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Introduccion Juicio De Amparo


Enviado por   •  12 de Junio de 2014  •  5.279 Palabras (22 Páginas)  •  399 Visitas

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INTRODUCCION AL JUICIO DE AMPARO MEXICANO

Sumario:

I. Introducción

II. Breve relación de antecedentes históricos

III. Nacimiento y evolución

IV. Situación actual diversos factores que lo integran

V. Procedimientos: amparo de una sola instancia y de doble grado

VI. Tribunales de amparo

I..Introducción

I. Por el destacado jurista estadounidense profesor Carl E. Schwartz, de la universidad de california, profundo conocedor del derecho mexicano, con el título de “A Brief Introduction to the writ of Amparo”. El propósito de este sencillo estudio panorámico era entonces el de dar a conocer a los juristas angloamericanos interesados en nuestra máxima institución procesal, los lineamientos esenciales del amparo mexicano, de manera tal que resultara comprensible para ellos, y por este motivo se dio preferencia a la bibliografía extranjera sobre el derecho de amparo que es muy amplio.

II. La complejidad que posee en la actualidad se debe a la acumulación de varias instituciones procesales que no están previstas cuando fue creado nuestro juicio de amparo, de tal manera que en nuestros días, salvo contadas excepciones, esta institución sirve para impugnar todos los actos, resoluciones y preceptos de nuestro ordenamiento jurídico.

III. Debemos tomar en consideración que existen dos versiones del juicio de amparo. La primera, de carácter histórico, completa la institución en su concepción original de instrumento para la tutela de los derechos fundamentales, así como de solución de otros conflictos de carácter constitucional, cundo se afectan también los derechos humanos de los gobernados. Un sector de la doctrina conserva todavía este enfoque de carácter histórico; también en la terminología de la legislación de amparo mexicano está orientado solo como un proceso de carácter constitucional.

IV. Se apoya en la regulación contemporánea del derecho de amparo, como una institución compleja, que bajo la misma denominación abarca diversos instrumentos procesales, cada uno de ellos con características propias, tales como el habeas corpus; el recurso de casación y el proceso social agrario, sectores que deben examinar de acuerdo con los lineamientos de la teoría general del proceso o del derecho procesal.

V. Dicho precepto dispone: “Toda persona puede ocurrir a los tribunales para hacer valer sus derechos. Asimismo debe disponer de un procedimiento sencillo y breve por el cual la justicia lo ampare contra actos de la autoridad que violen, en perjuicio suyo, alguno de los derechos fundamentales consagrado constitucionalmente.

VI. Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo, ante los tribunales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.

VII. La citada disposición del pacto de las Naciones Unidas, establece en su parte relativa: Cada uno de los Estados Parte en el presente Pacto se compromete a garantizar que: toda persona cuyos derechos o libertades reconocidos en el presente Pacto hayan sido violadas podrán interponer un recurso efectivo, aun cuando tal violación hubiera sido cometida por personas que actuaban en ejercicio de sus funciones oficiales la autoridad competente, judicial, administrativa o legislativa, o cualquiera otra autoridad competente prevista por el sistema legal del Estado, decidirá sobre el derecho de toda persona que interponga tal recurso, y desarrollará las posibilidades del recurso judicial: Las autoridades competentes cumplirán toda decisión en que se hayan estimado procedente el recurso.

II.Breve relación de antecedentes históricos

1. El juicio de amparo mexicano fue el resultado de una lenta y dolorosa evolución, en la que se combinaran elementos externos y factores nacionales.

2. La influencia externa puede dividirse en tres grandes corrientes:

3. La más ostensible es la que proviene del derecho público de los Estados Unidos, como ocurrió también en la mayoría de los países latinoamericanos en los primeros años de su independencia de España, ya que los creadores del amparo mexicano pretendieron introducir en México los principales esenciales de la revisión judicial de la constitucionalidad de las leyes, pero entendiéndola en la forma en que lo había divulgado la clásica obra del publicista francés en el año de 1836, se conoció en México en el año siguiente, y además, se hizo una reimpresión de la misma en nuestro país en 1855, año de la convocatoria del Congreso Constituyente del cual emano la carta federal de 1857

II. Nacimiento y evolución

1. Podemos afirmar que el amparo mexicano se creó de manera paulatina en tres etapas sucesivas, por conducto de las cuales se fue perfilando y perfeccionando la institución.

2. El primer término, el amparo surgió, inclusive con este nombre, en la constitución del estado de Yucatán de 31 de marzo de 1841, y según el proyecto elaborado en el mes de diciembre en 1840 por el ilustre jurista mexicano y nativo de dicha entidad federativa, Manuel Crescencio Rejón.

3. El motivo por el cual el amparo mexicano apareció en una entidad federativa se debe a que en esa época se libraba una lucha encarnizada entre los partidarios del restablecimiento del sistema federal.

4. De acuerdo a las leyes reglamentarias y las disposiciones relativas, el amparo se perfeccionó en los diversos ordenamientos reglamentarios que se expidieron con apoyo de los artículos, 101 y 102 habiéndose incorporado posteriormente en los Códigos de Procedimientos Civiles Federales.

5. De acuerdo con esta leyes reglamentarias y las disposiciones relativa de los códigos mencionados el juicio de amparo se tramitaba por medio de un procedimiento de doble instancia, la primera ante los jueces federales de distrito y la segunda de oficio ante la Suprema Corte de Justicia con independencia de los actos que se reclamaran y de las partes que intervinieran.

6. El ministro de justicia, Ignacio Mariscal sostuvo una serie de principios muy interesantes que determinaban el texto de su proyecto de ley. Hacía notar que la administración de justicia ya era de por sí bastante lenta.

7. Mariscal hacía notar que debía seguirse el modelo de los Estados Unidos, de donde fue tomado el amparo.

III.Situación actual diversos

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