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Reglas Del Derecho Internacional


Enviado por   •  6 de Junio de 2013  •  733 Palabras (3 Páginas)  •  353 Visitas

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Nombre: Edgar Fernando Galván Salcedo Código: 395327753

Materia:

Derecho Internacional Público Nombre del profesor:

Marco Antonio Pérez Santana

Tema:

Reglas del Derecho Internacional Actividad:

Reporte 1

Fecha: 12 de febrero de 2013 Equipo: No aplica

Bibliografía:

Ortiz, L (2004) Derecho Internacional Público (1ra Ed ) . México, D.F Oxford

Objetivo:

Realizar la lectura del libro de Derecho Internacional Público, capítulo I con título Conceptos Preliminares del Derecho Internacional, hacer una reflexión y un análisis de dicha lectura para plasmarla en este reporte y al finalizar realizar una conclusión personal.

Procedimiento:

1. Leer y comprender el capitulo con título Conceptos Preliminares

2. Hacer una reflexión de dicha lectura

3. Recuperar las ideas principales

4. Plasmar el análisis de la lectura

5. Realizar un conclusión personal

Resultados:

Concepto del Derecho Internacional

Se dice que el Derecho Internacional Público ha sido un tanto confuso en cuanto a su concepto ya que a diferencia de las otras ramas del Derecho, tiene muy poco tiempo de existir, una diferencia más es que las otras ramas del derecho abarcan ciertos problemas específicos y el Derecho internacional en sentido amplio comprende las relaciones internacionales.

A continuación se mencionan algunos conceptos del Derecho Internacional Púbico.

• Según sus destinatarios: Lo definen como el conjunto de normas que regulan las relaciones entre los estados y demás sujetos internacionales.

• Según la materia: Es el conjunto de normas jurídicas que rigen las relaciones internacionales, es decir estas parten del carácter internacional de las relaciones reguladas.

• Según la técnica de la creación de normas: Es aquella rama del derecho que regula el comportamiento de los estados y demás sujetos atípicos mediante un conjunto de normas positivizadas por los poderes normativos peculiares de la comunidad internacional.

Relación entre el Derecho Internacional Público y el Derecho Interno

En el año de 1889 nace un debate entre la relación que existe entre el Derecho Internacional Público y el Derecho Privado. A partir de dicho debate nacen tres vertientes:

Teoría Dualista

Esta teoría es constituida por Triepel y Anzilotti a grandes rasgos ellos afirman que el Derecho Internacional Público y el Derecho interno de los Estados Son de disposiciones jurídicas diferentes y autónomas, ya que tienen distintas fuentes y distintos ámbitos de validez por lo tanto no puede existir conflicto entre ambos.

Anzilotti distingue cuatro principios que se desgajan de su teoría.

1. No pueden existir normas internacionales o normas internas obligatorias en virtud de la norma básica del orden internacional.

2. Las normas internacionales no pueden influir sobre el valor obligado de las normas internas y viceversa.

3. Entre el Derecho interno y el internacional no puede existir conflicto en sentido propio.

4. El Derecho Internacional Público puede, sin embargo, referirse al derecho interno y éste al Derecho Internacional.

De acuerdo a estos principios el Derecho Internacional Público necesitaba que se le incluyera de forma especial como derecho Interno, pues de otra manera no podría hacerse válida para su aplicación en el orden interno, esta teoría fue criticada pues algunos creían que era inexacta y que no explicaba cual era la responsabilidad internacional del Estado en una violación de orden interno a la norma internacional.

El Monismo.

Los monistas proclaman la unificación de ambas ramas del derecho en un solo sistema jurídico, ellos se basan en la concepción de Kelsen y según la cual dice que los distintos ordenes estarían incluidos en un único conjunto y debería de existir relación de subordinación. Surgen dos tesis la internista y la internacionalista.

El Monismo Internista.

Básicamente sostiene que el Derecho Interno prevalece sobre el Derecho Internacional Público ya que en tiempo fue primero el Interno y así mismo menciona que el Derecho Internacional Público surge ya que los Estados estaban constituidos y como resultado dichos estados se obligan internacionalmente.

El Monismo Internacional.

Esta otra teoría afirma que existe un solo orden jurídico en el cual el Derecho Interno está subordinado al Derecho Internacional.

Los monistas dan prioridad al Derecho de Gentes, pero algunos autores sostienen lo contrario.

Las Tesis Coordinadoras o Conciliadores.

Como su nombre lo dice estas tesis pretenden ser coordinadoras y evitan la subordinación. Se concluye que en efecto el Derecho Internacional tiene primacía sobre el derecho Interno es decir prevalece los tratados internacionales siempre y cuando dichos tratados no sean violatorios a los derechos fundamentales y soberano de los Estados de acuerdo al art. 27 de la convención de Viena

Conclusión:

Es muy interesante conocer las diferentes posturas que existen respecto a la jerarquía del Derecho internacional Público, en realidad todas están bien justificadas o al menos tienen mucha lógica, pero me quedo con lo siguiente:

El Derecho Internacional tiene supremacía sobre el Derecho Interno pero siempre y cuando no contravenga los derechos fundamentales y soberanos de cada estado.

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