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No es indiferente al pueblo colombiano, los hechos ocurridos en el año 2003 en una incautación por parte del ejército contra guerrilla nacional a un campamento aparentemente de las Farc


Enviado por   •  17 de Agosto de 2015  •  Ensayos  •  904 Palabras (4 Páginas)  •  189 Visitas

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LA GUACA

EMILY KATERIN GALÁN RAMIREZ

BIENES

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No es indiferente al pueblo colombiano, los hechos ocurridos en el año 2003 en una incautación por parte del ejército contra guerrilla nacional a un campamento aparentemente de las Farc, y aun hoy día existen muchas preguntas y diferencias entre las partes sobre este caso, por un lado tenemos el hecho de que los hombres se encontraban en servicio y en una misión específica donde hicieron el reporte del hallazgo de armamento omitiendo que habían encontrado algo de valor significativo, y por otro lado tenemos la ley del estado colombiano donde en artículos del código civil como también del código penal, está contenida la normativa que se debe seguir en casos como el mencionado.

Si bien nos remontamos al código civil colombiano en el título IV en el artículo “Hallazgo de cosa con dueño aparente. El que halle o descubra alguna cosa que por su naturaleza manifieste haber estado en dominio anterior, o que por sus señales o vestigios indique haber estado en tal dominio anterior deberá ponerla a disposición de su dueño si este fuere conocido. Si el dueño de la cosa hallada o descubierta no fuere conocido o no pareciere, se reputará provisoriamente estar vacante o ser mostrenca la cosa”. (Código Civil Colombiano)

Por lo anterior según mi criterio lo que hallaron los soldados se encuentra dentro del articulo ya mensionado, y para el cual tambien se debe tener en cuenta el “Artículo 705. Omisión de entrega. La persona que en el caso del artículo anterior omitiere entregar al dueño si fuere conocido, o si no lo fuere, a la autoridad competente, la especie mueble encontrada, dentro de los treinta días siguientes al hallazgo, será juzgada criminalmente, aparte de la responsabilidad a que haya lugar por los perjuicios que ocasione su omisión. Y el Artículo 706. Bienes vacantes y mostrencos. Estímense bienes vacantes los bienes inmuebles que se encuentran dentro del territorio respectivo a cargo de la nación, sin dueño aparente o conocido, y mostrencos los bienes muebles que se hallen en el mismo caso”. (Código Civil Colombiano)

Si bien se escudaron en el hecho de que era un dinero que no le pertenecia a nadie por ser producto aparentemente de negocios ilicitos, extorsiones, secuestros, narcotrafico y distintas formas en que utilizo el grupo sudbersivo de las Farc para tenerlo, quien debia determinar el destino final del mismo era el mismo estado puesto que su deber era reportar cualquier novedad y a sabiendas que ese dinero probenia de los dueños del campamento en que se encontraban por tal razon no se desconocia el dueño de dicho dinero, el hombre es una animal de costumbres y facil de corromper por lo que no supieron tomar responsabilidad de los eventos ocurridos, cabe destacar que los hombres se encontraban en servicio en el momento de los hechos.

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