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Derecho Procesal Penal


Enviado por   •  4 de Diciembre de 2012  •  546 Palabras (3 Páginas)  •  382 Visitas

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DERECHO PROCESAL PENAL I / TEMA 1 EL PROCESO PENAL

1. CONCEPTO

Es la disciplina jurídica encargada de establecer los procedimientos que deben ejecutarse para determinar la responsabilidad penal de una persona a quien se le atribuye la perpetración de un delito y en caso de que esta resulte culpable pueda aplicarse una sanción de tipo penal prevista en el Código penal.

2. OBJETO.

El objeto principal del proceso penal es obtener la verdad, previa recolección de elementos de convicción, con el fin de inculpar de un delito a una determinada persona, es decir, la determinación de la existencia del hecho punible como tal y su esclarecimiento, debiendo determinarse por el órgano judicial, con la aplicación del derecho y el debido proceso una declaración de certeza positiva o negativa, en sentencia definitivamente firme que inculpe o absuelva al responsable del mismo.

3. DIFERENCIAS DEL PROCEDIMIENTO PENAL Y EL PROCEDIMIENTO CIVIL.

3.1. POR EL OBJETO:

A. En materia civil se corresponde a la pretensión de una controversia de carácter privada, pues lo que se persigue es el cumplimiento de una obligación.

B. En materia penal la pretensión consiste en definir una relación jurídica entre el Estado y las personas involucradas en los hechos punibles con el fin de aplicar la sanción correspondiente.

3.2. POR SU NATURALEZA:

A. En el Derecho Civil cunado el Juez decide la controversia, por ser de carácter privado actúa como jurista, pues su actuación consiste en examinar si se han cumplidos los extremos de una obligación o se encuentran satisfechos los extremos de un contrato.

B. En el proceso penal lo que va a juzgarse es la responsabilidad y la culpabilidad de una persona y no un contrato.

3.3. Por la obligatoriedad:

A.En el proceso civil las partes pueden convenir en sus obligaciones aceptando sus compromisos, por lo que pueden perfectamente actuar en relación a la ley civil sin necesidad de un proceso.

B.En el proceso penal es de todo punto obligatorio, no puede el delincuente y el estado convenir en una transacción, salvo excepciones como es el caso de los acuerdos reparatorios.

3.4. Por el poder diferido de las partes:

Es una consecuencia que emana de las anteriores, porque si la relación de derecho procesal civil es una relación de carácter privado, con contenido patrimonial. En el derecho procesal penal el poder de disposición de la s partes en los delitos de acción pública es limitado y en los delitos de acción privada, si bien es cierto que tienen facultad para disponer de la acción, el

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