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Obra De Becaria


Enviado por   •  1 de Agosto de 2014  •  1.576 Palabras (7 Páginas)  •  250 Visitas

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La obra de Cesare Beccaria “De los Delitos y de las Penas” (1764), aunque se haya escrito hace mas de 200 años, existe una realidad social totalmente distinta a la de ahora, en ella se encuentra una serie de postulados completamente nuevos para la época, en donde se transformarían y se crearían los principios determinantes para el Sistema Penal Venezolano.

Beccaria en sus postulados expresa que se debe hacer una reforma de la Legislación Penal, así como también la manera por la cual se va determinar la aplicación justicia. Nos establece que la sociedad es un contrato encaminado a cuidar, proteger los derechos de los ciudadanos, garantizando el orden, definió los delitos como violaciones de este contrato. Así mismo, estableció que la sociedad en conjunto al regirse por un contrato, todos los ciudadanos que la conforman tienen el derecho a defenderse, y este derecho debe ser ejercido con medidas proporcionales a los delitos cometidos.

En el Sistema Penal Venezolano encontramos los siguientes postulados de la obra de Beccaria:

En el Capitulo 3 de la obra se establece que: “Solo las leyes pueden decretar las penas de los delitos”, lo cual constituye en nuestra legislación el Principio de Legalidad, establecido en el artículo 1 del Código Penal (2005), el cual consagra que “Nadie podrá ser castigado por un hecho que no estuviere expresamente previsto como punible por la ley, ni con penas que ella no hubiere establecido previamente”.

Es decir que solo aquellos delitos que estén previstos en la ley serán los sancionados, por lo que ningún juez puede imponer penas, si no está prevista.

También en este capítulo se establece el Principio de Igualdad: “Todo miembro particular se halla ligado a la sociedad, esta lo está también con cada uno de ellos por un contrato que de su naturaleza obliga a las dos partes. Esta obligación, que descendiendo desde el trono llega hasta las más humildes chozas y que liga igualmente al más grande y al más miserable entre los hombres”, principio que se encuentra establecido en el artículo 21 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999): “Todas las personas son iguales ante la ley.” Beccaria afirma que las penas que deben ser iguales para todas las personas, ya sea que el delito es cometido por un noble o que lo realice el más miserable de los hombres.

En el Capitulo 6 Beccaria, establece que: “Debe haber una proporcionalidad entre los delitos y las penas”. El criterio para medir la gravedad de los delitos debe ser el daño social producido por cada uno de ellos, lo contrario sería injusto y socialmente perjudicial, porque ante delitos de igual pena y de diferente gravedad, el delincuente se inclinará casi siempre por el más grave, que probablemente le reportará mayor beneficio, esto se refiere al Principio de Proporcionalidad, el cual se refleja el Código Penal Venezolano, ya que el mismo establece distintos tipos de pena, según el bien jurídico afectado por el delito.

Así mismo, en el Capitulo 12 Beccaria establece el fin de las penas: “El fin de las penas no es atormentar y afligir a un ente sensible, ni deshacer un delito ya cometido. El fin es impedir al reo causar nuevos daños a sus ciudadanos y retraer a los demás de la comisión de otros iguales”. Es decir que la pena no debe perseguir como fin único el castigo del delincuente así como la represión de otros posibles futuros delincuentes.

Por lo tanto el proceso no debe considerarse que su único fin sea la obtención de una condena, sino que debe cumplir una función preventiva, como lo dice en el Capitulo 41: “Es mejor evitar los delitos que castigarlos. He aquí el fin principal de una buena legislación”.

En este sentido en la actualidad la política criminal que se está implementando en Venezuela por los distintos organismos e instituciones del Estado, son los planes de prevención del delito, en el cual se busca evitar que los ciudadanos comenten un delito. De igual forma el Sistema Procesal Penal Venezolano establece Alternativas a la Prosecución del Proceso, como los son el Principio de Oportunidad, los acuerdos Reparatorios y la Suspensión Condicional del Proceso.

Beccaria establece en su obra, que la pena de muerte es injusta, innecesaria y menos eficaz que otra menos cruel, más benigna. No es la intensidad de la pena lo que hace mayor efecto sobre el ánimo humano, sino su duración ya que la pena de muerte produce una fuerte impresión en la sociedad, pero no durante mucho tiempo, ya que el hombre la olvida, pero en cambio las penas moderadas y justas son un recordatorio ejemplificado para la sociedad. Este Principio Constituye

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