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Justicia Informe


Enviado por   •  14 de Julio de 2011  •  1.607 Palabras (7 Páginas)  •  724 Visitas

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TEORÍA DE LA JUSTICIA

La justicia no es el dar o compartir cosas a la humanidad, sino el saber decidir a quién le pertenece esa cosa por derecho. La justicia es ética, equidad y honestidad. Es la voluntad constante de dar a cada uno lo que es suyo. Es aquel referente de rectitud que gobierna la conducta y nos constriñe a respetar los derechos de los demás.

Justicia: Es el conjunto de reglas y normas que establecen un marco adecuado para las relaciones entre personas e instituciones, autorizando, prohibiendo y permitiendo acciones específicas en la interacción de individuos e instituciones.

La justicia puede clasificarse como comunitaria y particular, tal como lo veremos a continuación:

1. Justicia comunitaria.Se refiere a bienes frente a la comunidad y su bien común, y puede ser:

a) Legal: frente al bien común del Estado.

b) Social: frente al bien común de los grupos sociales, asociaciones, etc. Esto exige también el fruto de la cooperación, o del bienestar obtenido, según el aporte que cada uno haya hecho.

c) Internacional: frente al bien común de la comunidad internacional.

2. Justicia particular: Se refiere al bien de individuos o grupos particulares y puede ser:

a) Distributiva: el Estado atiende a los derechos de individuos o grupos particulares, distribuyendo de forma justa, las ayudas, honores, privilegios, etc.

b) Conmutativa o recíproca: cuando los individuos establecen contratos particulares entre sí.

JUSTICIA LEGAL: Mira por el bien común del Estado o Sociedad Política. Se regula mediante la Constitución y cada uno de los códigos de la nación. La justicia legal obliga a los legisladores a crear leyes justas sin intereses de partido o de grupo, y a la vez obliga a los ciudadanos a cumplir con las leyes establecidas.

JUSTICIA SOCIAL: Se refiere al bien común social y económico de los grupos sociales que se encuentran organizados en grupos, sindicatos, clases, cooperativas, etc. La justicia social está regulada por códigos laborales así como por estatutos y convenios internos de las empresas.

Quienes se encuentran obligados a dar cumplimiento a la justicia social son los patrones y empresarios, especialmente en lo referente al salario justo, pero también obliga a los obreros a realizar un trabajo honesto y responsable, sin exigencias irrazonables de remuneración.

JUSTICIA INTERNACIONAL: Va enfocado al bien común internacional y se opone a todo aquello que perjudique el bienestar de las naciones, es decir contra el narcotráfico, la piratería aérea o cualquier tipo de piratería, torturas, secuestros, violaciones, etc. La justicia internacional se encuentra regulada por el derecho internacional, convenios internacionales, etc. Esto obliga a las naciones suscritas a convenios de justicia internacional, a dar pleno cumplimiento a lo que han acordado.

JUSTICIA DISTRIBUTIVA: Busca el bien particular de los grupos e individuos que tienen derecho a participar, según igualdad proporcional, en el bien común, cuando se distribuyen cargas impositivas, cargos, privilegios, honores, etc. Se incumple cuando las autoridades públicas no guardan la proporción en la distribución de las cargas impositivas y del servicio militar, o cuando hay partidismo y preferencias en la provisión de los cargos públicos y en la distribución de honores y ayudas procedentes de fondos públicos. Se tiene el deber de evitar dar privilegios que no estén justificados. *****La justicia distributiva, para Aristóteles, tiene que ver con lo que es justo o correcto con respecto a la asignación de bienes en una sociedad. Los principios de la justicia distributiva son principios normativos diseñados para guiar la asignación de los beneficios y las cargas de la actividad económica.

JUSTICIA CONMUTATIVA: Se le llama también justicia contractual y se refiere a servicios y derechos que son debidos a otro, como en el caso de la compra-venta y en el salario. Este tipo de justicia se regula a través de contratos, que pueden ser escritos o sólo de palabra.

****La justicia conmutativa es la igualdad o equilibrio en el intercambio de bienes entre compañeros que se intervienen para todo; es justa la igualdad de trato en las relaciones comerciales, si alguien vende una casa, no sería justo que se le pagase con un par de sandalias. La igualdad de valor de los bienes que se intercambian es una condición básica para que el trato pueda considerarse justo. La palabra proviene del latín conmutare que significa igualdad.

Teorías de la Justicia:

La justicia, de esta manera, se divide en tres grandes ramas: las teorías analíticas (relación de la lógica y la lingüística con la justicia), las teorías empíricas (explicación histórica, sociológica o económica de la justicia) y las teorías normativas (justificación de la justicia y valores éticos), las últimas de suma importancia para la filosofía del derecho.

Las teorías normativas de la justicia se dividen en dos grandes ramos, las teorías materialistas de la justicia y las teorías procesales de la justicia. Conviene explicar que esta a su vez se fragmenta en dos tipos, la del derecho natural y la del derecho racional. El concepto central de la primera es la naturaleza por

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