ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Derecho Internacional Publico


Enviado por   •  30 de Octubre de 2012  •  2.486 Palabras (10 Páginas)  •  385 Visitas

Página 1 de 10

LAS FUENTES DEL DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO.

2.1 El art 33 del estatuto de la Corte Internacional de Justicia

El art. Mencionado anteriormente es una reproducción de la corte permanente a nivel internacional donde, menciona que la corte debe intervenir en los siguientes casos:

Convenciones Internacionales

Costumbre Internacional

Principios Generales del Derecho

Decisiones Judiciales y Doctrinales

Fundamentales Tratados

Costumbres

Jurisprudencia

Derecho Subsidiarios Principios Generales del Derecho

Doctrina

Resolución de Organizaciones Internacionales

Las fuentes fundamentales a nivel internacional:

Son aquellas a las que se recurren para resolver un conflicto a nivel internacional, es decir, el caso se resuelve tomando en cuenta lo que se establece en el tratado y en el caso de que se de una situación no prevista por el legislador o sea que haya una laguna, se recurre a la costumbre.

Tratados: Es el acuerdo de dos o más países para obtener beneficios entre los países que intervienen.

La Costumbre: Son los usos repetitivos que se dan en un lugar y en una época determinada.

Las Fuentes Subsidiarias: Son aquellas en donde una situación no se puede resolver con las fuentes fundamentales y es cuando se recurre a estás.

Jurisprudencia: Son 5 resoluciones en un solo sentido sin que haya una en contra.

Los Principios Generales: Podemos mencionar los siguientes: La Justicia, la Equidad, La Analogía, etc.

La Doctrina: Es una compilación de ideas de los Estudiosos del Derecho.

Resolución de Organizaciones Internacionales.- Son los acuerdos que establecen las organizaciones internacionales y son obligatorias.

2.2 Los Tratados como Fuentes del Derecho Internacional.

Concepto de Tratado

Es el convenio celebrado entre dos o más sujetos de Derecho Internacional. Las Normas que regulaban el derecho de los tratados eran de carácter consuetudinario ( costumbre ). El término de tratado no perderá su fuerza por el hecho de que en un tratado aparezca como parte de los Estados como en muchas disposiciones no hacen referencia al Derecho consuetudinario estas conservan su valor para regular los acuerdos como por Ejemplo, las resoluciones internacionales, se dice , las organizaciones internacionales.

En la practica, la doctrina define a los Tratados como aquellos acuerdos entre sujetos Internacionales ( Estados, Organizaciones Internacionales, etc) para que haya un tratado es necesario que exista un acuerdo ya sea entre sujetos de derecho internacional, en consecuencia no puede considerarse a los tratados como aquellos acuerdos celebrados entre Estados y persona particulares.

Aún cuando el acuerdo sea celebrado entre Estados es necesario que intervenga el órgano previsto de poder para concluir un tratado y que el acuerdo este contenido en un instrumento formal único como por Ejemplo, si los Estados llegan a un acuerdo otra vez de un intercambio de notas en este caso no se pueden hablar de un tratado en sentido restringido.

Es importante distinguir entre los tratados y las declaraciones de principios, que no están destinados a producir a efectos de derecho ya que solo pretenden iniciar una determinada intención de las personas que lo celebran mientras que los tratados tienen como función principal producir consecuencia jurídicas.

2.2.2 Clasificación de los Tratado

Existen 2 criterios PATRA clasificar a los tratados, uno se refiere al fondo y otro a la forma.

Tipos de Clases

Tratados Contratos: Tienen la finalidad limitada para crear una obligación jurídica que se determina e con el cumplimiento del trabajo, por ejemplo: Si dos Estados celebran un tratado para fijar su frontera común, una vez que este objetivo se haya concedido, termina el tratado.

Tratado Ley: Están designados a crear una reglamentación jurídica permanente obligatorio, por ejemplo: Los privilegios de los agentes diplomáticos.

2.2.3 Los Principios de los Derechos de los Tratados.

Hay una serie de principios y aspectos que regulan el derecho de los tratados entre ellos podemos mencionar los más importantes que son:

1.- El principio de los Tratados solo obligan a las partes que lo celebran.

2.- el principio del Consentimiento

El Principio de que los tratados solo obligan a las partes que los celebran.

Un tratado en un principio, únicamente obliga a las partes que lo celebrarán, sin embargo sabemos que un Estado que no ha dado su consentimiento no se le puede obligar; sin embargo se presentan casos excepcionales en donde se puede obligar a otro Estado ( un tercer Estado) es decir a Estados que no han dado su consentimiento como por ejemplo: La Desmilitarización de las Islas Aland ( celebrado en un tratado firmando por Rusia y otros Países ), Finlandia sostenía que por no haber tomado parte en ese tratado no se vera obligado, sin embargo en la reunión de juristas llevada a cabo en París se decidió que en ese tratado a causa de las grandes intereses vitales de otras potencias se había creado una situación jurídica objetiva y esta era oponible a terceros por lo tanto Finlandia se veía obligado a cumplir con este tratado aunque no lo hubiere celebrado.

El Principio del Consentimiento

Consentimiento: Es la manifestación de la voluntad que constituye toda obligación jurídica. Es el resultado de una estructura de la sociedad internacional formada por Estados, formalmente iguales.

Al no haber un poder superior a ellos capaz

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (16.3 Kb)  
Leer 9 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com