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MANUAL DE SEGURIDAD E HIGIENES

yayaavina13 de Septiembre de 2012

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INTRODUCCIÓN

El presente documento contiene las políticas generales aplicables a la Seguridad, higiene y medio ambiente en el trabajo, de acuerdo a la normatividad que se encuentra en las diferentes leyes y reglamentos de este tema, por lo que se deben generar cada uno de los procesos que se detallen en el presente, con la finalidad de no

incurrir en faltas administrativas ante las diferentes autoridades.

Es de suma importancia que se genere y se tenga perfectamente identificado al personal que forma parte de cada una de las brigadas y comisiones mixtas que exige la ley.

Cualquier situación no contemplada en el presente documento, debe remitirse con el Director y/o Subdirector de Recursos Humanos.

CAPÍTULO I MARCO LEGAL

Políticas

1. La Dirección de Recursos Humanos y la Dirección General del Grupo Comercial Mexicana, determinarán las acciones que permitan cumplir con las obligaciones en materia de seguridad, higiene y medio ambiente de trabajo de los colaboradores, establecidas en las leyes mexicanas.

2. La Coordinación de Protección Civil, Operaciones y Recursos Humanos, deben gestionar y facilitar el cumplimiento a las obligaciones en materia de seguridad, higiene y medio ambiente de trabajo.

Responsable del Centro de Trabajo

Debe garantizar:

1. La elaboración del plan de protección a la integridad física del colaborador.

2. La integración y funcionamiento de la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene.

3. Facilitar la capacitación en materia de seguridad, higiene y medio ambiente de trabajo.

4. El cumplimiento a las obligaciones en materia de seguridad, higiene y medio ambiente de trabajo.

5. Que se cuente con los botiquines y medicamentos o materiales de curación de acuerdo a la Ley vigente.

6. La aplicación de los exámenes médicos para dar cumplimiento a las obligaciones en materia de seguridad, higiene y medio ambiente de trabajo.

7. El cumplimiento con las medidas requeridas por Protección Civil.

GERENCIA DE CAPACITACIÓN

1. Es responsable de coordinar y diseñar el material necesario para la capacitación, respecto a la Seguridad, Higiene y Medio ambiente en el trabajo.

POLITICAS

CAPÍTULO II INTEGRACIÓN DE LA COMISIÓN MIXTA DE SEGURIDAD E HIGIENE

Políticas

1. Cada centro de trabajo (sucursales y oficinas del corporativo) deben contar con la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene.

2. El responsable del centro de trabajo y el responsable de recursos humanos deben integrar, capacitar y vigilar el funcionamiento de la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene, de acuerdo a lo establecido en las leyes federales, estatales y municipales.

3. La comisión de seguridad e higiene, debe estar integrada por igual número de representantes de los trabajadores y del patrón; una vez integrados, deben realizar el calendario anual de recorridos y realizar la investigación de las causas de los accidentes y enfermedades; así mismo, proponer las medidas para prevenirlos y vigilar que se cumplan.

Nota: Cuando el centro de trabajo cuente con menos de 15 colaboradores, la comisión debe estar integrada por un trabajador y por el patrón o su representante, y asumirán las funciones y responsabilidades establecidas en el presente capítulo.

4. Los colaboradores que formen parte de la comisión, deben desempeñar gratuitamente su función, dentro de las horas de trabajo.

5. La comisión se debe integrar de manera inmediata si el centro de trabajo ya está operando y cuando se vaya a realizar la apertura de uno nuevo, en un plazo máximo de 30 días a partir de la fecha de inicio de actividades.

Responsable de Recursos Humanos de cada Centro de Trabajo

1. Para la integración de las comisiones mixtas de seguridad e higiene, debe fungir como coordinador y el jefe de brigada de protección civil y/o el jefe de mantenimiento como secretario.

2. Una vez que se integre la comisión, debe registrarla en la forma de registro autorizada en la Subdirección general de Prestaciones Económicas en la delegación estatal correspondiente y entregarla en los lugares mencionados, acompañada del acta constitutiva.

3. Las funciones que debe desempeñar como coordinador de la comisión, son:

Dirija y vigile el funcionamiento de la comisión.

