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Manual de seguridad e higiene


Enviado por   •  13 de Abril de 2015  •  Informes  •  2.421 Palabras (10 Páginas)  •  294 Visitas

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MANUAL

DE

SEGURIDAD E HIGIENE

INDICE

1. Objetivo

2. Conceptos básicos

3. Marco legal

a) NOM-001-STPS-2008

b) NOM-004-STPS-1999

c) NOM-017-STPS-2008

4. Apéndice a tarjeta de aviso

5. Colores de seguridad, su significado e indicaciones y precisiones

6. Colores contrastantes

7. Formas geométricas para señales de seguridad e higiene

8. Determinación del equipo de protección personal

OBJETIVO

Este manual pretende informar a todos los trabajadores sobre el uso y las reglas que se tienen que seguir dentro del área de trabajo para así evitar accidentes y realicen un buen trabajo con las medidas de seguridad necesarias.

CONCEPTOS BÁSICOS

Seguridad: tiene como objetivo evitar los accidentes de trabajo.

Higiene: busca evitar las enfermedades profesionales.

Accidente de trabajo: lesión corporal que sufre un trabajador en ocasión o en consecuencia del trabajo.

MARCO LEGAL

a) NORMA Oficial Mexicana NOM-001-STPS-2008, Edificios, locales, instalaciones y áreas en los centros de trabajo condiciones de seguridad.

1. Objetivo

El objetivo de esta norma es establecer las condiciones de seguridad de los edificios, locales, y áreas en los centros de trabajo para su adecuado funcionamiento y conservación, con la finalidad de prevenir riesgos a los trabajadores.

2. Referencias

Para la correcta interpretación de esta Norma, debe consultarse la siguiente Norma Oficial Mexicana o la que la sustituya:

NOM-026-STPS-1998, Colores y señales de seguridad e higiene, e identificación de riesgos por fluidos conducidos en tuberías.

3. Obligaciones del patrón

3.1 Conservar en condiciones seguras las instalaciones de los centros de trabajo, para que no representen riesgos.

3.2 Realizar verificaciones oculares cada doce meses al centro de trabajo, pudiendo hacerse por áreas, para identificar condiciones inseguras y reparar los daños encontrados. Los resultados de las verificaciones deben registrarse a través de bitácoras, medios magnéticos o en las actas de verificación de la comisión de seguridad e higiene, mismos que deben conservarse por un año y contener al menos las fechas en que se realizaron las verificaciones, el nombre del área del centro de trabajo que fue revisada y, en su caso, el tipo de condición insegura encontrada, así como el tipo de reparación realizada.

3.3 Contar con sanitarios (retretes, mingitorios, lavabos, entre otros) limpios y seguros para el servicio de los trabajadores y, en su caso, con lugares reservados para el consumo de alimentos.

3.4 Contar, en su caso, con regaderas y vestidores, de acuerdo con la actividad que se desarrolle en el centro de trabajo o cuando se requiera la descontaminación del trabajador. Es responsabilidad del patrón establecer el tipo, características y cantidad de los servicios.

3.5 Proporcionar información a todos los trabajadores para el uso y conservación de las áreas donde realicen sus actividades en el centro de trabajo, incluidas las destinadas para el servicio de los trabajadores.

4. Obligaciones de los trabajadores

4.1 Informar al patrón las condiciones inseguras que detecten en el centro de trabajo.

4.2 Recibir la información que proporcione el patrón para el uso y conservación de las áreas donde realicen sus actividades en el centro de trabajo, incluidas las destinadas al servicio de los trabajadores.

4.3 Participar en la conservación del centro de trabajo y dar a las áreas el uso para el que fueron destinadas, a menos que el patrón autorice su empleo para otros usos.

5. Requisitos de seguridad en el centro de trabajo

5.1 Disposiciones generales.

5.1.1 Contar con orden y limpieza permanentes en las áreas de trabajo, así como en pasillos exteriores a los edificios, estacionamientos y otras áreas comunes del centro de trabajo, de acuerdo al tipo de actividades que se desarrollen.

5.1.2 Las áreas de producción, de mantenimiento, de circulación de personas y vehículos, las zonas de riesgo, de almacenamiento y de servicios para los trabajadores del centro de trabajo, se deben delimitar de tal manera que se disponga de espacios seguros para la realización de las actividades de los trabajadores que en ellas se encuentran. Tal delimitación puede realizarse con barandales; con cualquier elemento estructural; con franjas amarillas de al menos 5 cm de ancho, pintadas o adheridas al piso, o por una distancia de separación física.

5.1.3 Cuando laboren trabajadores discapacitados en los centros de trabajo, las puertas, vías de acceso y de circulación, escaleras, lugares de servicio y puestos de trabajo, deben facilitar sus actividades y desplazamientos.

6. Requisitos de seguridad para el tránsito de vehículos

6.1 El ancho de las puertas donde circulen vehículos deberá ser superior al ancho del vehículo más grande que circule por ellas. Cuando éstas se destinen simultáneamente al tránsito de vehículos y trabajadores, deben contar con un pasillo que permita el tránsito seguro del trabajador, delimitado o señalado mediante franjas amarillas en el piso o en guarniciones.

6.2 Las áreas internas de tránsito de vehículos deben estar delimitadas o señalizadas. Las externas deben estar identificadas o señalizadas.

6.3 Las áreas de carga y descarga deben estar delimitadas o señalizadas.

b) NORMA Oficial Mexicana NOM-004-STPS-1999, Sistemas de protección y dispositivos de seguridad en la maquinaria y equipo que se utilice en los

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