ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

CONTRATO DE OBRA CIVIL CON MATERIALES


Enviado por   •  6 de Mayo de 2017  •  Trabajos  •  1.540 Palabras (7 Páginas)  •  328 Visitas

Página 1 de 7

IE2330

CONTRATO DE OBRA CIVIL CON MATERIALES

CONJUNTO RESIDENCIAL LOMBARDIA – ECOPROYECT LTDA.

 Entre los suscritos a saber xxxxxxxxxxxxxxxx, mayor de edad, vecina y domiciliada en la ciudad de Bogotá, identificada con Cédula de Ciudadanía No.52.704.388 de Bogotá, quien actúa en nombre y representación del CONJUNTO RESIDENCIAL LOMBARDIA P.H. CON NIT.XXXXXXXXXXXXX, quien en adelante y para efectos de este contrato se denominará EL CONTRATANTE de otra parte el Arquitecto FERNANDO CASAS TORRES, identificado con Cédula de Ciudadanía No. 79.328.806 de Bogotá, quien actúa como representante legal de INVERSIONES ECOPROYECT LTDA., cuyo NIT es 830.140.586-5, quien en adelante y para efectos de este contrato se denominará EL CONTRATISTA, hemos celebrado el presente contrato de obra civil con materiales, que se rige por las siguientes cláusulas: CLÁUSULA PRIMERA: OBJETO.- EL CONTRATISTA se compromete y obliga para con EL CONTRATANTE a efectuar en la calle 151 No. xxxxxxx de la ciudad de Bogotá,LA IMPERMEABILIZACION DE  JARDINERAS CON MANTO.CLÁUSULA SEGUNDA.- ALCANCE DE LOS TRABAJOS: El trabajo consiste en hacer impermeabilizar dos jardineras de la plazoleta de acceso localizadas a los dos costados de la entrada de la torre3, y las dos jardineras que están encima de la entrada a la torre 3 y la torre 5. Adecuaciòn de las conecciones eléctricas de los tres tabacos de luz que están en una  jardinera.

CLÁUSULA TERCERA.- VALOR DE LOS  TRABAJOS.

[pic 5]

Las partes acuerdan que el valor por mano de obra y materiales la suma de CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS SECENTA MIL SETECIENTOS VEINTI TRES PESOS M/CTE ($4.860.723). CLÁUSULA CUARTA.- FORMA DE PAGO.- EL CONTRATANTE pagará al CONTRATISTA el valor del presente contrato de la siguiente forma: 1).un anticipo equivalente al 50% del valor total del presente contrato, 2).  50% contra entrega a satisfacción de la obra, revisada y aprobada por la parte interventora, el cual se levantara un acta de recibo final y aceptación de la misma. CLÁUSULA QUINTA.- PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA OBRA: El plazo para la ejecución del contrato es de CATORCE (8) DIAS  HABILES, el cual se empezara a contar a partir de la fecha de suscripción del acta de iniciación, previo cumplimiento de los requisitos de ejecución del contrato. CLÁUSULA SEXTA.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA.- El CONTRATISTA se obliga a: 1). Ejecutar la labor de acuerdo a las especificaciones técnicas y cantidades de obra que hacen parte integral de éste Contrato 2). Contratar por cuenta suya y mantener en la obra el personal necesario e idóneo para la ejecución de los trabajos, cancelando por su cuenta los salarios, prestaciones sociales, e indemnizaciones, aportes a los sistemas generales de seguridad social y aportes parafiscales, así como el cumplimiento de normas sobre seguridad e higiene industrial. Así mismo, el contratista proveerá el personal y los equipos requeridos para la debida y oportuna ejecución del contrato. 3). En razón a la completa autonomía técnica y directiva EL CONTRATISTA, se compromete a ejecutar el trabajo por sus propios medios y responsabilidad, reiterando que este Contrato no es de carácter laboral sino de carácter civil, no generando en consecuencia prestaciones sociales a su favor. 4). EL CONTRATISTA se compromete a comprar por su cuenta todos los materiales para la ejecución de la obra. CLÁUSULA SÉPTIMA.- OBLIGACIONES DE EL CONTRATANTE.- El CONTRATANTE se obliga para con EL CONTRATISTA a: 1). Permitir el acceso del personal que el CONTRATISTA considere necesario para la realización de las obras. 2). Efectuar a EL CONTRATISTA oportunamente los pagos acordados. CLÁUSULA OCTAVA.- OBRAS ADICIONALES.- Si se llegaran a presentar trabajos adicionales, serán considerados como independientes a este contrato y la posible ejecución de éstos será a convenir por ambas partes, previa concertación de precios, para su aprobación y autorización. CLÁUSULA NOVENA.- MATERIALES Y EQUIPOS.- El CONTRATISTA sin perjuicio de su responsabilidad garantizan la buena calidad de los elementos suministrados. Así como los materiales los cuales deben cumplir con requisitos especiales de manejo y aplicación cumpliendo en todo caso con las especificaciones técnicas de la obra. Deberá aportar para la realización de la misma todos los equipos, maquinaria y herramientas necesarias, los cuales serán trasladados al lugar de la ejecución bajo su cuenta y riesgo comprometiéndose a retirarlos inmediatamente se culminen los trabajos. CLÁUSULA DÉCIMA.- PÓLIZAS, EL CONTRATISTA se obliga a constituir a favor del contratante, garantías expedidas por compañías de seguros autorizadas por la superintendencia bancaria para funcionar en Colombia, que amparen los siguientes riesgos: 1) EL CUMPLIMIENTO GENERAL DEL CONTRATO: POR EL 10% DEL VALOR DEL CONTRATO, por un término igual al plazo de ejecución del contratado y cuatro meses más. 2) BUEN MANEJO Y CORRECTA INVERSIÓN DEL ANTICIPO: por un valor igual al cuarenta por ciento (40%) del valor del anticipo y por una vigencia igual al plazo de ejecución del contrato.3) estabilidad de obra 10 %, garantía directa un año.

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (9.6 Kb)   pdf (187.7 Kb)   docx (1.1 Mb)  
Leer 6 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com