Promueva la participación responsable de los integrantes y constate que cada uno cumpla con las tareas asignadas.

Integración del acta de verificación con las propuestas de medidas para la prevención de accidentes y enfermedades de trabajo que emitan los miembros.

Integre en el acta de verificación, los resultados de las investigaciones de accidentes de trabajo, para su análisis, prevención y control.

Asesore a los vocales y al personal de los centros de trabajo en la verificación y en la detección de condiciones peligrosas presentes en su medio ambiente laboral.

4. Verifique que el jefe de brigada de protección civil y/o el jefe de mantenimiento como secretario, desempeñen las siguientes funciones:

Convocar a los integrantes de la comisión para efectuar las verificaciones programadas.

Apoyar el desarrollo de las reuniones de trabajo, de acuerdo a lo que señale el coordinador.

Seguridad, higiene y medio ambiente

POLÍTICAS Capítulo II Integración de la comisión mixta de

seguridad e higiene

Gerencia de Optimización y Métodos

Integrar el acta de verificación de la comisión, la relación de las violaciones a la normatividad y condiciones peligrosas encontradas en la verificación y las propuestas de medida para la prevención de accidentes y enfermedades de trabajo.

Participar en las inspecciones de seguridad e higiene que practique la autoridad laboral en el centro de trabajo.

Asesorar a los vocales y al personal del centro de trabajo, en la verificación y en la detección de condiciones peligrosas presentes en su medio ambiente laboral.

5. Verifique que los colaboradores que formen parte de la comisión como vocales, desempeñen las siguientes funciones:

Vigilar el cumplimiento de las disposiciones de establecidas en las leyes, reglamentos y normas relacionadas con aspectos de seguridad, higiene y medio ambiente de trabajo.

Hacer constar en las actas de recorrido respectivas, las violaciones que en su caso existan.

Investigar las causas de los accidentes y enfermedades de trabajo, de acuerdo a los elementos que proporcione el patrón y lo que estime necesarios.

Mantener informados a los trabajadores de los riesgos específicos de las labores que llevan a cabo en su centro de trabajo y las medias para prevenir los accidentes y enfermedades, colocando avisos alusivos.

Proponer al patrón, medidas preventivas de seguridad e higiene en el trabajo, basadas en la normatividad y experiencias operativas en la materia.

Vigilar que los botiquines de primeros auxilios, contengan los elementos que señala el reglamento correspondiente.

6. Debe archivar por doce meses las actas de verificación levantadas, para revisar el seguimiento a las medidas propuestas para la prevención de accidentes y enfermedades de trabajo y cualquier otro documento sobre la integración y funcionamiento de la comisión.

Recorridos de observación

Políticas

1. Se debe llevar a cabo por lo menos una vez al mes, a petición de los colaboradores o de las autoridades, cuando detecten alguna condición insegura en el área de trabajo.

2. La revisión constará de:

Aseo, orden y distribución de las instalaciones, maquinaria, equipo y de los colaboradores en el centro de trabajo.

Revisión de los métodos de trabajo en relación con la operación que realizan los colaboradores.

Espacio de trabajo, pasillos y servicios sanitarios

Protecciones en el punto de operación

Estado y mantenimiento preventivo y correctivo

Estado y uso de herramientas manuales, escaleras, andamios y otros

Protecciones en los mecanismos de transmisión}

Carros de mano, carretillas, montacargas; pisos y plataformas

Grúas, alumbrado, ventilación y áreas con temperaturas extremas artificiales

Equipo e instalaciones eléctricas (extensiones, conexiones y otros). Ascensores, equipo de protección personal por área de trabajo

Agentes dañinos: ruido, vibraciones, polvos, gases y otros. Peligros de explosión por gases, polvos y otros

Métodos que se siguen para aceitar cadenas, cables, cuerdas. Accesos a equipos elevados, salidas normales y de emergencia Seguridad, higiene y medio ambiente

POLÍTICAS Capítulo II Integración de la comisión mixta de

seguridad e higiene

Gerencia de Optimización y Métodos

3. Al término del recorrido de observación, se debe asentar las observaciones

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