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Medico Cirujano


Enviado por   •  24 de Febrero de 2013  •  1.070 Palabras (5 Páginas)  •  590 Visitas

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De Roma arranca la distinción entre el Derecho Público,

y el Derecho Privado, aquel que contempla la utilidad Pública, este la privada, aquel la organización de la ciudad. El derecho privado esta constituido en la concepción más pura debido a Cicerón por el ius civile o Derecho de los ciudadanos dentro de la ciudad.

Los primeros generales del derecho son fuentes de nuestro ordenamiento, en efecto de ley de costumbres, sin perjuicio de su carácter informativo de carácter dentro de ellos se comprenden los principios de derecho natural.

En España la diversidad de legisladores civiles, existe del lugar al Derecho llamado común, encargado en el Derecho Civil que recoge fundamentalmente el trabajo de Castilla y las legislaciones Civiles Forales.

La vigente Constitución española contempla unos principios básicos y/o fundamentales referentes al Derecho privado general; sobre ellos cabe ya construir un Derecho Civil Constitucional directamente aplicable en muchos casos constitutivos siempre de un principio superior a tener en cierta en la interpretación y aplicación de la norma civil y en no pocos de sus preceptos de un mandato al legislador sin ánimo exhaustivo cabe señalar.

Sólo como apunte de extraordinaria relevancia hay que afirmar la aplicabilidad inmediata del Derecho constitutivo en el ordenamiento español, correspondiendo al Tribunal de Justicia de las comunidades aseguran el respeto en la interpretación y aplicación del mismo.

Crisis del Derecho Civil, desgajamiento de la vida personal y económica con sus repercusiones en el Derecho integración supranacional siquiera parcial

a la vez que diversidad nacional civil cada vez más patente. En la realidad en su constante fluir, pero si queda para todos una perspectiva clara en su contemplación, el Derecho civil sigue y tiene que seguir desempeñando el papel de garantizar la libertad civil de las persona dentro de la comunidad y ello por los principios en que se basa.

El ser es baluarte, constitucional con la realidad y la naturaleza de ser humano, ha de ser tratado el Derecho Civil por los poderes públicos con respeto y tacto.

EVOLUCIÓN DEL DERECHO CIVIL MEXICANO

El sentido de universalidad que tiene la historia se encuentra en su íntima relación con el continuo camino de la propia vida humana y en ella radica su razón y su poder. El hombre va haciendo la historia y al guardar la memoria de sus hechos, matiza la profunda dimensión de su existencia; dándole auto conocimiento. De ahí que como ciencia de la cultura sea la que más se acerque a la vida, en cuya indestructible relación reside simultáneamente su debilidad y su fuerza. En esta síntesis de su camino, el hombre trata de descifrar esa reflexión, José Ortega y Gasset afirmaba “El hombre no tiene naturaleza, sino que tiene... historia”. En la síntesis de su vivir, el hombre se convierte en historia.

Herodoto, padre de la historia, en el primero de sus nueve libros, pretende realizar la exposición de sus investigaciones y detener el tiempo “para que nos desvanezca con él, los hechos de los hombres y para que no queden sin gloria las grandes y maravillosas obras, así de los griegos como

de los bárbaros, y sobre todo, la causa por la que se hicieron la guerra”

Como no podemos dejar de apreciar en todo relato de orden cronológico, la misma manifestación humana que es la creadora del derecho,

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