La España Democrática
ANA.LUQUE18 de Abril de 2013
7.157 Palabras (29 Páginas)294 Visitas
La España democrática.
España pasó de una dictadura a una democracia, a través de un proceso denominado transición, un pacto entre los gobiernos de la monarquía y la oposición política. El resultado fue la constitución de 1978, que consagraba la monarquía parlamentaria, un estado desentralizado conocido como el Estado de las Autonomías y la integración en Europa. Este proceso fue llevado a cabo primero por Adolfo Suárez (UCD) y a partir de 1982 por Felipe González (PSOE). Pasando después por José María Aznar (PP) en 1996 y Jose Luis Rodríguez Zapatero (PSOE) en 2004.
Los Gobiernos democráticos de 1982 y la integración en Europa.
Las elecciones generales de 1982 supusieron el punto final de la etapa de la transición democrática iniciada en 1975. La significación política de la victoria electoral puede resumirse en los siguientes aspectos:
- El PSOE, que fue el principal partido de la oposición, logró una gran victoria electoral, ya que obtuvo la primera mayoría absoluta de un partido político en la democracia española. Con este gobierno era posible estabilizar y consolidar el estado democrático frente a la inestabilidad que vivió España durante la etapa de la UCD.
- Se inauguró un periodo nuevo en el que la política de acuerdos y consenso fue sustituida por las desiciones de un solo partido, homógeneo, que desde ese momento dirigió el país. Su distancia con el principal partido de la oposición, el cual lideraba Manuel Fraga, era tan grande que la hegemonía del PSOE fue prácticamente absoluta durante más de una década. Otros partidos quedaron reducidos (PCE, CDS), otros por su parte no se recuperaron del fracaso electoral (UCD) y por último partidos que conservaron su influencia en el ámbito local (CiU, PNV).
-Accedía al gobierno un partido vinculado al movimiento obrero y a la izquierda histórica, que había sido combatida y apartada del poder tras la Guerra Civil, lo que suponía la culminación del proceso democrático iniciado en 1975 y la derrota de los objetivos del franquismo. La transición política española se podía considerar finalizada, pues la izquierda histórica y reformista regresaba al poder tras más de cuarenta años.
La hegemonía del PSOE.
El PSOE ganó cuatro elecciones generales consecutivas (1982, 1986, 1989, 1993) y su gobierno se prolongó hasta 1996.
Las tres primeras victorias del PSOE fueron por mayoría absoluta. Sim embargo en 1993 tuvo que formar su gobierno junto con otros partidos, en especial la CiU. En las elecciones de 1996 perdieron por 300000 votos, y sus apoyos se extendieron a toda España, por ser un partido de centro-izquierda al que ellos mismos llamaron el bloque del progreso.
El PSOE se propuso realizar una política reformista en España con el objetivo de modernizar el país., así lo expresó en su lema electoral (por el cambio). Al llegar al poder los socialistas pretendían:
-Consolidar el régimen democrático y desarrollar el Estado de Autonomías
-Culminar el proceso de integración de España en Europa.
-Crear un estado de bienestar similar al existente en otros países y contrarrestar los efectos de la crisis económicas de los años setenta.
Algunos historiadores señalan solo dos etapas de gobierno socialista, divididas por la huelga general del 14 de diciembre de 1988, en la que se puso de manifiesto el desencanto de gran parte de la población española ante la evolución política de PSOE.
El periodo de gobierno del PSOE se enmarcó en un contexto general de retroceso de las políticas socialdemócratas y keynesianas en toda Europa y de ofensiva de las políticas neoliberales o conservadoras auspiciadas por los EEUU y el Reino Unido. De manera sinilar a lo que sucedió con el partido socialista francés, el PSOE se vio condicionado por un clima internacional en el que resultaba difícil combinar políticas de ampliación del gasto público, creación del empleo y generación de bienestar social con duros ajustes económicos, lucha contra la inflación, reconversión industrial y austeridad. Esta ambivalencia permitió al PSOE permanecer mucho tiempo en el poder, respaldado por grupos sociales heterogéneos.
Para combinar políticas diferentes, Felipe González hizo gala de un gran sentido pragmático y gobernó ayudado por un grupo reducido de ministros de confianza que solían permanecer durante mucho tiempo en su cargo. Entre ellos destacaron Alfonso Guerra, Miguel Boyer, Carlos Solchaga, Pedro Solbes, Narcís Serra, Francisco Fernández Ordóñez y Javier Solana.
El reformismo del PSOE.
