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Argumentacion


Enviado por   •  12 de Noviembre de 2014  •  4.399 Palabras (18 Páginas)  •  206 Visitas

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¿QUÉ SE ENTIENDE POR ARGUMENTACIÓN?

Argumento es un razonamiento que se emplea para probar o demostrar una proposición o bien para convencer a otro de aquello que se afirma o se niega. En donde podemos concluir que argumentar es ofrecer razones que apoyan una determinada proposición.

La argumentación es el mecanismo que relaciona la información concreta con las abstracciones y generalizaciones; es decir, es el proceso que relaciona datos, siguiendo las reglas del pensamiento crítico, para obtener información nueva. De esta manera podemos, podemos decir que el propósito principal de los textos argumentativos es legitimar explícitamente la información nueva que proporciona el texto, por medio de datos empíricos, razonamientos o pruebas; en otras palabras, la función primordial de la argumentación es persuadir al lector de lo que se afirma.

ARGUMENTACIÓN JURÍDICA

PUEDE entenderse en dos sentidos inicialmente. En primer lugar como el acto que permite determinar el significado de un vocablo o frase del lenguaje legal.

En segundo lugar, como resultado de la anterior actividad. Así, se puede interpretar un concepto legal y a la resultante de ese acto se le puede denominar interpretación del precepto legal.

La primera acepción se refiere a un proceso, la segunda al producto de ese proceso.

El objeto de la interpretación jurídica se entiende comúnmente en dos sentidos. El primero afirma que el objeto de la interpretación jurídica es la norma, entendiéndose por esta la proposición jurídica como la denominamos nosotros o también llamada formulación normativa. El segundo sentido afirma que el objeto de la interpretación jurídica no es la norma porque por esta debemos entender el producto de la interpretación jurídica.

Guastini , afirma al respecto que es conveniente concebir la interpretación jurídica “como una actividad discursiva; o si se quiere, conviene examinar no la actividad interpretativa en cuanto tal, sino su producto literario. Desde este punto de vista, la interpretación es el discurso del intérprete. Ahora bien, el discurso de las fuentes; por otro lado, por enunciados que constituyen argumentos para justificar la interpretación preescogida.

Y de lo anterior derivamos que:

• La interpretación es el discurso del intérprete. Denominado lector

• El discurso del intérprete está constituido por enunciado que adscriben significado al discurso de las fuentes.

• Los enunciados constituyen argumentos para justificar la interpretación preescogida.

Independientemente de las definiciones, los elementos que hacen posible a la argumentación son dos:

1. La existencia de un discurso

2. La existencia de otro discurso que toma al primer discurso como referente.

No hay, pues, argumentación si no existe 2 discursos: uno afirma y otro que habla sobre el primero. El primer discurso tiene como elemento constitutivo al lenguaje objeto y el segundo al metalenguaje.

Los elementos que constituyen el proceso de argumentación son 3:

1. Las premisas verdaderas o probables.

2. Los argumentos o razones que hacen que las premisas sean verdaderas o probables.

3. La inclusión.

La argumentación jurídica, por su parte, generalmente se entiende como el dar razones que justifiquen una premisa.

Es evidente que el rasgo fundamental de la argumentación jurídica tiene como parámetro, por un parte, la proposición legal tal cual como vocablo o frase dentro de un corpus legal y, por otra parte, la relación necesaria entre proposición legal y conducta.

El profesor Atienza señala tres campos de lo jurídico en el que se efectúan las argumentaciones, a saber: “el primero de ellos es el de la producción o establecimiento de normas jurídicas. Aquí, a su vez podría diferenciarse entre las argumentaciones que tienen lugar en una fase pre legislativo y las que se producen en la fase propiamente legislativa.

Las razones de la argumentación jurídica o por qué se debe argumentar en el ámbito del derecho. En primer lugar, por el principio de legalidad. Ninguna producción de norma, o aplicación de norma o análisis del corpus legal tiene validez si no se aportan razones establecidas por el propio corpus jurídico. La argumentación jurídica valida tiene como parámetros el fundar y motivar la producción, aplicación o análisis de las proposiciones legales.

En segundo lugar, porque es imperativo aducir razones para producir, aplicar o analizar las proposiciones legales.

En tercer lugar, porque el estado de derecho democrático se sustenta no solo en el principio de legalidad, sino en la pertinencia que existe en el corpus jurídico disciplinar y la moral comunitaria, entendida en este caso como cultura comunitaria simplemente. Las proposiciones legales deben dar cuenta, argumentando razones que funden y motiven la legitimidad y la legalidad de la producción, aplicación y análisis de las mismas.

Por lo tanto la argumentación jurídica es el instrumento por virtud del cual:

• La producción de la preposición jurídica es legal y legitima.

• La aplicación de la proposición legal es pertinente a la comunidad y apegada a derecho.

• El análisis de la preposición legal es coherente con el corpus jurídico y la cultura comunitaria.

• Los productos, aplicadores y analistas de las proposiciones legales hacen valer razonamientos racionales y razonables que sustentan el estado de derecho democrático desde el dialogo comunitario, es decir, desde una perspectiva dialógica y no autoritaria.

LAS REGLAS DE LA ARGUMENTACIÓN.

1. Quien pretende tratar a una persona A de manera distinta que a una persona B está obligado a fundamentarlo.

2. Quien ataca una proposición o una norma que no es objeto de la discusión debe dar razones para ello.

3. Quien ha aducido un argumento sólo está obligado a dar más argumentos en caso de contra argumentos.

4. Quien introduce en el discurso una afirmación o manifestación sobre sus opiniones, deseos o necesidades

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