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Fuentes Del Derecho

galindo22029 de Septiembre de 2011

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Fuentes del Derecho (Venezuela)

1. Introducción

2. Definición

3. Clasificación de las Fuentes

4. La Constitución

5. Los Principios de Jerarquía y Competencia

6. La Ley

7. La Costumbre Jurídica

8. La Jurisprudencia

9. Los Tratados Internacionales

10. Otras fuentes del Derecho indígena

11. Las Comunidades Indígenas

12. Conclusión

13. Fuentes Bibliográficas

Introducción

Las Fuentes del Derecho, se pueden definir como todos aquellos actos o hechos realizados en el pasados de los cuales se origino la creación, modificación o extinción de una normas jurídicas, que componen el ordenamiento social, y a los factores históricos que inciden en la creación del derecho, es decir toda clase de norma, escrita o no, que determina la vinculatoriedad del comportamiento de los ciudadanos y de los poderes de un Estado o comunidad, estableciendo reglas para la organización social y particular y las prescripciones para la resolución de conflictos.

Se pueden encontrar diversas formas o estructura de clasificación de las formas del derecho, siendo los tres grupos más importantes, las fuentes históricas, reales o materiales y formales.

A través del presente trabajo se estudiaran las diferentes fuentes del derecho; se analizaran su origen, su clasificación, sus principales características, los diferentes aportes de cada una de ella para el estudio y aplicación del derecho así como la importancia que tienen los mismos en correcto desenvolvimiento de la sociedad.

FUENTES DEL DERECHO

Definición

El término fuente surge de una metáfora, pues remontarse a las fuentes de un río, es llegar al lugar en que sus aguas brotan de la tierra; de manera semejante, inquirir la fuente de una disposición jurídica es buscar el sitio en que ha salido de las profundidades de la vida social a la superficie del derecho., en tal sentido Fuentes del Derecho se puede definir como los diferentes procesos por los cuales se origina una ley o norma jurídica.

Cuando se habla de fuentes del derecho, se hace referencia a todas aquellas reglas que integran el marco normativo, que imponen conductas positivas o negativas a los habitantes de un estado, es decir, a aquello de donde el Derecho surge o nace.

Se considera como fuentes del derecho: La Constitución Política, la ley, el tratado internacional, el decreto con fuerza de ley, el decreto ley, el reglamento, la ordenanza, la instrucción, la jurisprudencia, la costumbre y la doctrina jurídica.

Clasificación de las Fuentes

Las fuentes del derecho se clasifican en fuentes, históricas, reales o materiales y formales.

Fuentes Históricas

Son documentos históricos que hablan o se refieren al derecho. En la antigüedad estos documentos eran muy diversos (papiros, pergaminos, tablillas de arcilla en las que algunos pueblos estampaban sus leyes y contratos). Se refiere a las fuentes jurídicas según su aplicación en el tiempo. Serán vigentes las fuentes positivas actuales que no han sido derogados por otra ley o el reglamento que no ha sido substituido por otro.

En sentido general las Fuentes históricas son de dos tipos:

1) Fuentes Primarias. Son las que se han elaborado prácticamente al mismo tiempo que los acontecimientos que queremos conocer. Llegan a nosotros sin ser transformadas por ninguna persona; es decir, tal y como fueron hechas en su momento, sin ser sometidas a ninguna modificación posterior.

2) Fuentes Secundarias. Se denominan también historiográficas. Son las que se elaboran a partir de las Fuentes primarias: libros, artículos.

Fuentes Reales o Materiales:

Son todos aquellos fenómenos que concurren, en mayor o menor medida, a la producción de la norma jurídica, y que determinan en mayor o menor grado el contenido de la misma; tales fenómenos son: el medio geográfico, el clima, las riquezas naturales, las ideas políticas, morales, religiosas y jurídicas del pueblo, especialmente de los legisladores, líderes políticos, dirigentes obreros, empresarios, juristas, jueces, entre otros; el afán de novedades, o, a la inversa, el excesivo tradicionalismo y rutina; la organización económica, entre otros. También puede decirse que las fuentes materiales son los factores históricos, políticos, sociales, económicos, culturales, éticos, religiosos que influyen en la creación de la norma jurídica.