Desde su primera etapa de Gobierno, el equipo dirigido por Felipe González se propuso consolidar la democracia. Para ello adoptaron medidas como las siguientes:
-Regulación de derechos y libertades novedosos para la sociedad española. Entre ellos la participación de los ciudadanos en la administración de justicia a través del establecimiento del jurado. No se configura la institución del jurado como una fórmula alternativa de justicia sino como la que permite o posibilita la participación popular en la Administración de Justicia con la extensión y conforme al procedimiento que la ley establezca. El artículo 125 de la Constitución parece así reflejarlo:
«Los ciudadanos podrán ejercer la acción popular y participar en la A dministración de Justicia mediante la institución del Jurado, en la forma y con respecto a aquellos procesos penales que la ley determine».
La simple lectura del precepto permite concluir que no contiene el artículo 125 una declaración programática sino un mandato al legislador para que module y concrete el derecho que se reconoce a los ciudadanos a participar en la Administración de Justicia, como a ejercer la acción popular. Si el constituyente impone, con fundamento en el origen popular de la justicia como de todos los poderes del Estado, la institución del jurado, quiérese decir que el legislador no puede decidir sobre la participación de ios ciudadanos en la Administración de Justicia mediante el jurado. El ámbito de libre configuración del legislador se concreta, como dispone ¡n fine el artículo 125, en la determinación de «la forma» y alcance. Se circunscribe así el jurado a la justicia penal, reduciendo el ámbito de competencia con el que lo previo la Constitución de 1931, en la que no concibe el constituyente que pueda alcanzar a convertirse en un sistema alternativo al juez profesional sino que ha de manifestarse en algunos procesos penales determinados, pues, así lo reiteramos, el artículo 125 regula un derecho cívico, una concreción del status activus civitatis, pero no configura un nuevo modelo de Administración de Justicia, pues el artículo 117.1 determina que «La justicia emana del pueblo y se administra en nombre del Rey por Jueces y Magistrados integrantes del Poder Judicial, independientes, inamovibles, responsables y sometidos únicamente al imperio de la ley», correspondiendo a la Ley Orgánica del Poder Judicial determinar «el estatuto jurídico de los Jueces y Magistrados de carrera que formarán un cuerpo único» (artículo 122.1). El jurado queda, pues circunscrito a un ámbito reducido de la justicia penal, pues la Constitución no lo concibe para el conocimiento de todas las causas penales, teniendo en cuenta por lo demás que la administración de la justicia es atribuida a los jueces y magistrados de carrera que integran el Poder Judicial. Al legislador corresponde asimismo definir la forma, es decir, el modelo o sistema de jurado.
Otra de las medidas más polémicas adoptadas por el PSOE en sus primeros años de Gobierno fue la despenalización de la interrupción voluntaria del embarazo a través de una ley que fue muy restrictiva debido a las presiones de la Iglesia. Según esta ley todas las mujeres tienen derecho a abortar ya que el aborto es un derecho de la mujer reconocido en España. En España se puede abortar legalmente desde el año 1985 según la Ley Orgánica 9/1985, aprobada el 5 de julio de 1985. Esta ley permitía el aborto en tres supuestos casos:
-En caso criminológico (violación), dentro de las primeras 12 semanas.
- Que fuera necesario para evitar un grave peligro para la vida o la salud física o psíquica de la embarazada sin límite en las semanas de gestación.
- Que el feto podría nacer con graves taras físicas o psíquicas, siempre que el aborto se practique dentro de las 22 primeras semanas de gestación.
-Reforma del poder judicial. Se ejerció un mayor control sobre el consejo general del poder judicial por parte del parlamento, restando poder a las asociaciones judiciales, a las que se le consideraba convervadoras. Según el Título VI. Del Poder Judicial, en su artículo 122.3 dice textualmente: "El Consejo General del Poder Judicial estará integrado por el Presidente del Tribunal Supremo, que lo presidirá, y por veinte miembros nombrados por el Rey por un periodo de cinco años. De estos, doce entre Jueces y Magistrados de todas las categorías judiciales, en los términos que establezca la ley orgánica; cuatro a propuesta del Congreso de los Diputados, y cuatro a propuesta del Senado, elegidos en ambos casos por mayoría de tres quintos de sus miembros, entre abogados y otros juristas, todos ellos de reconocida competencia y con más de quince años de ejercicio en su profesión". Los jueces ultraconservadores siempre han interpretado que los 12 miembros del CGPJ de los que habla la Constitución deben ser nombrados no sólo entre jueces y magistrados, sino también por los jueces y magistrados. Sin embargo, la Constitución lo que dice es que los términos de esa nominación los establecerá una ley orgánica.
...