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Punto Informativo sobre los derechos laborales del personal contratado.


Enviado por   •  21 de Noviembre de 2014  •  Tesis  •  2.891 Palabras (12 Páginas)  •  239 Visitas

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Minuta Asamblea de Trabajadores y Trabajadoras: 13 de diciembre de 2007

Minuta de la Asamblea de Trabajadores del 13 de diciembre de 2007

Agenda:

Presentación

Lectura y entrega del modelo del Acta Constitutiva del Consejo de Trabajadores para hacerle los agregados y modificaciones que la Asamblea de Trabajadores y Trabajadores desee hacer.

Punto Informativo sobre los derechos laborales del personal contratado

Propuesta de carta dirigida al Ministro del Trabajo, y atención a la Dirección de Personal del MINPPTRASS solicitando la revisión de diferentes aspectos de la problemática del personal contratado.

Punto Informativo sobre la prohibición de la reunión del Consejo de Trabajadores por parte de la Dirección General de Empleo.

Punto informativo de parte de dos funcionarios de la Dirección de Personal sobre la situación del personal contratado.

Lugar y fecha de la asamblea: 13 de Diciembre de2007. Agencia de Empleo Caracas Centro, Edificio Luzgarden. Ferrenquín.

Desarrollo y acuerdos:

Presentación

Se presento al Consejo de Trabajadores y Trabajadoras de MINPPTRASS como equipo promotor, indicando que no estaban presentes todos los voceros, indicando que la convocatoria tenía carácter de asamblea de todos los trabajadores y trabajadoras.

Se presentaron el señor José Paredes adjunto a la directora de personal y Lermys Reyes asesor jurídico, ambos adscritos a la Dirección de Personal, quienes manifestaron que habían sido enviados por el Ciudadano Ministro José Ramón Rivero.

Lectura y entrega del modelo del Acta Constitutiva del Consejo de Trabajadores para hacerle los agregados y modificaciones que la Asamblea de Trabajadores y Trabajadores desee hacer.

Se anexa acta constitutiva

Punto Informativo sobre los derechos laborales del personal contratado

La incertidumbre y el malestar de los trabajadores y trabajadoras contratadas al recibir una carta de parte de la Dirección de Personal indicando la culminación de sus contratos para el 31 de diciembre, aunque solo haya sido un trámite administrativo, nos motivo a dar este punto de información sobre los derechos de los trabajadores contratados.

Los y las trabajadoras contratad@s con dos prorrogas y con ingresos inferiores a los tres salarios mínimos, entendiendo que tener dos prorrogas equivale a tener tres o mas contratos de trabajo con el MINPPTRASS, están amparados por el decreto de inamovilidad laboral que dura hasta el 31 de diciembre de 2007, si el decreto se prorroga por mas tiempo, igualmente seguirán amparados, teniendo una estabilidad legal. Los trabajadores bajo esta condición si no se les renueva el contrato pueden ampararse en la inspectoría del trabajo, ubicado en Tienda Honda, en el piso 3, para ser despedidos es necesario tener una calificación de despido.

Los contratados con dos prorrogas y con ingresos superiores a tres salarios mínimos, aunque no están amparados por el decreto de inamovilidad laboral, pueden igualmente ampararse pero en el tribunal de trabajo. Sin embargo el patrón no necesariamente tendrá que reenganchar al trabajador, pudiendo optar por el pago de la indemnización.

Los contratados con dos prorrogas y estabilidad absoluta, automáticamente tienen derecho a la renovación del contrato, estos casos se refieren por ejemplo a mujeres embarazadas o personas con problemas de salud en situación de reposo médico.

Igualmente se hizo mención sobre la situación que existe de que hay contratados que han concursado y no han recibido ninguna respuesta, contratados que no han concursado y esperan por la apertura de los mismos, aclarando que es una necesidad que requiere de una acción por parte de la Dirección de Personal en función de darle respuesta a estos trabajadores.

Se manifestó que es oportuno hacer la sinceración de los cargos vacantes para ser sometidos a concurso.

El personal obrero se pronuncio en el caso de los y las obrer@s con largos periodos de suplencias y posteriores contrataciones.

El personal obrero también evidencio la preocupación por la estabilidad laboral de aquellos trabajadores que están de reposo o permiso pre o postnatal, aunque entran dentro de la explicación que se dio para los contratados con dos prorrogas o mas, con estabilidad absoluta.

Se explico que la situación de los contratados como figura de relación laboral entre los trabajadores y la administración pública, va contra los derechos colectivos y difusos relativos al derecho al trabajo y la estabilidad laboral de los trabajadores y trabajadoras donde se hace necesario una política nacional que tienda a revertir esta contradicción.

Punto de información por parte de los funcionarios de la Dirección General de Empleo:

El funcionario adjunto a la dirección de personal Leyó la comunicación emanada en el portal de la web del MINPPTRASS y suscrita por el Ministro y la Dirección General del Despacho, donde se explica lo siguiente:

“Se le participa a todos los trabajadores contratados que la notificación recibida es un requisito establecido en el propio convenio individual.

Bajo ningún concepto esto implica que no serán contratados en el 2008.

Aquellos trabajadores que han cumplido en forma satisfactoria con su desempeño serán recontratados.

Sólo se está cumpliendo con un requisito formal, usual en toda la administración pública.

En la actualidad estamos trabajando con mucho empeño para que los obreros con más de dos (2) contrataciones y sin problemas disciplinarios queden como trabajadores fijos del Ministerio.

De igual forma, estamos comprometidos y estamos dando los pasos necesarios para aperturar los concursos de los empleados, con el objeto de ofrecer más estabilidad.

Así mismo, en el 2008 vamos a avanzar en la reducción de desigualdades en la remuneración entre el personal fijo y el personal contratado.

El

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