” (Hernán Montealegre).

Al aplicarse amnistía, o cualquier otro mecanismo para exonerar de culpa a los responsables, se agrega a la violación de los derechos humanos una segunda violación: la Impunidad, la cual constituye un verdadero delito internacional que hace responsable al Estado. En Chile, numerosos han sido los mecanismos de impunidad: institucionales, como la Constitución de 1980 y sus enclaves dictatoriales, sociales, como la distorsión de la conciencia del país frente a estas violaciones; y políticos, expresados en la falta de voluntad del Estado de sancionar estos crímenes. En lo jurídico, se han plantado dos mecanismo como los principales de impunidad, el Decreto Ley 2191 de Amnistía y la competencia de la justicia militar.

La ley número 19.123 encomendó investigar denuncias de personas que fallecieron o desaparecieron a consecuencia de violación de derechos humanos o de la violencia política, entre el 11 de septiembre de 1973 y el 11 de marzo de 1990. Se investigaron 988 denuncias, acogiendo 347 y rechazando 641. Estas denuncias se referían a 623 casos declarados por esa Comisión, en su informe, como "casos sin convicción", y a otros 365 sobre los cuales no envió ningún pronunciamiento.

Las otras 1.200 denuncias investigadas se presentaron directamente ante la Corporación, entre el 15 de junio y el 13 de octubre

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