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Capítulo 3 Noberto Bobbio.


Enviado por   •  20 de Abril de 2016  •  Tareas  •  1.249 Palabras (5 Páginas)  •  274 Visitas

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Capítulo 3 Norberto  Bobbio

  • Se propone:  si ¿el ordenamiento jurídico es un sistema?, cuándo se hace esta pregunta lo que estamos preguntando es si las normas que lo componen están en relación de coherencias entre sí

¿Cómo organiza Kelsen los sistemas  normativos?

  • Estático
  • Dinámico

¿En qué consiste el sistema estático?

El sistema estático es aquel en  donde las normas están relacionadas entre sí, como las proposiciones de un sistema deductivo. Es decir una se deduce de la otra, ejemplo de la guerra.

  • Dinámico

¿En qué consiste el sistema dinámico?

En el   sistema dinámico las normas se deducen una de las otras, no por su contenido si no por su autoridad, la principal diferencia es: la estática es materia mientras la dinámica es formal.

(Ejemplo de la tarea del hijo página 181)

Con esta distinción Kelsen sostiene que los ordenamientos jurídicos son sistemas del segundo tipo es decir son dinámicos.  Los  sistemas estáticos serían, en cambio, los ordenamientos morales

¿Es posible seguir hablando de sistema de orden de totalidad ordenada en un conjunto de normas en el cual dos normas contradictorias son ambas ilegitimas?

La respuesta es NO, no se le puede denominar sistema y para identificar esto es necesario no solo estudiar quien las emite si no también  es necesario examinar su contenido.

¿Cuáles son los tres significados de sistema?

En el lenguaje jurídico es natural referirnos al ordenamiento jurídico como sistema.

La más usada y conocida en la jurisprudencia es la interpretación sistemática todo constituye una totalidad (derecho privado, derecho público) en este punto existe lo que se llama espíritu de la norma que consiste en explicar una normas oscura o deficiente.

  1. Filosofía del derecho y en la jurisprudencia: se basa en un sistema deductivo, determinado ordenamiento es un sistema cuando todas las normas jurídicas del ordenamiento se derivan de algunos principios generales, casi igual que un postulado científico. Es comprometedor, porque se estaría ligando históricamente al sistema al derecho natural.
  2. La ciencia moderna de derecho: (Savigny- sistema del derecho Romano actual)

La jurisprudencia se eleva al grado de ciencia en el momento que se torna sistemática

Entonces el termino sistema se usa al contrario de la anterior, aquí se usa  para explicar un ordenamiento de la materia por medio de un procedimiento inductivo, partiendo del contenido de las normas particulares, es decir se ordena el material jurídico de la misma manera que un zoólogo le da un ordenamiento al reino animal.

La clave aquí no es la deducción si no la clasificación,  se reúnen datos provenientes de la experiencia, unificando todo el material dado.  Se usa un sistema empírico inductivo.

  1. El tercer significado de sistema jurídico (principio de compatibilidad)

Es un orden que excluye la incompatibilidad de sus partes individuales. (Explicar el ejemplo del sistema deductivo vs un sistema jurídico)  

¿Qué son las Antinomias? Son  normas incompatibles entre sí dentro de un mismo  ordenamiento.

Existen seis relaciones de antinomias (clasificación página 188)

Las tres  primeras son problemas de compatibilidad, las otras tres de efectos.

¿Cuáles son las RELACIONES DE INCOMPATIBILIDAD NORMATIVA?

1 Entre una norma que manda hacer alguna cosa y una norma que la prohíbe

2. Entre una norma que manda a hacer y otra que permite no hacer

3. Entre una norma que prohíbe hacer y una que permite hacer

Explicar ejemplos página 190

Para que se pueda dar una antinomia se requiere dos condiciones:  

  1. La dos normas deben pertenecer a un mismo ordenamiento
  2. Las dos normas deben tener el mismo ámbito de validez

¿Cuáles son los ámbitos de validez?  (Ejemplos 192)

Temporal

Espacial

Personal

Material

¿Qué son las antinomias  impropias?

Cuando nos referimos a otras situaciones, se la denomina así para diferenciarlo del problema clásico que se ha desarrollado anteriormente.

  • Ejemplos de otros tipos de antinomias: Valores o ideologías contrapuestas

Antinomias de valoración (injusticia, cuando a una delito grave se le da una pena menos severa que un delito más trivial)  

Antinomias teleológicas (el medio para alcanzar su fin, si aplico la norma que prevé el medio no puedo lograr el fin) 

¿Cómo solucionar las antinomias?

Se debe recordar que existen antinomias SOLUBLES Y ANTINOMÍAS INSOLUBLES

¿Cuándo no puedo resolver antinomia?

  1. Cuando no se le puede aplicar ninguna de las reglas ideadas para la solución de las antinomias
  2. Hay casos a los que se les puede aplicar al mismo tiempo dos o más reglas opuestas entre sí.

Reglas fundamentales para resolver las antinomias:

  1. Criterio cronológico
  2. Criterio Jerárquico  (explicar problemas entre la tradición / derecho Canónico)
  3. Criterio de especialidad (ley especial sobre la general)

Insuficiencia de los criterios

  • El criterio cronológico sirve cuando dos normas son sucesivas
  • El criterio jerárquico cuando las normas incompatibles están en diferente nivel
  • Criterio de especialidad en el conflicto de la norma general con una norma especial

Las normas según la forma

Imperativas

...

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