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BOLILLA Nº1: CONCEPTOS FUNDAMENTALES DEL DERECHO PENAL


Enviado por   •  17 de Mayo de 2020  •  Documentos de Investigación  •  80.408 Palabras (322 Páginas)  •  118 Visitas

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BOLILLA Nº1: CONCEPTOS FUNDAMENTALES DEL DERECHO PENAL.

  1. DERECHO PENAL Y CONTRATO SOCIAL: CONCEPTO Y FORMAS.

El Derecho penal (concepto) es la rama del ordenamiento jurídico que regula la potestad estatal de castigar, determinando lo que es punible y sus consecuencias.

Estas consecuencias en la actualidad no se reducen únicamente a la pena, como lo sostenía la teoría monista, porque a principios del siglo XX, como aporte del positivismo criminológico receptado por la 3ra escuela, se incorporaron las medidas de seguridad, aplicables en reemplazo de la pena o como complemento de esta, de este modo se paso a un sistema dualista que es el que predomina en la mayoría de los códigos penales modernos.

Además en los últimos años se discute la reparación del daño proveniente del delito puede constituir una 3ra vía del Derecho penal, sustituyendo o complementando a la pena al igual que la medida de seguridad, cuando contribuya a satisfacer los fines de la pena y las necesidades de la victima igual o mejor que la pena sola.

Él término Derecho penal tiene 3 acepciones:

  • Como Cs. o dogmática jurídico penal, se lo entiende como la disciplina que se ocupa de la interpretación, sistematización y desarrollo de los preceptos legales y las opiniones científicas en el ámbito del Derecho penal.
  • Como Derecho penal en sentido subjetivo, alude a la facultad estatal de castigar.
  • Como Derecho penal en sentido objetivo, se refiere al conjunto de normas de Derecho positivo que regulan la potestad punitiva del estado, para proteger la convivencia humana en comunidad, distinguiéndose de las otras ramas del Derecho por las especiales y más enérgicas consecuencias imponibles.

Antes se creía que el poder del estado era absoluto debido a su soberanía. Hoy todo estado ha de aceptar limitaciones de su autonomía en él arrea jurídico penal, tanto por la existencia de normas jurídicas superiores como también por la de un poder jurisdiccional supraestatal, aunque este se encuentre aun en sus comienzos.

Control social: el Derecho es uno de los mecanismos de control social más fuerte y formalizado. El control social puede ser definido como: una condición básica irrenunciable de la vida social, mediante la cual todo grupo o comunidad asegura las normas y expectativas de conducta de sus miembros indispensables para la supervivencia. Este abarca las normas colectivas, las sanciones sociales y los procesos de control que presionan sobre el comportamiento humano individual para lograr la adecuación de este a ciertas reglas de conducta que protegen los intereses fundamentales para la convivencia. La conducta desviada de la norma social es amenazada por la imposición de naciones sociales que buscan la estabilización del equilibrio normativo mediante el proceso de control. Por ejemplo: la conducta del hijo que infringe la prohibición de escupir en el suelo establecida por la madre (norma) es castigada con la restricción de actividades sociales con sus amigos (sanción) impuesta por el padre que regresa a la noche a la casa (proceso).

Existen distintas formas de control social que se diferencian entre sí según el grado de formalización que presentan:

  • Medios de control social informales: la Flia. , la escuela, la educación, el trabajo, la profesión, las costumbres, los usos sociales, las normas morales, las ideas religiosas, etc.
  • Medios de control social formal: representadas por las reglas jurídicas en general, y las del Derecho penal en particular, que es un medio de control social jurídico altamente formalizado, que es solo una parte del sistema penal integrado por las normas, las sanciones y los procedimientos y el aparato institucional encargado de su aplicación.

La norma define el comportamiento desviado como delictivo, la sanción es la reacción generada por aquella conducta, el proceso penal asegura su aplicación siguiendo los procedimientos que garantizan la imparcialidad y razonabilidad de la decisión del órgano judicial, conforme a los valores emergentes de la constitución.

 El Derecho penal se caracteriza por prever las sanciones más duras de las que dispone el orden social, para evitar que se cometan delitos que amenazan los bienes jurídicamente protegidos.

  1. FUNCIONES DEL DERECHO PENAL: dependen del concepto que se tengan de la pena, lo que da lugar a 3 teorías:
  • Teorías absolutas: para ellas la pena se agota en si misma, y consiste en un mal que se impone necesariamente para lograr justicia, como retribución por haber cometido el delito; es decir que la pena consiste en hacer justicia con un castigo, que es la perdida de un bien jurídico como consecuencia de haber cometido un delito.
  • Teorías relativas: dicen que la pena cumple una función preventiva o de amenaza, que busca proteger la convivencia social evitando que se cometan futuros hechos delictivos.
  • Teorías mixtas: sostienen que la esencia de la pena es retributiva, pero debe perseguir también fines preventivos, de modo que al mismo tiempo se busca la realización de la justicia y la protección de la convivencia social. Esta es la teoría predominante en la actualidad que asigna al Derecho penal funciones represivas y preventivas al mismo tiempo.

Lo que se entienda por represión y prevención también dependen de las diferentes concepciones de estado que se tenga, es decir que la misión del Derecho penal se relaciona con el modelo de estado al que pertenece, así vemos que anteriormente en el estado liberal clásico la pena que era concebida como un instrumento de la potestad represiva estatal, esto condujo a que las funciones de represión y prevención aplicaran severos castigos; pero esta concepción comenzó a cambiar cuando aparece el estado de Derecho que busca ponerle limites jurídicos a la potestad punitiva del estado, para que este quede subordinado al Derecho.

Este estado de Derecho busca beneficiar a la burguesía limitando el poder sin atender a la eficacia del Derecho penal, o sea la prevención del delito o la defensa social. Pero ya en el siglo XX aparece el estado social que desarrolla un intervencionismo estatal que toma partido a favor de la sociedad, la cual importaba mas que el individuo; por eso la misión del Derecho penal pasa a ser la defensa social frente al delito y la lucha contra la delincuencia, mediante la incorporación de instrumentos de prevención especial como las medidas de seguridad. Esta tendencia intervensionista llevo a caer en los sistemas totalitarios que condujeron a la 2da guerra mundial con sus gravísimas violaciones a los derechos fundamentales del hombre.

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