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BOLIVAR Y DEL DERECHO DE GENTES


Enviado por   •  15 de Diciembre de 2016  •  Reseñas  •  850 Palabras (4 Páginas)  •  197 Visitas

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KEIRY ALEJANDRA GONZÁLEZ MONTEJO

CÓDIGO: 1350135

DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO

DÉCIMO SEMESTRE

REFERENCIA DEL TEXTO.

LÓPEZ, rubén darío. (1987) “Bolívar y el Derecho de Gentes”. Repertorio Histórico. Academia Antioqueña de Historia, 38 (250), 16.

CARATERIZACIÓN DEL TEXTO

Mediante este documento el autor destaca la labor del libertador Simón Bolívar al establecer los principios que han evolucionado a través del tiempo y se han estructurado para desarrollar lo que hoy conocemos como política exterior o como es conocido “Ius Gentium” que no es más que aquel grupo de normas comunes para todos los estados; además resalta la lucha de Bolívar para lograr que sus esfuerzos dedicados al nacimiento del derecho internacional no fueran en vano.

ESTRUCTURA DEL TEXTO.

Este documento inicia con una breve introducción acerca de los logros alcanzados por Bolívar y destaca principalmente la creación de los principios de a) Igualdad jurídica de los Estados, b) Interés por la armonía y la paz mundiales, c) Universalidad de las relaciones diplomáticas y d) Pluralismo ideológico que según el autor aún están vigentes y son indispensables para una eficaz política internacional.

Posteriormente el autor divide el texto en 5 importantes temas, el primero es llamado “el congreso anfictiónico de Panamá” que desarrolla la post independencia desde la realización de proyectos de Bolívar. Expone la celebración del congreso en Panamá justificado en dos razones elementales: porque se encuentran unidos por lazos comunes y por el temor de una reconquista española, además se enuncia la ideología del libertador en cuanto no compartía la decisión de invitar al congreso a países como EEUU, Haití y Brasil. Luego como segundo título encontramos “La no intervención”, principio fundamental del orden jurídico internacional. Resalta el autor la paternidad que tiene Bolívar sobre el tema ya que fue él quien desplegó inicialmente importantes conceptos sobre este, citando “La legitimidad de un gobierno deben examinarla sus súbditos y no los extranjeros. Yo no sé los títulos que tenga ningún extraño para pedir los títulos de nacimiento de ningún gobierno”. El tercero “El uti possidetis iure de 1810” es una norma mediante la cual se fija el señalamiento de fronteras, en la cual pertenecen a los estados los territorios de capitanía general o virreinato, así, se fijó esta norma para evitar conflictos que debilitaran a las Nuevas Naciones. El cuarto tema se desarrolla bajo el título “Solución pacifica de las controversias internacionales” refiere que durante gran parte de la historia universal la fuerza fue la forma en que se lograban dirimir los litigios y describe la evolución que ha tenido el derecho internacional al momento de solucionar controversias como lo es la carta de la ONU donde se suprime el uso de la fuerza. Finalmente con el título “Derecho humanitario” se evidencia los adelantos que tuvo el derecho internacional mediantes Simón Bolívar ya que sus ideas y propuestas han sido importantes bases para el derecho internacional actual; como lo es el Tratado de la regularización de la guerra que según el autor le tiene una gran ventaja a las Convenciones de Ginebra auspiciadas por el Comité Internacional de la Cruz Roja. El autor expresa que el Derecho Humanitario nace gracias a Simón Bolivar y cita el inicio del Tratado “la guerra entre España y Colombia se hará como lo hacen los pueblos civilizados” y lo describe como un modelo de humanismo, de magnanimidad y de grandeza.

TESIS CENTRALES

El autor expone en su publicación variados apartes de normas desarrolladas por Simón Bolívar que fueron el origen del actual derecho internacional, así cita en materia de no intervención el artículo 6º del tratado adicional al de Unión, Liga y Confederación Perpetua del 6 de Julio de 1822 entre Colombia y Perú “Este pacto de Unión, Liga y Confederación Perpetua no interrumpirá en manera alguna el ejercicio de la soberanía nacional de cada una de las partes contratantes, así por lo que mira a sus leyes y al establecimiento y forma de sus gobiernos respectivos, como con respecto a sus relaciones con las demás naciones extranjeras” a partir de tres tesis fundamentales.” Además del artículo 18 de la carta de la OEA “Los estados americanos se obligan en sus relaciones internacionales a no recurrir al uso de la fuerza, salvo el caso de legítima defensa, de conformidad con los tratados vigentes o en cumplimiento de dichos tratados.”

INFORMACIÓN GENERAL

El Tratado de la regularización de la guerra se le adelantó por mucho tiempo a la normatividad de las Convenciones de Ginebra auspiciadas por el Comité Internacional de la Cruz Roja.

APRECIACIÓN PERSONAL

El autor expresa claramente el alcance y la influencia que han tenido las ideas de Bolívar en el derecho internacional destacándolo como un genio, sin embargo, aunque es cierto que las ideas del libertador han servido de base para el desarrollo de la normatividad relacionada al derecho de gentes, los elogios pueden ser demasiados en cuanto el libertador no fue el único capaz de lograr que sus principios se mantuvieran en el tiempo para enriquecer el derecho internacional. Si bien, Simón Bolívar pudo crear semejantes avances debe recordarse que el papel de internacionalista no fue el principal sino que era inicialmente un militar por lo que sus planteamientos siempre estuvieron reforzados por sus ideales militares.

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