ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Leyes Mexicanas


Enviado por   •  15 de Diciembre de 2014  •  1.093 Palabras (5 Páginas)  •  176 Visitas

Página 1 de 5

Para nuestra buena suerte en nuestra máxima de legislación esta contemplado que este caso pueda llegar a darse y es por eso que se contempla una norma que regula el ámbito de aplicación de una norma en determinado momento.

Respecto a la aplicación de las leyes en México tenemos un importante marco constitutivo en nuestra propia Carta Magna y en la diversa doctrina adoptada por las escuelas de derecho en México frente al hecho de que tenemos un sistema codificado y rígido de derecho en el cual se nos dice que ley es la competente para aplicarse en determinado momento pues, como primer presupuesto tenemos que nos presenta una jerarquización jurídica en la que posiciona a nuestra constitución en la cima de la misma al mencionar:

“Esta constitución, las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y todos los tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el Presidente de la Republica, con aprobación del Senado, serán la ley suprema de toda la Unión. Los jueces de cada estado se arreglaran a dicha constitución, leyes y tratados, a

pesar de las disposiciones en contrario que pueda haber en las Constituciones o leyes de los estados.”

De este supuesto normativo podemos deducir que nuestra constitución está en lo más alto del ordenamiento jurídico en el país pues las leyes de los demás estados (recuérdese que estos están subordinados a la Federación y la Constitución es el marco que faculta y delimita a la misma) tienen que estar de acuerdo con ella, y de no estarlo prevalecerán los preceptos constitucionales, asimismo los tratados que celebre el presidente de la Republica tendrán que estar de acuerdo con ella, dejándonos muy claro que es la ley suprema de nuestro régimen jurídico y que todos los demás ordenamientos jurídicos están subordinados a ella.

Ahora bien, pasando a la normatividad en cuanto a conflictos de leyes hablando estrictamente en sentido interno, la mas notable sin duda es el articulo 121 de la misma constitución, en el cual se nos da una serie de supuestos aplicables en caso de entrar en conflicto y para resolver los problemas derivados de ellos al hacer mención de:

“En cada Estado de la Republica se dará entera fe y crédito a los actos públicos, registros y procedimientos judiciales de todos los otros. El Congreso de la Unión por medio de leyes generales, prescribirá la manera de probar dichos actos, registros y procedimientos, y el efecto de ellos sujetándose a las siguientes bases:

* Las leyes de un estado solo tendrán efecto en su propio territorio, y,

por consiguiente no podrán ser obligatorias fuera de él.

* Los bienes inmuebles y muebles se regirán por la ley del lugar de su ubicación.

* Las sentencias pronunciadas por los tribunales de un estado sobre derechos reales o bienes inmuebles ubicados en otro estado, solo tendrán fuerza ejecutoria en este, cuando así lo dispongan sus propias leyes.

Las sentencias sobre derechos personales solo serán ejecutadas en otros estados, cuando la persona condenada se halla sometido expresamente o por razón de domicilio a la justicia que las pronuncio y siempre que haya sido citada personalmente para concurrir en el juicio.

* Los actos del estado civil ajustados a las leyes de un estado tendrán validez en los otros.

* Los títulos profesionales expedidos por las autoridades de un Estado, con sujeción a las leyes serán respetadas en los otros.”

Tomando como referencia lo expuesto en el mencionado artículo, prosigamos a analizar cada párrafo (supuesto) del mismo…

Lo establecido en el primer párrafo del mismo tiene como antecedente directo el artículo 4, sección I de la Constitución de los Estados Unidos de América, aun que con variaciones a nivel semántico.

Pasando a los supuestos de solución de conflictos que presenta, concluimos en que el primero tiene que ver directamente con el ámbito territorial de competencia de las leyes mexicanas.

La fracción II del artículo 121 de la constitución tiene como esencia el principio de “lex rei sitae” en

el cual el juez competente para conocer de asuntos relacionados con bienes es el del lugar en que estén estos.

La fracción III del mismo artículo involucra dos principios, el primero consagrado en una fracción anterior a esta estudiada y la segunda contemplada en la esencia misma de esta fracción al conferir atributos a una legislación de otro estado siempre y cuando el del lugar donde se encuentra así lo señale, aplicando así principios de derecho internacional privado.

La fracción IV nos habla de la validez de un acto referente al estado civil en un estado diferente del de su expedición… y pese a lo confuso que esto puede resultar por las nuevas tendencias sociales, esto termina por consolidarse al dar un Estado entera fe al acto aun cuando este no lo tenga contemplado, mas no es asi cuando en el estado receptor se está ante una norma contraria.

La fracción ultima de nuestro importante articulo estudiado es una disposición que parte del principio “locus regim actum” combinado con la federalización de los estudios superiores a este.

-------------------------------conclusión.-------------------------------------------------

A partir de los artículos analizados se puede concluir que nuestro sistema jurídico tiene algo de ventaja respecto a que se contemplan los conflictos de leyes mucho antes de que surjan, mas sin embargo esto también puede llegar a ser algo confuso pues como se tiene de antemano la “solución de un problema” al surgir el mismo

se intenta encuadrar el problema a la solución cuando en realidad lo correcto es encuadrar la solución al problema.

Partiendo del mismo supuesto anterior, para mi parecer, el articulo 121 presenta grandes huecos en su estructura, citando un ejemplo para clarificar esta situación tenemos que la fracción IV contempla que los actos del estado civil llevados a cabo en un estado son validos en los demás estados pero esto presenta una confusión pues como debe aplicarse algo que no esta contemplado en la norma jurídica del estado receptor, como por ejemplo la permisión en el Distrito Federal de los matrimonios homosexuales, estando este tema no contemplado en las legislaciones de los demás estados y mucho menos en la legislación federal, causando así un problema de conflicto de leyes y poniendo en juego la validez del mencionado acto, siendo este el tema de discusión del pleno de la Suprema Corte de Justicia el pasado 09 de agosto de 2011. En mi limitado entendimiento del tema, pienso que se debería actualizar todo nuestro sistema jurídico para no tener tantos problemas respecto a la aplicación de las leyes….haciendo esto a través de un estudio de dimensiones titánicas en derecho para poder ponernos a la par de un país con un sistema jurídico avanzado.

...

Descargar como  txt (6.7 Kb)  
Leer 4 páginas más »
txt