Fuentes Formales: (Son las Fuentes Jurídicas)

Son todos los procesos de creación de las normas jurídicas, que dan origen al derecho y a la configuración del mismo. Estas son las más importantes ya que son las normas positivas de cualquier tipo que pueda ser invocada por un organismo, con fundamento de validez de la norma que crea así, es legislador invoca con fundamento de la Ley a la constitución, el juez a la Ley como fundamento de su sentencia, entonces la fuente formal seria una norma superior donde se fundamenta, la validez de la norma que se crea

Las fuentes formales se clasifican a su vez en:

Fuentes Directas:

a. Legislación.- En los sistemas jurídicos de derecho escrito: Es la norma jurídica que, con carácter general y obligatorio resulta de un proceso específico de creación por parte del órgano o autoridad facultada al efecto. Encontramos el Proceso Legislativo: Iniciativa, discusión aprobación, sanción, publicación e iniciación de la vigencia.

b. Costumbre.- Es la repetición de acciones al interior de una sociedad, que dada su reiteración, aceptación y permanencia van adquiriendo fuerza normativa, como obligación.

c. Tratados internacionales.- Es un acto jurídico que genera normas asumidas voluntariamente por los estados o los organismos internacionales que los llevan a cabo. Los sujetos de los son Estados y las organizaciones internacionales, son personas jurídicas colectivas actúan a través de personas físicas que las represente, estos acuerdos son bilaterales y multilaterales; dependiendo el número que lo contraten.

Fuentes Indirectas:

a. Jurisprudencia.- Es una institución jurídica que establece los criterios de interpretación o integración de las disposiciones legales que realizan los Tribunales judiciales o administrativos facultados por la ley, mediante la reiteración o solución de contradicción de tesis, y que son de observancia obligatoria para los órganos jerárquicamente inferiores al que pronunció la tesis jurisprudencial.

b. Doctrina.-Son los estudios, análisis y crítica que los juristas realizan con carácter científico no sólo de los sistemas de Derecho Positivo, sino del Derecho en General.

c. Principios Generales del Derecho.- Es el conjunto de criterios orientadores insertos expresa o tácitamente en todo sistema jurídico, cuyo objeto es dirigir e inspirar al legislador y al juzgador y suplir las deficiencias o ausencias de la Ley u otras fuentes formales. Estos principios son: igualdad, libertad y justicia.

La Constitución

La Constitución es el texto escrito el cual contienen los principios y elementos básicos y necesarios para la ordenación y organización de la convivencia social dentro de los límites de un Estado concreto, y se señalan los derechos y garantías que se reconocen a sus habitantes, es la norma básica del ordenamiento jurídico de un Estado, encargada de establecer la regulación jurídica del poder político del Estado. Desde un punto de vista semántico, el concepto de constitución puede determinarse desde un punto de vista material y desde un punto de vista formal. En el primer caso, la Constitución consiste en la organización, estructural y material, del Estado en cada realidad concreta. Todo estado, entonces, posee una constitución. Este es un concepto político, que proviene del deber ser. Por otro lado, el concepto formal de constitución define a esta como una norma jurídica, que permite regular el poder político, concepto que se enfoca en el deber ser. En este orden de ideas, mientras mayor semejanza exista entre la constitución en sentido material y la constitución en sentido formal de un país, mayor será el nivel de constitucionalismo del mismo y a su vez, mayor el respeto por el Estado de Derecho.

La Constitución opera entonces como la norma que justifica que limita y organiza el poder estatal, estableciendo parámetros al accionar del Estado, definidos por los derechos fundamentales de las personas y por un conjunto de principios, conceptos e instituciones. A la vez, la norma constitucional determina la organización el Estado, en particular, respecto a las atribuciones y funciones de los diversos entes que lo componen.

La Constitución asegura además la existencia de un Estado de Derecho, que consiste en aquel Estado en el cual los derechos fundamentales de las personas se encuentran debidamente garantizados.

Objetivos de una Constitución

Generalmente toda Constitución debe estar presidida por una parte introductoria que de ordinario comienza con la fecha y otras circunstancias históricas relativas a su génesis, establecimiento y promulgación. Luego, sigue una ordenación numerada de preceptos que se orientan a alcanzar objetivos como:

a) proclamar las características fundamentales que resumen el ordenamiento que va a desarrollarse en el articulado subsiguiente: señalar el título del poder supremo, carácter del Estado, régimen de gobierno, etc.

b) reconocer, delimitar y organizar las garantías de las libertades y derechos de los miembros de la sociedad política.

c) establecer los diversos órganos que ejercen las varias

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